Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (15/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de octubre de 2008 381562 Que, son funciones del Gobierno Regional en materia ambiental, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental; Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR la Agenda Ambiental Regional 2008-2010, instrumento elaborado por la Comisión Ambiental Regional (CAR Huancavelica) en un proceso participativo y consensuado por los diversos sectores públicos, privados y sociedad civil de la Región Huancavelica, con la fi nalidad de desarrollar un sistema efi caz y transparente que promueva compromisos y procesos para mejorar la calidad ambiental e impulsar el crecimiento económico, la protección ambiental, el bienestar social de la población y alcanzar el desarrollo sostenible de la Región. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Huancavelica, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional Huancavelica (CAR-HUANCAVELICA) y Direcciones Regionales Sectoriales, la difusión e implementación del citado instrumento. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional de Huancavelica, para que por intermedio de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, elabore los documentos y/o Directivas pertinentes para el cumplimiento y viabilidad de la presente Agenda Ambiental Regional. Artículo Cuarto.- DEROGUÉNSE o DÉJENSE sin efecto según corresponda, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil ocho. MARÍA ELIZABETH VILLAVICENCIO VALLE Consejera Delegada POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil ocho. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente 263467-3 Aprueban el Plan Estratégico Regional Concertado para el Desarrollo del Sector Alpaquero 2007-2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 118-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 22 de setiembre de 2008.POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN ESTRATEGICO REGIONAL CONCERTADO PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR ALPAQUERO 2007 - 2017 Que, conforme dispone el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con los Artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal y que tiene jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; Que con Carta Nº 001-2008/MECOALP-HVCA, de fecha 30 de enero del 2008, la Secretaria General de la Mesa de Concertación Alpaquera de Huancavelica solicitó se autorice la aprobación del Plan Estratégico Regional Concertado para el Desarrollo del Sector Alpaquero 2007 - 2017, documento elaborado de manera participativa con los miembros y actores del sector alpaquero regional; asimismo mediante Acta de Aprobación del Plan Estratégico Regional para el desarrollo del Sector Alpaquero de la Región Huancavelica de fecha 22 de marzo del 2007, fue aprobado por unanimidad por los miembros de la Mesa de Concertación del Sector Alpaquero de la región Huancavelica. Que la Mesa de Concertación Regional del Sector Alpaquero de Huancavelica MECOALP - HVCA, fue instalada el 11 de octubre del 2004, como instancia y foro abierto para la expresión de voluntades para el desarrollo del sector alpaquero regional, negociación de intereses, concertación de voluntades políticas y técnicas entre actores, e incidencia política en políticas públicas para el desarrollo del sector, integrado por las organizaciones de productores, instituciones públicas y privadas ligadas al sector y la sociedad civil. Que fue reconocida ofi cialmente con Resolución Ejecutiva Regional Nº 165-2005-GR-HVCA/PR, con fecha 20 de mayo del 2005, amparado en las leyes siguientes: Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Artículo 51º), Ley Nº 27902. Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA:Artículo Primero.- APRUEBESE EL “PLAN ESTRATEGICO REGIONAL CONCERTADO PARA EL DESARROLLO DEL SECTOR ALPAQUERO 2007 -2017” Instrumento elaborado en un proceso participativo y consensuado por los diversos actores públicos y privados del sector alpaquero de la Región Huancavelica, el mismo que cuenta con 119 páginas, cuyo contenido es:  Presentación del documento.  Los actores del sector alpaquero huancavelicano. I Parte: Características de la realidad alpaquera huancavelicana.  II Parte: Perspectiva sectorial concertada para el desarrollo del sector alpaquero.  III Parte: Fichas Técnicas identifi cadas para implementar el Plan de Desarrollo del Sector Alpaquero en Huancavelica. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, para que en coordinación con los sectores públicos, privados y la sociedad civil, promueva la implementación y difusión del “Plan Estratégico Regional para el Desarrollo del Sector Alpaquero 2007 - 2017”. Descargado desde www.elperuano.com.pe