Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE :

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

podra optar la utilizacion de tramas de texto acorde con el formulario que le brindaria la OGTIE. Articulo 4º.- Los formularios debidamente absueltos deberan ser remitidos en MORDAZA a la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica a mas tardar el decimo (10) dia habil de finalizado cada mes. La MORDAZA de MORDAZA de la informacion se podra imprimir una vez remitida la informacion via Internet y consolidada por el Ministerio. Articulo 5º.- Solo para aquellas empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, de manera excepcional y por un tiempo determinado y previa coordinacion con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion, podran solicitar el envio del formulario fisico a la siguiente direccion de correo electronico: est_manufactura@ produce.gob.pe Articulo 6º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolucion, que incumplan con la MORDAZA del formulario en el plazo y terminos indicados, seran sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 90º del D. S. Nº 043-2001PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe ( e ) Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 202208-1

Autorizan ejecucion de la Encuesta "Estadistica Pesquera Mensual 2008"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 146-2008-INEI MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2008 Visto el Oficio Nº 230-2008-PRODUCE/OGTIE-Oe, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion, solicitando autorizacion para la ejecucion de la "Estadistica Pesquera Mensual 2008". CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de estadisticas basicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion, con la finalidad de medir la actividad economica del subsector pesqueria a traves de la elaboracion de indicadores economicos coyunturales del Sector, viene ejecutando periodicamente la Encuesta "Estadistica Pesquera Mensual" dirigida a todas las empresas pesqueras industriales dedicadas a la elaboracion de productos con recursos hidrobiologicos y aquellas dedicadas a la actividad de acuicultura; Que, es necesario autorizar la ejecucion de la Encuesta "Estadistica Pesquera Mensual 2008", asi como aprobar los formularios respectivos y fijar el plazo MORDAZA de la entrega de la informacion solicitada; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y la visacion de la Sub - Jefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica".

Articulo 1º.- Autorizar la ejecucion de la Encuesta "Estadistica Pesquera Mensual 2008", dirigida a todas las empresas pesqueras industriales a nivel nacional, dedicadas a la elaboracion de productos con recursos hidrobiologicos, asi como a aquellas dedicadas a la actividad de la acuicultura, la que sera ejecutada por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica del Ministerio de la Produccion. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada Encuesta, los que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas obligadas a presentar la informacion requerida, podran obtener el formulario electronico visitando el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es http://www.produce.gob.pe utilizando para ello el respectivo CODIGO para cada establecimiento industrial, que le sera proporcionado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica-OGTIE del Ministerio de la Produccion ubicada en la MORDAZA Uno Oeste Nº 050-Urb. Corpac, San Isidro. En todo caso, si la empresa tiene algun aplicativo y/o Sistema de informacion en produccion podra optar la utilizacion de tramas de texto acorde con el formulario que le brindaria la OGTIE. Articulo 4º.- Los formularios debidamente absueltos deberan ser remitidos a la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica a traves de las direcciones de correo electronico indicados en cada uno de los formularios segun actividad productiva, dentro de los primeros siete (7) dias calendario posteriores al mes vencido. La MORDAZA de MORDAZA de la citada informacion sera proporcionada por la referida Oficina mediante el mismo medio. Articulo 5°.- De manera excepcional y por un tiempo determinado, las empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, previa coordinacion con la OGTIE del Ministerio de la Produccion, podran solicitar el envio del formulario fisico a las direcciones de correo electronico enlatado@produce.gob.pe (para los casos de enlatado, congelado y curado), harina@produce.gob.pe y acuicultura@produce.gob.pe . Articulo 6º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolucion, que incumplan con la MORDAZA del formulario en el plazo y terminos indicados, seran sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y, 90º del D. S. Nº 043-2001PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) 202208-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Declaran desafectacion de bien de dominio publico de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho
RESOLUCION Nº 053-2008/SBN-GO-JAD San MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 Visto, el Expediente Nº 052-2008/SBNJAD en el cual se sustenta la Desafectacion de bien de dominio publico del terreno de 25 112.00 m², ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito al Decreto Supremo N° 004-

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