Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2008 (24/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2008

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Conforman la Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos, dentro del MORDAZA de la Implementacion de la Portabilidad Numerica en los Servicios Publicos Moviles
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 023-2008-CD/OSIPTEL MORDAZA, 19 de setiembre de 2008. Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos, dentro del MORDAZA de la Implementacion de la Portabilidad Numerica en los Servicios Publicos Moviles

MATERIA :

VISTOS: (i) El Proyecto de Resolucion, presentado por la Gerencia General, que dispone la conformacion de la Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos, dentro del MORDAZA de la Implementacion de la Portabilidad Numerica de los Servicios Publicos Moviles, y; (ii) El Informe Nº 448-GPR/2008 que recomienda la aprobacion del referido proyecto de resolucion, con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.1 del articulo 1º de la Ley de Portabilidad Numerica en los Servicios Moviles, Ley Nº 28999 -publicada en el diario oficial El Peruano el 04 de MORDAZA de 2007todo usuario tiene derecho a mantener su numero movil, aun cuando cambie de empresa operadora de servicio movil; asimismo, de conformidad con lo senalado en el numeral 1.2 del articulo 1º de la referida Ley, las condiciones tecnicas, economicas y administrativas que demande la portabilidad numerica, seran determinadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y por el OSIPTEL, segun sus competencias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007MTC se incorporo el Titulo I: "Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansion de los Servicios de Telecomunicaciones en el Peru" al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, estableciendose en el articulo 12º que a fin de promover la competencia en beneficio de los usuarios moviles, a partir del ano 2010 se implementara la portabilidad numerica en los servicios moviles, disposicion a la que se le ha otorgado fuerza de ley en virtud a lo establecido en el articulo 2º de la Ley Nº 28999; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2007MTC -publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de noviembre de 2007- se aprobaron las Condiciones para la Implementacion de la Portabilidad Numerica de los Servicios Publicos Moviles en el MORDAZA, en cuyo articulo 2º se dispone que su implementacion sera de aplicacion y observancia obligatoria en todo el territorio nacional por los operadores del servicio publico movil, que comprende el servicio de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales y servicio de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado); Que, adicionalmente, acorde con la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de las Condiciones para la Implementacion de la Portabilidad Numerica en

los Servicios Publicos Moviles en el MORDAZA, el OSIPTEL establecera el procedimiento y condiciones de uso de la portabilidad, asi como las condiciones economicas, los aspectos relacionados a la interconexion, entre otros temas materia de su competencia que se requieran para la implementacion y aplicacion de la portabilidad numerica en los servicios publicos moviles; Que, de acuerdo al cronograma para la implementacion de la portabilidad numerica, el 14 de MORDAZA de 2008 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Ministerial Nº 378-2008-MTC-03 que dispuso la aprobacion de la solucion tecnica de la portabilidad numerica denominada "All Call Query" - Consulta de Todas las Llamadas con una base de datos centralizada principal y con bases de datos locales correspondientes a cada operador movil; Que, asimismo, en la Resolucion Ministerial Nº 3782008-MTC-03 se dispuso que la Base de Datos Centralizada - Principal debera ser administrada por una entidad independiente de los operadores moviles y que el OSIPTEL aprobara los procedimientos, directrices y otros aspectos relacionados con la implementacion y operacion de dicha base de datos; en ese sentido, este organismo considera necesario conformar una comision que se encargue de seleccionar a dicha entidad, cuyas actividades MORDAZA de publico conocimiento, garantizandose asi la neutralidad, transparencia y predictibilidad del MORDAZA de seleccion; Que, la Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos debe estar integrada por un representante de cada uno de los operadores de los servicios publicos moviles y por tres (3) representantes del OSIPTEL, uno de los cuales la presidira y tendra MORDAZA dirimente; Que, la referida comision desarrollara las actividades conducentes a la seleccion del Administrador de la Base de Datos, las mismas que deben ser ejecutadas dentro de los plazos previstos y con sujecion a los principios de no discriminacion e igualdad de acceso, respetando las normas sobre libre y MORDAZA competencia; Que, teniendo en cuenta el cronograma establecido en el Decreto Supremo Nº 040-2007-MTC para la implementacion de la portabilidad numerica, es de suma importancia que el MORDAZA de seleccion del Administrador de la Base de Datos se desarrolle con celeridad por lo que se considera conveniente establecer un plazo de sesenta (60) dias calendario para realizar todas sus actividades, el cual puede ser prorrogado hasta por un MORDAZA de treinta (30) dias calendario adicionales; En aplicacion de lo previsto en el inciso p) del articulo 25º y en el inciso b) del articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesion Nº 321; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Conformar la Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos, dentro del MORDAZA de la Implementacion de la Portabilidad Numerica en los Servicios Publicos Moviles, integrada por tres (3) representantes del OSIPTEL, un representante de Telefonica Moviles S.A., un representante de MORDAZA Movil Peru S.A.C. y un representante de Nextel del Peru S.A. La comision sera presidida por uno de los representantes del OSIPTEL, quien tendra MORDAZA dirimente. La Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos se encargara de seleccionar a una entidad independiente de los operadores de los servicios publicos moviles para que administre la Base de Datos Centralizada - Principal de la solucion tecnica denominada "All Call Query" para la portabilidad numerica. La comision ejecutara sus actividades con sujecion a los principios de no discriminacion e igualdad de acceso, respetando las normas sobre libre y MORDAZA competencia. Articulo 2º.- La Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos desarrollara las siguientes acciones:

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