Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2008 (24/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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este se encuentran los vestigios de lo que fue el altar primigenio (retablo de pasta) de MORDAZA con molduras de lineas biseladas y ornamentos de estilo manierista, aun conserva pintura mural en forma de MORDAZA biselados, veneras y ornamentos geometricos ubicados en el MORDAZA del abside, dicho altar a la fecha se encuentra apuntalado, otras muestras de pintura mural se manifiestan en los paramentos de la sacristia, muestras policromadas que representan motivos religiosos. Actualmente se encuentra en mal estado de conservacion por causa de fenomenos naturales, la falta de uso y mantenimiento, carece de su patrimonio mueble y quedan vestigios de las obras artisticas plasmadas en molduras y pinturas murales. A la fecha el templo se encuentra apuntalado en diferentes sectores, carente de cobertura en el sector de la nave. La maleza ha invadido los muros y el piso, asimismo se observan deterioros por efectos de la humedad, insectos y pajaros. En el ano 1998 el INC intervino realizando trabajos de apuntalamientos en el presbiterio y cobertura de calamina. El centro poblado de Marcaconga nacio como un anexo de la doctrina de Sangarara y por su cercania al pueblo de Sangarara se ubica de manera central en el itinerario temprano de la rebelion de MORDAZA MORDAZA II en el ano 1780, lo cual le da un valor de testimonio historico apreciable. La Direccion Regional de Cultura MORDAZA propone un MORDAZA Circundante de proteccion que comprende el conjunto del templo y su entorno inmediato: La plaza MORDAZA MORDAZA y las edificaciones del entorno al templo, los terrenos de la parroquia y las fachadas de las calles que la circundan, en cuyo tratamiento se deberan conservar las caracteristicas ancestrales de la edificacion tanto en la altura de edificacion como al uso de materiales, cuya area que ocupa es de 21,916.302 m2. Por lo expuesto recomienda tener en cuenta los valores historicos, arquitectonicos, urbanisticos y artisticos representativos para que el conjunto sea declarado como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion. Que, mediante Acuerdo Nº 13-2008-DRC-C/C.T.I.C.P. de fecha 27 de febrero de 2008 de la Comision Tecnica Interna Calificadora de Proyectos de la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA, acordo calificar el Expediente Tecnico de Declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nacion del Templo de MORDAZA MORDAZA de marcaconga Sangarara, el mismo que posee valor historico, artistico y arquitectonico, como PROCEDENTE; Que, con Informe Nº 051-2008-DMVE-SDIH-DPHCR/ INC de fecha 23 de MORDAZA de 2008 de la Sub Direccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, se complementa la informacion del expediente tecnico elaborado por la Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion Regional de Cultura MORDAZA de la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nacion del Templo MORDAZA MORDAZA de Marcaconga; Que, de la revision y evaluacion del expediente administrativo, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo, emitio el Acuerdo Nº 03 de fecha 23 de MORDAZA de 2008, en el cual se acordo, PROPONER se declare como bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al conjunto religioso conformado por: el Templo MORDAZA MORDAZA de Marcaconga, atrios frontal y laterales, MORDAZA campanario, cerco perimetral con sus respectivos MORDAZA de acceso y la Plaza Mayor MORDAZA MORDAZA con su cerco perimetral, ubicado al norte del Centro Poblado Marcaconga, Distrito de Sangarara, provincia de Acomayo, departamento de Cusco; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento

de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 0282006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al conjunto religioso conformado por: el Templo MORDAZA MORDAZA de Marcaconga, atrios frontal y laterales, MORDAZA campanario, cerco perimetral con sus respectivos MORDAZA de acceso y la Plaza Mayor MORDAZA MORDAZA con su cerco perimetral; ubicado al norte del Centro Poblado Marcaconga, Distrito de Sangarara, provincia de Acomayo, departamento de Cusco. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento de las autoridades locales y regionales la condicion patrimonial del conjunto religioso conformado por: el Templo MORDAZA MORDAZA de Marcaconga, atrios frontal y laterales, MORDAZA campanario, cerco perimetral con sus respectivos MORDAZA de acceso y la Plaza Mayor MORDAZA MORDAZA con su cerco perimetral, normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la inscripcion en los Registros Publicos acerca de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del conjunto religioso mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el conjunto religioso a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 255287-8

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Exoneran a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE de MORDAZA de seleccion para la contratacion de suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Juanjui
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 577-2008-INPE/P MORDAZA, 18 de setiembre de 2008 VISTO, el Oficio Nº 450-2008-INPE/21 de la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, recibido por Secretaria General del INPE el 17 de setiembre de 2008, que adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 010-2008-INPE/21.04 de fecha 16 de setiembre de 2008, suscrito por las Unidades de Administracion y Asesoria Juridica, por el cual se solicita que se declare en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas y ninos del Establecimiento Penitenciario de Juanjui e Informe Nº 259-2008-INPE/08 de fecha 18 de setiembre de 2008, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 0102008-INPE/21.04 de fecha 16 de setiembre de 2008,

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