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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de noviembre de 2008 384254 Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado, la conducción del proceso de promoción de la inversión privada a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 284760-13 Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del FONDEPES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2008-EF Lima, 29 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 023-2007- EF del 26 de marzo de 2007, se designó al doctor Roberto Carlos Gomero Rigacci como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que, el doctor Roberto Carlos Gomero Rigacci ha formulado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que es necesario aceptar dicha renuncia y designar al representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Roberto Carlos Gomero Rigacci, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señorita Carmen Paola Astor Anaya como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 284760-14 INTERIOR Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28950 - Ley contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes DECRETO SUPREMO Nº 007-2008-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICACONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28950 – Ley contra la Trata de Personas y el Tráfi co Ilícito de Migrantes, establece en su Sexta Disposición Final que la misma será objeto de reglamentación; Que, es necesario reglamentar la mencionada ley, a fi n de contar con el marco normativo adecuado para afrontar la lucha contra la trata de personas y el tráfi co ilícito de migrantes, estableciendo las responsabilidades de las instituciones del Estado involucradas para promover y ejecutar medidas de prevención considerando el enfoque de Derechos Humanos y de grupos vulnerables; así como sus factores de riesgo, teniendo en cuenta la investigación, capacitación, información y difusión; Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, constituido mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-IN, de fecha 20 de febrero de 2004, ha alcanzado una propuesta de Reglamento de la norma a que se contrae el primer considerando; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobación Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 28950 – Ley contra la Trata de Personas y el Tráfi co Ilícito de Migrantes que consta de Cuatro (04) Títulos, Cuatro (04) Capítulos, Treinta y Siete (37) Artículos y Una (01) Disposición Final Única. Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Salud, la Ministra de Justicia, el Ministro de Educación, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo yEncargado del Despacho del Ministerio de Salud ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28950 – LEY CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y EL TRAFICO ILICITO DE MIGRANTES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento precisa los alcances de la Ley Nº 28950, “Ley contra la Trata de Personas y el Tráfi co Ilícito de Migrantes”, la que en adelante se denominará “la Descargado desde www.elperuano.com.pe