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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2008 (29/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 373031 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Suspenden procedimientos de iniciativas privadas de inversión, exploración y explotación minera en el ámbito del Proyecto Especial Majes Siguas - II y establecen requisito para postular en subasta de hectáreas destinados a módulos de gran agricultura orientados a la agroexportación ORDENANZA REGIONAL Nº 048-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, es competencia constitucional y orgánica del Gobierno Regional, administrar sus bienes y rentas. Asimismo, el Gobierno Regional tiene la responsabilidad de crear mecanismos que garanticen tanto la promoción de la inversión privada como el cumplimiento de las normas y condiciones legales establecidas. Que, la Gerencia de Desarrollo del Proyecto Majes Siguas II, ha identifi cado situaciones de hecho y de carácter administrativo que por su naturaleza, exigen por parte del Gobierno Regional la adopción de acciones inmediatas a efecto de tutelar en forma preventiva los principios de efi cacia, efi ciencia, sostenibilidad, imparcialidad y competitividad previstos y regulado en el artículo 8 de la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Entonces, al amparo de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, de la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28968, y, la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; SE ORDENA:Artículo Único.- APROBAR la suspensión de los procedimientos de iniciativas privadas de inversión, y también, de exploración y explotación minera en el ámbito del Proyecto Especial Majes Siguas - II, y se establece el primer requisito de admisibilidad para postular en la subasta de las 48,000 hectáreas sobre las que se desarrollarán módulos de gran agricultura orientados a la agroexportación; instrumento normativo que consta de III Títulos, 9 artículos y 3 disposiciones complementarias fi nales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los 24 días del mes de abril del 2008. FERNANDO BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo RegionalArequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil ocho. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Presidente del Gobierno RegionalArequipaORDENANZA REGIONAL QUE SUSPENDE LOS PROCEDIMIENTOS DE INICIATIVAS PRIVADAS DE INVERSIÓN, Y TAMBIÉN, LOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN MINERA EN EL ÁMBITO DEL PROYECTO MAJES SIGUAS - II, Y ESTABLECE EL PRIMER REQUISITO DE ADMISIBILIDAD PARA POSTULAR EN LA SUBASTA DE LAS 48,000 HECTÁREAS SOBRE LAS QUE SE DESARROLLARÁN MÓDULOS DE GRAN AGRICULTURA ORIENTADOS A LA AGROEXPORTACIÓN TÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza Regional tiene por objeto: ((a)) suspender todo procedimiento de iniciativa privada de inversión hasta cuando la Autoridad Regional determine las formas y los procedimientos de adjudicación en el ámbito territorial del Proyecto Majes Siguas - II; ((b)) En el mismo sentido, suspender todo procedimiento de exploración o explotación minera dentro del ámbito señalado; y ((c)) establecer el primer requisito de admisibilidad para postular en la subasta de las 48,000 hectáreas sobre las que se desarrollarán módulos de gran agricultura orientados a la agroexportación. Artículo 2º.- Ámbito de Aplicación De conformidad con lo regulado en el artículo 3 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la presente Ordenanza será de aplicación y cumplimiento en el ámbito territorial de la Región Arequipa. TÍTULO II Suspensión Temporal de Procedimientos Artículo 3º.- En Iniciativas Privadas de Inversión Suspéndase sin ninguna excepción todo procedimiento de iniciativa privada de inversión que pretenda o tenga por objeto en cualquiera de sus modalidades, las áreas sobre las cuales se desarrollará el Proyecto Majes Siguas II. Artículo 4º.- En peticiones de exploración o explotación minera 4.1. Suspéndase sin ninguna excepción todo trámite de solicitud de exploración o explotación minera que pretenda o tenga por objeto en cualquiera de sus modalidades, las áreas sobre las cuales se desarrollará el Proyecto Majes Siguas II. 4.2. Prohíbase, y de ser el caso, cancélese todo tipo de actividad minera, formal o informal, en cualquiera de sus formas sobre las áreas en las cuales se desarrollará el Proyecto Majes Siguas II. 4.3. La suspensión, prohibición o cancelación señaladas, se aplicarán extensivamente a las áreas adyacentes del Proyecto, siempre y cuando, se verifi que que las actividades mineras no son compatibles con la naturaleza del Proyecto y/o pongan en riesgo su desarrollo. Artículo 5º.- Inefi cacia estructural e inefi cacia funcional Cualquier acto de gobierno, acto administrativo o acto de administración emitido por Autoridad Nacional, Regional, Provincial o Distrital, que contravenga las disposiciones de la presente Ordenanza Regional, será nulo de puro derecho y no generará ningún tipo de derecho formal ni material. TÍTULO III Requisito de Admisibilidad Artículo 6º.- Primer requisito de admisibilidad6.1. Admisibilidad.- Para postular en la subasta de las 48,000 hectáreas sobre las que se desarrollarán módulos de gran agricultura orientados a la agroexportación, el primer requisito de admisibilidad exigible será el no encontrarse en posesión ni ocupación de las áreas del Proyecto Majes Siguas II. 6.2. Inadmisibilidad.- Serán rechazadas liminarmente sin ninguna excepción, las peticiones o postulaciones Descargado desde www.elperuano.com.pe