Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

de las personas naturales, personas juridico-formales o personas juridico-informales que promuevan, intenten y/o se encuentren en posesion u ocupacion directa, indirecta o por interposita persona de las areas del Proyecto Majes MORDAZA II. 6.3. Ineficacia.- Los actos o acciones materiales de posesion o de ocupacion, cualquiera sea su modalidad o plazo, no generaran ningun MORDAZA de derecho formal, material, personal, real, administrativo ni expectaticio. Articulo 7º.- Vigilancia y acciones inmediatas de recuperacion 7.1. Mecanismos de Vigilancia.- La Gerencia del Proyecto Majes MORDAZA II en coordinacion directa con el Ejecutivo Regional deberan disenar, implementar y ejecutar planes y mecanismos de vigilancia permanente para el monitoreo y resguardo de la intangibilidad posesoria de las areas del Proyecto y el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza. 7.2. Defensa Posesoria Extrajudicial.- En caso de transgresion, la Gerencia del Proyecto Majes MORDAZA II y el Ejecutivo Regional, deberan reestablecer en forma inmediata y por vias de hecho eficientes, la intangibilidad posesoria de las areas del Proyecto, debiendo repeler los actos o acciones materiales de posesion y/u ocupacion hasta la recuperacion integral de las areas. Articulo 8º.- Responsabilidad administrativa de funcionarios y servidores El incumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza constituye falta grave, y como tal, generara responsabilidad administrativa en los funcionarios o servidores que de forma dolosa o negligente no la observen o no la apliquen. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Requisitos para la modificacion de la presente Ordenanza Las disposiciones de la presente Ordenanza solo podran ser modificadas por otra Ordenanza Regional, para lo cual deberan cumplirse inexorablemente los siguientes requisitos: a) La propuesta de modificacion debera contar con el Informe favorable de la Gerencia del Proyecto Majes MORDAZA II, el Informe favorable de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, el Informe favorable de la Gerencia General Regional y el Dictamen favorable de las Comisiones de Desarrollo Economico y de Normas y Asuntos Legales del Consejo Regional. b) La propuesta de modificacion debera ser aprobada en Sesion del Consejo Regional con el MORDAZA calificado de 2/3 del numero legal de sus miembros. Segunda.- Vigencia de la MORDAZA De conformidad con lo regulado en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la presente Ordenanza sera obligatoria desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Acciones de difusion Encarguese al Ejecutivo Regional la difusion de los componentes, caracteristicas, naturaleza y finalidad del Proyecto Majes MORDAZA II. De igual manera, se deberan difundir los plazos y tipos de procedimientos legales para la aprobacion del Proyecto y el estado administrativo de los mismos. La difusion encargada debera realizarse en forma permanente a traves de la emision bimensual de comunicados los cuales se publicaran en los medios regionales de comunicacion televisiva, radial y escrita, ademas del MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. Autoricese al Ejecutivo Regional la asignacion de recursos necesarios para el cumplimiento de la presente disposicion con cargo a los recursos cuantitativos y cualitativos aprobados en el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA 2008.

Aprueban Manual de Operaciones de la Autoridad Autonoma de Majes Proyecto Especial Majes
ORDENANZA REGIONAL Nº 051-AREQUIPA
EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:

205282-1

Que, conforme ha quedado indicado en el Informe Tecnico Nº 001-2008-AG-OGPA/OI que ha aprobado el estudio y declaratoria de viabilidad del Proyecto Majes MORDAZA II, y tambien, en el Informe Tecnico Nº 001-2008EF/68.01, tanto la Direccion General de la Oficina General de Planificacion Agraria del Ministerio de Agricultura, como la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; han condicionado la factibilidad del Proyecto, entre otros aspectos principales, al orden institucional del Proyecto, la mejora de su capacidad y el diseno de sistemas y mecanismos de monitoreo y evaluacion. Que, las condiciones de factibilidad advertidas han sido desarrolladas por el Ejecutivo Regional, para lo cual, se ha tenido en cuenta: ((a)) la nueva estructura organica del Gobierno Regional de MORDAZA, dentro de la cual, el Proyecto Especial Majes MORDAZA - AUTODEMA esta ubicado y calificado como organo desconcentrado y dependiente de la Presidencia Regional; y, ((b)) los parametros sustantivos y procesales de elaboracion del Manual de Operaciones con los requisitos exigidos por el articulo 36 del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Que, en cuanto a la estructura organizacional del Proyecto Especial Majes MORDAZA, cabe precisar lo siguiente: Primero.- Que, a lo largo de su historia normativa, si bien el Proyecto Especial Majes MORDAZA se encontraba adscrito a los niveles organizacionales y administrativos del Gobierno Nacional; sin embargo, sus caracteristicas y la necesidad de su ejecucion siempre lo han concebido y calificado como un "Proyecto Integral de DESARROLLO REGIONAL de Propositos Multiples". Segundo.- Que, en atencion al caracter regional del Proyecto y en aplicacion del MORDAZA de descentralizacion, el Decreto Supremo Nº 020-2003-VIVIENDA al transferir el Proyecto, modifico y circunscribio a niveles regionales la estructura organizacional y administrativa del mismo. Tercero.Que, al Gobierno Regional de MORDAZA le corresponde imperativamente la atribucion de definir, normar, dirigir y gestionar todas las politicas de ambito y caracter regional (articulo 45 de la Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales); en ese sentido, la funcion de planeamiento, exige el diseno y aprobacion de politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan de manera sostenible el desarrollo regional. Cuarto.- Que, con arreglo a la Constitucion (articulos 191 y 192), la Ley de Bases de la Descentralizacion (articulos 8 y 9) y la Ley Organica de Gobiernos Regionales (articulos 11, 13 y 20), la proposicion y aprobacion de las politicas regionales corresponde exclusivamente a los Organos de Gobierno de la Region, esto es, la Presidencia Regional y el Consejo Regional. Quinto.- Que, habiendose aprobado la nueva estructura organica del Gobierno Regional de MORDAZA (Ordenanza Nº 010-AREQUIPA) en la que se encuentran tipificadas y definidas tanto las funciones de gobierno como las funciones administrativas de todos los organos del Gobierno Regional; entonces, en este estado, lo que corresponde es formular y aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Majes MORDAZA en tanto que organo desconcentrado regional, y que por ser tal, unicamente le corresponde estar constituido por unidades organicas ejecutoras, las cuales: ((i)) deben ser congruentes y/o adecuarse a los niveles organizacionales y jerarquicos de la estructura del Gobierno Regional de MORDAZA, y, ((ii) bajo ninguna circunstancia y/o MORDAZA de interpretacion pueden irrogarse y/o avocarse al diseno y aprobacion de politicas, planes, actividades, metas y/o estrategias que, ex lege, son atribucion exclusiva de los Organos de Gobierno de la Region. Que, con el Informe Tecnico Legal suscrito por la Gerencia General, la Jefatura de la Oficina de Asesoria Juridica, la Jefatura de la Oficina de Planificacion y la Jefatura de Oficina de Administracion a nivel del Proyecto Especial Majes MORDAZA - AUTODEMA; y, el Informe Nº 029-2008-GRA/

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