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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de noviembre de 2008 383952 la hora del cierre; Cuarto: Que, asimismo, el Jefe de la Mesa de Partes Única de la Corte Superior de Loreto, con informe N° 013-2006-MPU-CSJL-PJ JLG, obrante a fojas ochenta y dos, refi ere que entre los días veintinueve, treinta y uno de agosto y primero de setiembre de dos mil seis, no se registró problema alguno en el funcionamiento del sistema de los reportes de ingresos de escritos y demandas de la referida dependencia; información que se puede corroborar con los reportes de ingresos de escritos y demandas obrantes de fojas setenta y dos a ochenta y uno, donde no se observa ninguna irregularidad entre los días señalados; Quinto: De lo expuesto precedentemente y con los medios probatorios actuados en el presente procedimiento administrativo disciplinario ha quedado demostrado que don Henry Oswaldo Ruiz Siguas aprovechando su condición de técnico judicial adscrito a la Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Loreto, recibió un recurso de apelación presentado por un litigante consignado una fecha que no le correspondía, con la fi nalidad de favorecerlo pues el plazo para interponerlo había vencido; vulnerando así sus deberes y obligaciones que le impone el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, siendo pasible de sanción disciplinaria acorde lo previsto en el artículo doscientos uno, incisos uno y seis, de la mencionada Ley Orgánica, correspondiendo imponer la medida disciplinaria de destitución al comprometer la dignidad del cargo frente al concepto público, conforme lo establece el artículo doscientos once del acotado cuerpo legal; por tales los fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, sin las intervenciones de los señores Consejeros Antonio Pajares Paredes y Luis Alberto Mena Núñez por encontrarse de licencia y de vacaciones, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria deDestitución a don Henry Oswaldo Ruiz Siguas, por su actuación como técnico judicial de la Mesa de Partes de la Corte Superior de Justicia de Loreto.- Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO 283025-4 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen incorporación de Vocal como integrante de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 451-2008-P-CSJL/PJ Lima, 26 de noviembre de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa Nro. 236- 2008-CE-PJ de fecha nueve de setiembre del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso declarar fundada la Solicitud de Traslado, por razones extraordinarias, presentada por el magistrado Luis Carlos Arce Córdova, Vocal Titular de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ucayali disponiéndose en consecuencia su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, corresponde al Despacho de esta Presidencia, proceder a la incorporación del magistrado antes referido, al interior de este Distrito Judicial, asignándosele la plaza vacante correspondiente. Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero: DISPONER LA INCORPORACIÓN del doctor magistrado LUIS CARLOS ARCE CÓRDOVA, Vocal Titular, como integrante de la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 26 de noviembre del presente año. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Consejo Nacional de la Magistratura y del Magistrado para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.ÁNGEL HENRY ROMERO DÍAZ Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 283010-1 Corrigen la Res. Adm. Nº 348-2008-P- CSJL/PJ Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 452-2008-P-CSJL/PJ Lima, 11 de noviembre de 2008 VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, según lo previsto en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General: “Las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver las cuestiones que se les propongan, por defi ciencias de sus fuentes; en tales casos, acudirán a los principios del procedimiento administrativo previstos en esta Ley; en su defecto, a otras fuentes supletorias del derecho administrativo, y sólo subsidiariamente a éstas, a las normas de otros ordenamientos que sean compatibles con su naturaleza y fi nalidad”. Que, por la Resolución Administrativa Nº 348-2008- P-CSJL/PJ de fecha dieciséis de setiembre del presente año, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el diecisiete de Septiembre de los corrientes, se dispuso aprobar la nómina de peritos judiciales para los años judiciales 2008 y 2009, convocándose además a los profesionales en Medicina, Psicología y Contabilidad a proceso de selección y evaluación. Que, es de apreciarse de la Resolución Administrativa antes señalada que en el tercer considerando, se ha señalado que: - “(…) lo que ocasiona que en dichas especialidades se produzca una insufi ciencia de profesionales en la Nómina del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte, la que debe ser subsanada mediante el procedimiento de convocatoria pública y directa previsto en el segundo párrafo del artículo 10 del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa Nº 352-98-SE-T-CME-PJ”. Asimismo, se dispuso en el artículo quinto: “(…) que los Peritos Judiciales que integran la presente nómina pasen a formar parte del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Lima, siempre que cumplan con lo estipulado en el primer párrafo del artículo 21º de la Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ”. Descargado desde www.elperuano.com.pe