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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de setiembre de 2008 380136 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio económico a la Municipalidad Provincial de La Convención RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 363-2008-CG Lima, 22 de setiembre de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 195-2008-CG/ORCU- EE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de La Convención, Cusco, por el periodo comprendido de enero a diciembre 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control en la Municipalidad Provincial de La Convención, Cusco; la cual tuvo como objetivo, entre otros, determinar si las obras públicas, ejecutadas en la modalidad de administración directa, en sus fases de programación, ejecución, supervisión y liquidación, se realizaron de conformidad con la normativa vigente; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que en la construcción de la Obra “Piscina Olímpica de Sambaray”, se efectuaron mayores gastos por concepto de mano de obra, al haberse permitido durante su ejecución, que los trabajos del personal obrero se realicen con rendimientos inferiores a los establecidos en el Expediente Técnico, ocasionando perjuicio económico a la entidad, ascendente a S/.110 833,37, lo que debe ser resarcido, conforme a lo previsto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República – Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República – Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 255220-4 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 364-2008-CG Lima, 22 de setiembre de 2008VISTO, el Informe Especial Nº 196-2008-CG/ORCU- EE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de La Convención, Cusco, por el periodo comprendido de enero a diciembre 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control en la Municipalidad Provincial de La Convención, Cusco; la cual tuvo como objetivo, entre otros, determinar si las obras públicas, ejecutadas en la modalidad de administración directa, en sus fases de programación, ejecución, supervisión y liquidación, se realizaron de conformidad con la normativa vigente; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que en la construcción de la Obra “Pavimentación Flexible de la Av. 25 de Julio”, se efectuaron mayores gastos por concepto de mano de obra, al haberse permitido durante su ejecución, que los trabajos del personal obrero se realicen con rendimientos inferiores a los establecidos en el presupuesto de la obra, ocasionando perjuicio económico a la entidad por un monto de S/.68 750,94, lo que debe ser resarcido conforme a lo previsto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785 , constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 255220-5 Encargan a Jefe del Órgano de Control Institucional de FONAFE labores de control interno a cargo del Sistema Nacional de Control de CENTROMIN PERÚ S.A. en Liquidación y de TANS S.A. en Liquidación RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 365-2008-CG Lima, 22 de setiembre de 2008Visto; la Hoja de Recomendación Nº 060-2008-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control Descargado desde www.elperuano.com.pe