Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2008 (24/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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380169

EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:

El Expediente Nº 29484 de fecha 13 de Octubre de 2003 seguido por la COMPANIA INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA Y DE TRANSPORTES MORDAZA MORDAZA S.A. - CICONTESA S.A. representado por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cual solicitan la aprobacion de la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, denominada Programa de Vivienda "Villa San Carlos" para el Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno con un area de 10,500.00 m2; constituido por la parcela U. C. Nº 10654 ubicado en La MORDAZA Baja, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Acuerdo realizado el 26 de Setiembre de 2005 entre la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Municipalidad Distrital de Ate, las empresas CASAPRO, CICONTESA S.A. y el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante el reclamo del Sr. MORDAZA MORDAZA de que dichas empresas no cumplen con la disposicion de area suficiente para la consolidacion de la via colectora indicada con un ancho vial de 22.00 ml., motivo por el cual se lleva a cabo dicho acuerdo concluyendo que a la empresa CICONTESA S.A. le afecta un area de 1,006.15 m2, a la empresa CASAPRO un area de 495.10 m2 y al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA le afecta un area de 933.13 m2 con frente a CASAPRO y 1,006.45 m2 con frente a CICONTESA S.A., Que, mediante Acuerdo Nº 01 tomado en Sesion Nº 11-2007-CTDHU/MDA de fecha 14 de Diciembre de 2007 la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitacion MORDAZA emitio dictamen FAVORABLE al Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 10,500.00 m2, constituido por la parcela U. C. Nº 10654 ubicado en La MORDAZA Baja, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; aprobando la redencion en dinero del deficit de los Aportes Reglamentarios de Recreacion Publica con 1,050.00 m2; Parques Zonales 210.00 m2 y Ministerio de Educacion con 210.00 m2,

Que, mediante Ordenanza Nº 157-MML, que aprueba el Plano de Zonificacion del Distrito de Ate y la Ordenanza Nº 371-MML que modifica dicho plano en el Sector La MORDAZA, MORDAZA y San MORDAZA, asi como el Reglamento Nacional de Construcciones MORDAZA vigente al inicio del presente tramite, el terreno se encuentra zonificado para uso Residencial de Densidad Media "R-4" cumpliendo todos los lotes con el area minima reglamentaria de 120.00 m2, asimismo el predio se encuentra afectado por una via colectora con un ancho de 22.00 ml. respetando el presente proyecto dicha seccion vial, Que, el personal tecnico de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro ha verificado que el presente tramite corresponde a una Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada al tener una consolidacion de 29 lotes construidos de los 55 lotes conformantes del programa de vivienda MORDAZA San MORDAZA, presentando la empresa contratos de compra - venta de los 26 lotes sin ocupar; por tanto no hay area disponible para los aportes reglamentarios, aceptandose la redencion en dinero de los mismos de conformidad con la Ordenanza Nº 292-MML; por lo tanto el presente proyecto cumple con los Planes Urbanos en cuanto a Zonificacion, Vias Metropolitanas y Aportes Reglamentarios, Que, mediante Valorizacion Nº 026-2008-SGPUCGDU/MDA de fecha 10 de Junio de 2008 se efectuo la liquidacion referente al deficit de aporte de Recreacion Publica 1,050.00 m2 y por Proyectos de Habilitacion MORDAZA, ascendente a un monto total de S/. 20,884.62 nuevos soles, el cual mediante Recibo de Pago Nº 0004271575 de fecha 10 de Junio de 2008 se acredita la cancelacion de dicho monto en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 2013-2008-ED de fecha 26 de Junio de 2008, el Ministerio de Educacion, valoriza el deficit de aporte reglamentario de 210.00 m2 para dicha entidad correspondiente al presente tramite de Habilitacion MORDAZA haciendo un monto total de S/. 3,451.40, y mediante Factura Nº 001-003510 de fecha 01 de MORDAZA de 2008 los administrados cumplen con cancelar el pago para dicho aporte reglamentario en la Tesoreria de dicha entidad, Que, mediante Resolucion de Gerencia Administrativa Nº 485-2008 de fecha 17 de MORDAZA de 2008 la Gerencia Administrativa de SERPAR - MORDAZA aprueba la valorizacion del area de 210.00 m2 correspondiente al aporte para Parques Zonales por la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 10,500.00 m2 constituido por la parcela U. C. Nº 10654 ubicado en La MORDAZA Baja, ascendente a la suma de $12,600.00 (S/. 35,733.60) y con Recibo Nº 21-040448 pagado en la tesoreria de dicha institucion los administrados cumplen con cancelar el deficit del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Informe Nº 062-2008-DEHE de fecha 13 de agosto de 2008, emitido por el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro se concluye que el presente tramite de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada es Procedente, indicandose asimismo que la empresa CICONTESA S.A. ha cumplido con presentar los requisitos y con pagar los derechos administrativos estipulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, asi tambien acreditan el pago correspondiente al deficit de los aportes reglamentarios de Recreacion Publica, Parques Zonales y Ministerio de Educacion a las entidades competentes, Que, la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones, disposicion que senala en su Articulo Nº 3º, que corresponde a las Municipalidades Distritales en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales y a las Municipalidades Provinciales, cuando se trate del cercado, conocer y aprobar las solicitudes de Habilitacion MORDAZA, que a partir de la vigencia de la presente ley, presenten las personas naturales o juridicas, las asociaciones de vivienda, pro-vivienda, las cooperativas de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyendo los casos

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