NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (18/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de setiembre de 2008 379895 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones ORDENANZA Nº 072-2008-MDC Cieneguilla, 25 de julio del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de julio de 2008 el Informe Nº 108-GSCyRC/MDC de la Gerencia Servicios Comunales y Registro Civil, Informe Nº 160-2008- GDUR/MDC de la Gerencia de Desarrollo de Urbano y Rural, Informe Nº 225-2008-GAJ-MDC de la Gerencia Asesoría Jurídica, así como, los diferentes informes de las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, respecto del Proyecto de Ordenanza que establece el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS); y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en nuestra Constitución Política en su artículo 194º, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 46º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes (...)”. Seguidamente señala que, “las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo la escala de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias”; Que, estando a las disposiciones locales respecto a la Estructura Orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta Municipalidad, así como, en el Manual de Organización y Funciones (MOF), aprobados mediante Ordenanza Nº 039-2007-MDC y Ordenanza Nº 042-2007-MDC respectivamente, modifi cados mediante Ordenanza Nº 065-2008-MDC; en mérito a las normas antes citadas es necesario adecuar el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad vigente, a las nuevas disposiciones; Estando a los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º tercer párrafo y el artículo 9º inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y contando con el voto de la MAYORÍA de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- ALCANCE La presente ordenanza establece las normas y procedimientos para la aplicación de sanciones administrativas impuestas por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla a los infractores de las ordenanzas municipales y normas legales de su competencia en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Cieneguilla. La Gerencia de Servicios Comunales y Registro Civil, así como las demás unidades orgánicas, según corresponda de acuerdo a sus funciones, se sujetarán a las normas y procedimientos contenidos en la presente ordenanza. La aplicación de sanciones administrativas en materia tributaria se rige por la normativa especial contenida en el Código Tributario y disposiciones especiales. Artículo 2º.- PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA La potestad sancionadora se rige por los siguientes principios: TIPICIDAD.- Sólo podrán ser sancionadas las conductas cuyos elementos constitutivos se adecuen plenamente a las infracciones previstas expresamente en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobada por la presente ordenanza, sin admitir interpretación extensiva o analógica. DEBIDO PROCEDIMIENTO.- La Municipalidad Distrital de Cieneguilla aplicará las sanciones previstas en su Cuadro Único de Infracciones y Sanciones sujetándose al procedimiento establecido y respetando las garantías del debido proceso. El enunciado de estos principios, no excluye los principios que orientan al derecho administrativo general y al procedimiento sancionador, cuya observancia es obligatoria. Artículo 3º.- DE LA POLÍTICA PREVENTIVA Y EDUCATIVA SANCIONADORA Es política de la municipalidad establecer y realizar acciones de prevención y educación municipal, que permita a los vecinos conocer sus responsabilidades y a los infractores regularizar su situación, evitando de esta manera la imposición de sanciones por la comisión de infracciones. Artículo 4º.- SANCIONES APLICABLES Las sanciones que podrá aplicar la Municipalidad Distrital de Cieneguilla por infracciones administrativas se clasifi can en sanciones pecuniarias y no pecuniarias y se encuentran debidamente tipifi cadas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, adjunta a la presente ordenanza, así como en las disposiciones legales vigentes cuya aplicación es competencia de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Las sanciones no pecuniarias tienen por fi nalidad impedir que la conducta infractora se siga desarrollando en perjuicio del interés colectivo, pudiendo también estar orientadas a la reposición de las cosas al estado anterior al de la comisión de la infracción, cuando corresponda; pueden ser aplicadas en forma conjunta con la imposición de una sanción de multa según lo establece el presente Reglamento y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones. Las sanciones son de dos tipos: Sanciones Pecuniarias: a) Multa.- Sanción pecuniaria, impuesta ante el incumplimiento de una disposición legal o reglamentaria que establezca obligaciones o prohibiciones de naturaleza administrativa, contenida en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones. Puede ser aplicada como sanción individual y/o en forma conjunta con otra sanción no pecuniaria. Su imposición y pago no libera, ni sustituye la responsabilidad del autor de la ejecución de una prestación de hacer o de no hacer, para subsanar el hecho que la generó. Sanciones no pecuniarias: a) Suspensión de autorización o licencia.- Sanción no pecuniaria aplicada por el incumplimiento de alguna Descargado desde www.elperuano.com.pe