NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de setiembre de 2008 380170 de regularización de habilitaciones y las pendientes de trámite, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto Supremo Ordenanza 98-MTC, Ordenanza Nº 292-MML y por el Reglamento Nacional de Construcciones. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 056-08-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominada Programa de Vivienda “Villa San Carlos” para el Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 10,500.00 m2; constituido por la parcela U. C. Nº 10654 ubicado en La Gloria Baja, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa COMPAÑÍA INMOBILIARIA CONSTRUCTORA Y DE TRANSPORTES ESTRELLA ANDINA S.A. para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las obras faltantes de Habilitación Urbana teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑOAREA BRUTA TOTAL 10,500.00 m2 AREA ÚTIL TOTAL 7,166.00 m2AREA DE VIAS 3,334.00 m2 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado de la zona, debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo además, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA:Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS:Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80.Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera esté en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7 de febrero de 2001. TELEFONÍA:Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Gerencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días calendario de notifi cados, por cuenta los interesados. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Gerencia a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana, al Ministerio de Educación, a Serpar-Lima, a la Subgerencia de Obras Privadas, a la Subgerencia de Fiscalización y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase MARIO FERNANDO CASTRO VASQUEZ Gerente de Desarrollo Urbano 247673-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2008-MDPP Puente Piedra, 10 de julio de 2008VISTO: El informe Nº 130-2008/SGOPHU-GDU-MDPP de la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Descargado desde www.elperuano.com.pe