TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 383953 Que, antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de ofi cio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográfi cos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución, conforme a lo previsto en el artículo cuatrocientos siete del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al presente acto administrativo conforme a la disposición del artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27444. Que, en este sentido, advirtiéndose que en la referida resolución administrativa han existido errores materiales que han alterado la interpretación que los administrados deban efectuar a la resolución emitida por esta Presidencia, en aplicación de la normativa invocada en el considerando precedente, resulta necesario proceder con la corrección de los dos extremos antes precisados: POR CONSIGUIENTE: SE CORRIGE:(i) El tercer considerando de la Resolución Administrativa Nº 348-2008-P-CSJL/PJ que señala: - “(…) lo que ocasiona que en dichas especialidades se produzca una insufi ciencia de profesionales en la Nómina del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte, la que debe ser subsanada mediante el procedimiento de convocatoria pública y directa previsto en el segundo párrafo del artículo 10 del Reglamente de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa Nº 352-98-SE-T-CME-PJ”. Debiendo ser lo correcto: - “(…) lo que ocasiona que en dichas especialidades se produzca una insufi ciencia de profesionales en la Nómina del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte, la que debe ser subsanada mediante el procedimiento de convocatoria pública y directa previsto en el primer párrafo del artículo 10 del Reglamente de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-T-CME-PJ y modifi cado mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 436-98-SE-TP-CME-PJ”. (ii) El artículo quinto de la parte resolutiva que dispone: - “(…) que los Peritos Judiciales que integran la presente nómina pasen a formar parte del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Lima, siempre que cumplan con lo estipulado en el primer párrafo del artículo 21º de la Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ. Debiendo ser lo correcto: - “(…) que los Peritos Judiciales que integran la presente nómina pasen a formar parte del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Lima, siempre que cumplan con lo estipulado en el artículo 21º de la Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ modifi cado por la Resolución Administrativa Nº 436-98-SE-TP-CME-PJ. DISPÓNGASE , que la presente Resolución sea parte integrante de la Resolución Administrativa Nº 348-2008-P-CSJL/PJ de fecha dieciséis de setiembre del presente año, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el diecisiete de Septiembre de los corrientes.- Publíquese, comuníquese y archívese.ÁNGEL HENRY ROMERO DÍAZ Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 283010-2 Designan Juez Suplente del 5º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Miraflores - Turno “B” Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 454-2008-P-CSJL/PJ Lima, 26 de noviembre de 2008VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial dictando las medidas administrativas necesarias para el mejor funcionamiento del Despacho administrativo. Que, de otro lado, con el objeto de brindar un servicio efi ciente en benefi cio de los justiciables y, en virtud de las facultades conferidas, la Presidencia puede designar, promover, reasignar y/o dejar sin efecto las designaciones de Magistrados Provisionales y Suplentes que integran la Corte Superior de Justicia de Lima. Por lo expuesto y de acuerdo a las facultades conferidas por los incisos tercero y noveno el artículo noventa del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora NINEL MILAGROS ORRILLO VALLEJOS, como Juez Suplente del 5º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores – Turno “B”, desde el 27 de noviembre de los corrientes. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, de la Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de las personas mencionadas. Publíquese, comuníquese y archívese. ÁNGEL HENRY ROMERO DÍAZ Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 283228-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº450-2008-P-CSJL/PJ Mediante Ofi cio Nº 770-2008-RA-P-CSJL(CPR), la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 450-2008-P-CSJL/PJ, publicada en nuestra edición del día 25 de noviembre de 2008. DICE: Artículo Noveno.- DESIGNAR a la doctora EVANGELINA BEDOYA ESPINOZA, como Juez Suplente del 4º Juzgado de Paz Letrado de Lima, desde el 19 de noviembre del presente hasta la conclusión de la licencia concedida a la doctora Solis de la Cruz. DEBE DECIR: Artículo Noveno.- DESIGNAR a la doctora EVANGELINA BEDOYA ESPINOZA, como Juez Suplente del 4º Juzgado de Paz Letrado de Lima, desde el 24 de noviembre hasta el 3 de diciembre del presente año, estando a la licencia concedida a la doctora Solis de la Cruz. 283017-1 ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Piura el traslado y apertura de agencias en los departamentos de San Martín, Piura, La Libertad, Apurímac y Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 11141-2008 Lima, 13 de noviembre de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe