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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 383937 Autorizan, con eficacia anticipada, permanencia de personal FAP en Ecuador y viaje de personal FAP , referidos en la R.S. Nº 226-2008-DE/FAP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 544-2008-DE/FAP Lima, 26 de noviembre de 2008Visto el Mensaje GOP8-091330 del mes de julio de 2008, del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú; el ofi cio 55-CODO-Nº 0858 de fecha 21 de agosto de 2008, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Mensaje SGFA-260852 del mes de agosto de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Suprema Nº 226-2008 DE/FAP de fecha 26 de junio de 2008, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que conformó la tripulación de la aeronave principal Boeing 737-200 FAP Nº 350 / Nº 352 y aeronave alterna Hércules L-100-20 FAP Nº 382 / Nº 397, para que traslade al Personal de Relevo de la Compañía Perú a la ciudad de Puerto Príncipe, con escala técnica en las ciudades de Guayaquil-Ecuador y Barranquilla-Colombia; Primer Vuelo, del 27 al 28 de junio de 2008 y Segundo Vuelo, del 02 al 03 julio de 2008; Que, de acuerdo a lo informado por el Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú, la tripulación principal integrante del segundo vuelo, tuvo que pernoctar desde el 02 hasta el 05 de julio de 2008, en la ciudad de Guayaquil – Ecuador, debido a la inoperatividad de la aeronave principal; Que, con la fi nalidad de cumplir con la referida comisión, se autorizó el viaje de la tripulación principal de la aeronave alterna, del 03 al 04 de julio de 2008, para que traslade al Personal de Relevo de la Compañía Perú a la ciudad de Puerto Príncipe; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad que los efectos de un acto o resolución administrativa, sean aplicados de modo anticipado a hechos administrativos anteriores a su vigencia; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con efi cacia anticipada, la permanencia en la República de Ecuador, del 04 al 05 de julio de 2008, al Personal FAP a que se refi ere el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 226-2008 DE/FAP de fecha 26 de junio de 2008; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución: AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-200 FAP Nº 350 / Nº 352 TRIPULACION PRINCIPAL Coronel FAP CASTELLARES ROSAS Raul Gustavo Piloto Comandante FAP MENENDEZ LOPEZ Guillermo Martin Piloto Comandante FAP GALVEZ BOLUARTE Martin Ivan Piloto Comandante FAP APARICIO BACA Marco Antonio Piloto Téc.Inspector FAP TUÑOQUE BELLODAS Manuel Arturo Mecánico Téc. 2da. FAP QUICAÑA CONTRERAS Julio Antonio MecánicoS.O.2da. FAP MORALES BOCANEGRA Liz Caroll HostessE.C. FAP GONZALES RUIZ Rosa Liz Hostess E.C. FAP NEYRA UGARTE Conny Cecilia Hostess E.C. FAP ORTEGA LYAUTEY Julia Gladis Hostess Artículo 2º.- Modifi car, con efi cacia anticipada, la fecha de viaje del Personal FAP que conformó la Tripulación Principal de la Aeronave Alterna, integrante del segundo vuelo, a que se refi ere el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 226-2008 DE/FAP de fecha 26 de junio de 2008, en el sentido de considerarla del 03 al 04 de julio de 2008; a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución: AERONAVE ALTERNA L-100-20 FAP Nº 382 / Nº 397 TRIPULACION PRINCIPAL Comandante FAP HUAMAN CORRALES Marcos Moises Piloto Comandante FAP VICUÑA TELLO Luis Enrique Dinus PilotoMayor FAP ARANDA DEL CASTILLO Roberto Martin Piloto Mayor FAP OBLITAS YABAR Erick Renzo Piloto Téc.1ra. FAP SALAS POSTIGO Gustavo Ing.VueloTéc.1ra. FAP FLORES HERNANDEZ Juan Clemente Cargo Master Téc.1ra. FAP QUISPE ARRIETA Elmer Conrado Cargo Master Téc.2da. FAP SUPO TIPULA Antonio Ing.Vuelo Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (Del 04 al 05 de julio de 2008) US $ 200 x 02 días x 10 Personas (Del 03 al 04 de julio de 2008) US $ 240 x 02 días x 08 Personas Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 283481-10 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que reglamenta el inciso b) del Artículo 155º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias DECRETO SUPREMO Nº 136-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el literal b) del artículo 155º del Texto Único Ordenado del Código Tributario -según texto aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF- establece que el recurso de queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en dicho Código, debiendo ser resuelto por el Ministro de Economía y Finanzas dentro del plazo de veinte días, tratándose de recursos contra el Tribunal Fiscal; Que, el artículo 144º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que también procede el recurso de queja a que se refi ere el artículo 155º cuando el Tribunal Fiscal, sin causa justifi cada, no resuelva dentro del plazo a que se refi ere el primer párrafo del artículo 150º;Descargado desde www.elperuano.com.pe