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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 383946 Que, en cuanto al procedimiento que debe seguirse para la exoneración bajo comentario, es preciso indicar que el artículo 20º de la Ley, en concordancia con el artículo 148º, del Reglamento, establece que las adquisiciones exoneradas deben realizarse en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, correspondiendo a la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad realizar el seguimiento para dicha adquisición; Que, acerca de la publicidad exigida, el referido artículo adicionalmente establece que la copia de la Resolución del Titular de la entidad que aprueba la exoneración, deberá remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Asimismo, se establece que deberán publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles de su adopción, de conformidad con el Artículo 147º del Reglamento y adicionalmente, publicarse en el SEACE. De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 007 – Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 036-2008-MTC/02, la Licitación Pública cuyo detalle se encuentra indicado en el artículo 2º de la presente Resolución, de conformidad con lo señalado en su parte considerativa. Artículo 2º.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 007 – Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de selección correspondiente a la Licitación Pública, para la ejecución de la Obra de Emergencia para Dar Transitabilidad y Seguridad Vial a la Carretera Ingenio – Chachapoyas, por desprendimiento de las rocas en el Talud Superior en el Sector Km. 30+870 al Km. 30+970, al haberse producido una situación de emergencia, conforme a lo dispuesto en el numeral c) del artículo 19º de la Ley y el artículo 142º del Reglamento, según el detalle siguiente: a. Tipo de contrato : Obra. b. Descripción : Ejecución de la Obra de Emergencia para Dar Transitabilidad y Seguridad Vial a la Carretera Ingenio – Chachapoyas, por desprendimiento de las rocas en el Talud Superior en el Sector Km. 30+870 al Km. 30+970. c. Duración : Treinta (30) días naturales. d. Valor referencial : S/. 3 241 319.93 (Tres Millones Doscientos Cuarenta y Un Mil Trescientos Diecinueve y 93/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. e. Fuente de fi nanciamiento : Recursos Directamente Recaudados. f. Dependencia que contrata : Unidad Ejecutora 007 – Provías Nacional. Artículo 3º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 007 – Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 036-2008-MTC/02, la Adjudicación Directa Pública cuyo detalle se encuentra indicado en el artículo 4º de la presente Resolución, de conformidad con lo señalado en su parte considerativa. Artículo 4º.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 007 – Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del proceso de selección correspondiente a la Adjudicación Directa Pública, para la contratación de la Supervisión de la Ejecución de la Obra de Emergencia para Dar Transitabilidad y Seguridad Vial a la Carretera Ingenio – Chachapoyas, por desprendimiento de las rocas en el Talud Superior en el Sector Km. 30+870 al Km. 30+970, al haberse producido una situación de emergencia, conforme a lo dispuesto en el numeral c) del artículo 19º de la Ley y el artículo 142º del Reglamento, según el detalle siguiente:a. Tipo de contrato : Servicio. b. Descripción : Supervisión de la Ejecución de la Obra de Emergencia para Dar Transitabilidad y Seguridad Vial a la Carretera Ingenio – Chachapoyas, por desprendimiento de las rocas en el Talud Superior en el Sector Km. 30+870 al Km. 30+970. c. Duración : Sesenta (60) días naturales. d. Valor referencial : S/. 172 616.64 Ciento Setenta y Dos Mil Seiscientos Dieciséis y 64/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. e. Fuente de fi nanciamiento : Recursos Directamente Recaudados. f. Dependencia que contrata : Unidad Ejecutora 007 – Provías Nacional. Artículo 5º.- La presente Resolución, así como los Informes (Técnicos) Nº 253 y Nº 271-2008-MTC/20.5-PSH, de la Unidad Gerencial de Obras, y el Informe (Legal) Nº 052-2008-MTC/20.3.MBR, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, del citado Proyecto, así como el Informe Nº 2967-2008-MTC/08, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, deberán ser puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 6º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la presente Resolución Ministerial deberá publicarse también a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 282457-1 Aprueban formatos correspondientes al transporte de materiales y/o residuos peligrosos por ferrocarril a que se refiere el D.S. Nº 021-2008-MTC/02 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 040-2008-MTC/14 Lima, 11 de noviembre del 2008CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28256-Ley que regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, tiene por objeto regular las actividades, procesos y operaciones del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, con sujeción a los principios de prevención y protección de las personas, el ambiente y la propiedad; Que, por Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Dicho Reglamento ha previsto en su Sexta Disposición Complementaria y Final que, en el plazo de 120 días contados a partir de su publicación, el respectivo órgano competente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará, mediante resolución directoral, el formato de: certifi cado de habilitación vehicular especial, certifi cado de capacitación, licencia de conducir de categoría especial, hoja resumen de seguridad, certifi cado de habilitación ferroviaria especial, licencia de conducir vehículos ferroviarios de categoría especial, el acta de verifi cación; así como el programa del curso básico y de actualización para personal involucrado en la operación de transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos y demás formatos que resulten necesarios para su aplicación; Que, según el mencionado Reglamento Nacional, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles es el órgano competente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuanto al transporte de materiales y/o residuos peligrosos por ferrocarril; Que, de acuerdo con el Reglamento de Organización y Funciones-ROF del MTC, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, al interior de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, la Dirección de Ferrocarriles Descargado desde www.elperuano.com.pe