Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2008 (24/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2008

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de La Convencion
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 363-2008-CG MORDAZA, 22 de setiembre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 195-2008-CG/ORCUEE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de La Convencion, MORDAZA, por el periodo comprendido de enero a diciembre 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Provincial de La Convencion, Cusco; la cual tuvo como objetivo, entre otros, determinar si las obras publicas, ejecutadas en la modalidad de administracion directa, en sus fases de programacion, ejecucion, supervision y liquidacion, se realizaron de conformidad con la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en la construccion de la Obra "Piscina Olimpica de Sambaray", se efectuaron mayores gastos por concepto de mano de obra, al haberse permitido durante su ejecucion, que los trabajos del personal obrero se realicen con rendimientos inferiores a los establecidos en el Expediente Tecnico, ocasionando perjuicio economico a la entidad, ascendente a S/.110 833,37, lo que debe ser resarcido, conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica ­ Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica ­ Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 255220-4 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 364-2008-CG MORDAZA, 22 de setiembre de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 196-2008-CG/ORCUEE, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de La Convencion, MORDAZA, por

el periodo comprendido de enero a diciembre 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO:

Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Provincial de La Convencion, Cusco; la cual tuvo como objetivo, entre otros, determinar si las obras publicas, ejecutadas en la modalidad de administracion directa, en sus fases de programacion, ejecucion, supervision y liquidacion, se realizaron de conformidad con la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en la construccion de la Obra "Pavimentacion Flexible de la Av. 25 de Julio", se efectuaron mayores gastos por concepto de mano de obra, al haberse permitido durante su ejecucion, que los trabajos del personal obrero se realicen con rendimientos inferiores a los establecidos en el presupuesto de la obra, ocasionando perjuicio economico a la entidad por un monto de S/.68 750,94, lo que debe ser resarcido conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785 , constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 255220-5

Encargan a Jefe del Organo de Control Institucional de FONAFE labores de control interno a cargo del Sistema Nacional de Control de CENTROMIN PERU S.A. en Liquidacion y de TANS S.A. en Liquidacion
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 365-2008-CG MORDAZA, 22 de setiembre de 2008 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 060-2008-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control

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