Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2008 (15/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2008

· Una representante de las Comunidades Campesinas · Una representante de la Federacion Agraria · Una representante de las organizaciones sociales de base · Una representante del MINSA · Una representante de la Direccion Regional de Educacion de Huancavelica. · Una representante de la Direccion Regional de Salud de Huancavelica. · Una representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. · Una representante del frente organizaciones agrarias. · Una representante del Frente de Defensa y Desarrollo · Una representante de la Universidad Nacional de Huancavelica · Una representante de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo · Una representante de la Mesa de Lucha Contra La Pobreza · Una representante de la Red Nacional de Promocion de la Mujer. · Una representante de los Gobiernos Locales. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Mujer tendra la siguiente estructura: · La Asamblea Regional de Representantes · El Consejo Directivo Articulo Tercero.- La Asamblea Regional de Representantes del Consejo Regional de la Mujer, estara constituido por la miembros que establece el Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- El Consejo Directivo del Consejo Regional de la Mujer tendra seis (06) representantes, el mismo que presidira la Presidencia del Gobierno Regional de Huancavelica. La Asamblea Regional de Representantes elegira los miembros del consejo Directivo faltantes. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la elaboracion del Reglamento y demas instrumentos de gestion, los mismos que seran aprobados mediante Decreto Regional, debiendo dar cuenta de ello al Consejo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los Veintidos dias del mes de Setiembre del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintinueve dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SCHULTZ Presidente 263467-5

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 03 de septiembre de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 4 de septiembre de 2008

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 025-2003GR.LAMB/CR de fecha 26 de noviembre de 2003, se conforma el Consejo Regional de Seguridad Vial de la Region MORDAZA, siendo las instituciones que la conforman las direcciones regionales de Transportes y Comunicaciones, Educacion y Salud; la II Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru; y, las municipalidades provinciales de MORDAZA, Chiclayo y Ferrenafe. Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2007-MTC, se aprobo el Plan Nacional de Seguridad Vial 2007 ­ 2011, documento mediante el cual se busca impulsar una politica nacional en materia de seguridad vial, que permita orientar la ejecucion de recursos y acciones de cumplimiento del fin primordial del Estado en la materia, como es la proteccion de la MORDAZA y seguridad de sus ciudadanos durante su desplazamiento por el sistema vial nacional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC se modifica el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 01096-C, mediante el cual disponen que los gobiernos regionales en el MORDAZA de sus competencias, constituyan Consejos Regionales de Seguridad Vial, encargados de elaborar los planes regionales de seguridad vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial, y ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el Consejo Nacional de Seguridad Vial y, a su vez, se incorpora el Articulo 3-A al Decreto Supremo Nº 010-96-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nº 024-2001-MTC y Nº 027-2002-MTC, mediante el cual se determina que los integrantes del Consejo Regional de Seguridad Vial son el Presidente Regional o su representante quien lo presidira, el Jefe Policial de mayor graduacion de la region, los directores regionales de Transportes y Comunicaciones, Educacion, Salud y Trabajo, los alcaldes provinciales que integran la region o los representantes de cada institucion nombrada. Que, en materia de seguridad vial la participacion de los gobiernos regionales resulta fundamental, teniendo en consideracion sus competencias y facultades y a efectos de replicar las acciones del Consejo Nacional de Seguridad Vial en sus respectivos ambitos, siendo necesario modificar la conformacion del referido Consejo Regional de Seguridad Vial de MORDAZA, a efectos de incorporar a entidades e instituciones que contribuyan a dar solucion integral a la problematica de la seguridad vial en la region; indicandose que sera el Consejo Regional de Seguridad Vial el encargado de elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutar los mismos en las provincias y distritos de la respectiva jurisdiccion, requiriendose igualmente dotar al Consejo Regional de Seguridad Vial de MORDAZA de los recursos necesarios para el debido cumplimiento de sus funciones, los cuales provendran de los aportes de las diferentes instituciones que la conforman. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente: ORDENANZA

Articulo 1º.- MODIFICAR la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial en la Region MORDAZA, el mismo que estara integrado por los siguientes miembros: · El Presidente Regional o su representante, quien lo presidira;

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