Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2008 (17/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada funcion jurisdiccional; respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injustificado, habiendo sido declarado oportunamente ante su institucion; y de otro lado, se encuentra actualizandose y capacitandose, lo cual se refleja en la calidad de sus decisiones conforme a la valoracion que el especialista ha realizado de ellas y que este Colegiado ha calificado de buena, asi como en su correcto desenvolvimiento en su entrevista personal en la que absolvio las preguntas formuladas por el Pleno del Consejo ademas de cuestiones juridicas, asuntos que tienen que ver con la funcion jurisdiccional y la organizacion del Poder Judicial, destacandose su dominio del Derecho Laboral. Vigesimo Primero: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico (psiquiatrico y psicologico), cuyas conclusiones resultan favorables al evaluado y que sin embargo, por la naturaleza de la informacion, se guarda reserva de la misma. Vigesimo Segundo: Que, por lo expuesto, tomando en cuenta los elementos objetivos glosados, se determina la conviccion unanime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confianza al magistrado evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21° inciso b) y articulo 37° inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por el Pleno en sesion de 3 de MORDAZA de 2008, con la abstencion del Senor Consejero Doctor MORDAZA MORDAZA Vasquez: SE RESUELVE: Primero: Renovar la confianza al doctor MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Anchante MORDAZA y, en

consecuencia, ratificarlo en el cargo de Vocal Titular del Tribunal de Trabajo y Comunidades Laborales del Callao. Segundo: Notifiquese personalmente al magistrado ratificado y remitase MORDAZA certificada al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL SENOR CONSEJERO DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA, EN EL MORDAZA INDIVIDUAL DE EVALUACION Y RATIFICACION DEL DOCTOR MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA ANCHANTE MORDAZA, VOCAL TITULAR DEL TRIBUNAL DE TRABAJO Y COMUNIDADES LABORALES DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO: Con vista del expediente respectivo y con lo que fluye de la entrevista publica llevada a cabo por el Consejo Nacional de la Magistratura, el 17 de marzo de 2008, detallo a continuacion algunos de los aspectos mas resaltantes que van a fundamentar mi MORDAZA en este proceso:

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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