NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (29/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de setiembre de 2008 380508 ante el Gobierno Regional La Libertad, al amparo de la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, su Reglamento y normas modifi catorias; Directiva Nº 001-2007-GR-LL aprobada por Decreto Regional Nº 001-2007-GR-LL modifi cado por Decreto Regional Nº 003-2007-GR-LL, la solicitud de iniciativa privada denominada “MEGA PROYECTO DE VIVIENDAS ALTO SALAVERRY II”. - El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional La Libertad en Sesión celebrada el día 08/11/2007 mediante Acta Nº 009-2007-CEPIP-GRLL, acordó admitir a trámite la Iniciativa Privada presentada. - El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, mediante Acuerdo Regional Nº 037-2007-GR-LL/CR, de fecha 22/11/2007, acordó admitir a trámite la Iniciativa Privada. - Mediante Ofi cio Nº 002-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008 el Comité Especial solicitó al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Salaverry, la opinión sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Ofi cio Nº 0031-08/SG/MDS, del 04/02/2008, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Salaverry manifi esta que de acuerdo al Informe Nº 015-08-OOP-MDS de la Ofi cina de Obras Públicas es viable la ejecución del proyecto y que es de gran benefi cio para la población Salaverrina. - Mediante Ofi cio Nº 003-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comité Especial solicitó al Gerente Regional del INC la opinión sobre la iniciativa privada presentada. Mediante Ofi cio Nº 145-2008-DRC-LL/INC, del 31/01/2008, el Director del INC manifi esta que el área proyectada para el Mega Proyecto cuente con el correspondiente Certifi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), que deberá ser obtenido a través de un proyecto de evaluación, con fi nes de delimitación y señalización, de acuerdo a los dispositivos y normas del INC, vigente. - Mediante Ofi cio Nº 004-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comité Especial solicitó al Gerente Regional de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la opinión sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Ofi cio Nº 148-2008-GGR/GRPPAT, del 08/02/2008, el Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial manifi esta que siendo una iniciativa de carácter privado, sin intervención de recursos del Estado, corresponde a un análisis desde la perspectiva privada y no desde las fi nanzas públicas. - Mediante Ofi cio Nº 005-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comité Especial solicitó al Gerente Regional de Vivienda, la opinión sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante E-mail, del 13/02/2008, se remiten varias observaciones a la Iniciativa Privada propuesta. - Mediante Ofi cio Nº 006-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comité Especial solicitó al Gerente Regional de Infraestructura, la opinión sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Ofi cio Nº 325-2008-GR-LL-GGR-GRI, del 22/02/2008, el Gerente Regional de Infraestructura adjunta el informe Nº 008-2008-GRLL/GGR/GRI/SGEP/NMV, donde se concluye que el terreno debe ser valuado por un perito tasador y que el número de vivienda a construir debe obedecer a un estudio de demanda. - Mediante Ofi cio Nº 007-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comité Especial solicitó al Gerente Regional de Recursos Naturales la opinión sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Ofi cio Nº 015-2008-GR-LL-GGR/GRNGMA, del 29/01/2008, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente adjunta el Informe Nº 05-2008-GRNGMA/JACC donde se recomienda que por la naturaleza del Proyecto, es pertinente la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la que debe ser evaluada por la Autoridad Regional competente sobre la materia. - Mediante Ofi cio Nº 018-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 19/02/2008, se remitió al proponente de la Iniciativa Privada las observaciones al Proyecto, otorgándole un plazo de 15 días hábiles para que absuelva dichas observaciones. - Mediante Carta Nº 054-2008/GG, de fecha 6/03/2008, el proponente solicita una ampliación de plazo de siete (07) días calendario para absolver las observaciones.- Mediante Ofi cio Nº 019-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 11/03/2008, se prorroga el plazo hasta el día 19 de marzo, para la absolución de observaciones. - Mediante Ofi cio Nº 020-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 13/03/2008, el Comité Especial solicitó a SEDALIB S.A., la opinión sobre el abastecimiento de agua y desagüe para el Proyecto. Mediante Ofi cio Nº 593-2008-SEDALIB SA-40000-GG, del 30.05.2008, el Gerente General de SEDALIB S.A manifi esta que es factible abastecer de agua potable a partir de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de CHAVIMOCHIC, y que con respecto al alcantarillado sanitario, se deberá construir otro módulo de lagunas para tratar los desagües. - Mediante Ofi cio Nº 021-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 13/03/2008, el Comité Especial solicitó a HIDRANDINA S.A., la opinión sobre el abastecimiento de energía eléctrica para el Proyecto. Mediante Oficio Nº GOHN 1288-2008, del 04/06/2008, el Gerente de Operaciones de Hidrandina Norte manifi esta que están en condiciones de atender el suministro de energía eléctrica acorde a la normatividad vigente. - Mediante Carta Nº 057-2008/GG, de fecha 18/03/2008, el proponente CONSTRUCCIONES E INMUEBLES S.A., presenta un anillado de la Iniciativa Privada, que incluye la absolución de las observaciones formuladas. - Mediante Acta Nº 001-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 26/06/2008, el CEPIP de la Región La Libertad declaró de interés y relevancia la iniciativa privada. - Mediante Ofi cio Nº 772-2008-GR-LL/CR-SCR, de fecha 8/08/2008, se solicita al CEPIP la absolución de observaciones formuladas por la Comisión de Desarrollo Económico del Consejo Regional La Libertad. - Mediante Ofi cio Nº 023-2008-CEPIP-GRLL, de fecha 15/08/2008, se absuelven las observaciones formuladas por la Comisión de Desarrollo Económico del Consejo Regional La Libertad. - Mediante Ofi cio Nº 828-2008-GR.LL/CR-S, de fecha 21/08/2008, se hace de conocimiento que el Pleno del Consejo Regional realizó algunas observaciones a la iniciativa privada presentada. - Mediante Ofi cio Nº 0026-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 22/08/2008, se solicitó a la empresa proponente la absolución de las observaciones formuladas por el Pleno del Consejo Regional. - Mediante Carta Nº 052-2008/GG, de fecha 1/09/2008, el proponente CONSTRUCCIONES E INMUEBLES S.A., presenta un anillado de la iniciativa privada, que incluye la absolución de las observaciones formuladas. II. Objetivo y Alcances del ProyectoEl Proyecto de Inversión se denomina “MEGAPROYECTO DE VIVIENDAS ALTO SALAVERRY II”. El Proyecto consiste en la ejecución de un mínimo de 3,600 de viviendas de interés social, ejecutados bajo el programa Techo Propio, con el fi n de proporcionar viviendas en un hábitat adecuado a más de 18,000 personas que residen en la Región La Libertad. El diseño del proyecto contempla áreas de equipamiento urbano adecuados a fi n de dar una atención de servicios básicos y complementarios que requerirán los futuros residentes a fi n que puedan lograr una mejor calidad de vida. III. UbicaciónEl terreno se ubica a la altura del Km. 549.5 de la Carretera Panamericana Norte, en el Distrito de Salaverry, Provincia de Trujillo, Región La Libertad. IV. Ámbito de Infl uencia del Proyecto El proyecto se desarrollará en el Distrito de Salaverry, sin embargo tendrá impacto en todo el cono sur de la ciudad de Trujillo, especialmente en las familias que laboran en las empresas agroindustriales ubicadas en el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. El desarrollo del mismo está concebido para que sea realizado sin ninguna restricción, permitiendo que cualquier familia a nivel nacional, que Descargado desde www.elperuano.com.pe