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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (15/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de octubre de 2008 381579 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Nº 043-2008-EFSA-GR/ MM de fecha 31 de Julio de 2008, el Equipo Funcional de Servicios al Administrado, perteneciente a la ex Gerencia de Rentas, señala la necesidad de la contratación de la Red Privada de Comunicaciones denominada BANCARED de propiedad de la Asociación de Bancos de Perú (ASBANC), el cual permitirá cumplir con el proyecto denominado “Interconexión con Bancos”, mediante el cual el administrado podrá efectuar el pago de sus tributos en cualquier ventanilla de los bancos a nivel nacional o a través de sus páginas de Internet, asimismo, permitirá a la Municipalidad de Miraflores disponer de información actualizada de la cuenta corriente en línea, seguridad en la información, minimizar costos en materia de comunicaciones, así como reducir los costos por la operatividad de la recaudación, que serían trasladados a los bancos; Que, mediante el Memorando Nº 150-2008-GS/MM, de fecha 08 de Agosto de 2008, la Gerencia de Sistemas, emite informe técnico para la contratación del servicio de BANCARED brindado por ASBANC, señalando que la Contratación de la Red Privada de Comunicaciones denominada BANCARED de propiedad de la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC) permitiría a la Municipalidad de Mirafl ores comunicarse electrónicamente a través de dicha red con la mayoría de entidades bancarias del país que conforman ASBANC; Que, asimismo la Gerencia de Sistemas señala que la contratación del servicio de BANCARED permitiría minimizar costos en materia de comunicaciones, porque con un pago mensual, la Municipalidad tendría la posibilidad de comunicarse con la mayoría de entidades bancarias del país, es decir se evitarían los costos de comunicaciones individuales con cada banco. Además el servicio de BANCARED cuenta con tecnología de punta y exigentes mecanismos de contingencia, seguridad y soporte técnico las 24 horas del día durante los 365 días del año, por lo que la Municipalidad tiene garantizada la comunicación con los bancos en forma permanente. Asimismo dicha gerencia confi rma que ASBANC es el único proveedor en el mercado nacional para la transmisión en el sistema bancario a través de BANCARED; Que, con Memorando Nº 688-2008-GP-SCP/MM, con fecha 14 de Agosto de 2008, la Gerencia de Planifi cación otorga la disponibilidad presupuestal para la contratación del servicio de la Red Privada de Comunicaciones denominada BANCARED por el período de un (1) año, mediante Certifi cado de Crédito Presupuestal Nº 105-2008/SGCP-GP-MM, ascendente al monto de S/. 56,763.00 nuevos soles. Que, mediante Memorando Nº 672-2008-GAF/MM, de fecha 18 de Setiembre de 2008, la Gerencia de Administración y Finanzas hace referencia al Informe Nº 190-2008-SL-GAF/MM elaborado por la Subgerencia de Logística, el cual indica que la Asociación de Bancos del Perú ASBANC es el único proveedor en el mercado del servicio de BANCARED, el cual no admite sustitutos, situación que se enmarca dentro de la causal contemplada en el inciso e) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM, para la exoneración del proceso de selección correspondiente, mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, estando a la opinión favorable en el Informe Nº 478-2008-OAJ/MM de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 20) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad adoptó el siguiente acuerdo: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección correspondiente, a la adquisición del servicio de BANCARED, considerando un valor referencial de S/. 56,763.00 (Cincuenta y Seis Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 05, en la Específi ca de Gasto 5.3.11.39. Artículo Segundo.- APROBAR la adquisición del servicio de BANCARED, por el período de doce (12) meses por el valor referencial de S/. 56,763.00 nuevos soles (Cincuenta y Seis Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logística la realización de la contratación exonerada de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y su registro en el Registro del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General comunique el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, y disponga su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitido. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 263881-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de inmueble ubicado en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 077-2008-MM Mirafl ores, 7 de octubre de 2008EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con Acta de fecha 27 de septiembre de 2007, el Concejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Mirafl ores aprobó dentro de los alcances de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, la adquisición de un inmueble para el funcionamiento de la Comisaría de San Antonio; Que, con fecha 17 de diciembre de 2007, la empresa COMPAÑÍA URBANIZADORA LA PALMA S.A. propietaria del inmueble ubicado en Av. Tomás Marsano Nº 1180 de la urbanización San Antonio del distrito de Mirafl ores, que es ocupada por la Policía Nacional del Perú para el funcionamiento de Comisaría de “San Antonio” desde hace 45 años; comunica su decisión de vender el citado inmueble, dando la primera opción a la PNP o a la Municipalidad de Mirafl ores; Que, mediante el Memorando Nº 245-2008-GP- MM, de fecha 11 de marzo de 2008, la Gerencia de Planifi cación comunica la declaratoria de viabilidad a Descargado desde www.elperuano.com.pe