Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2008 (29/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

380508

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 29 de setiembre de 2008

ante el Gobierno Regional La MORDAZA, al MORDAZA de la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su Reglamento y normas modificatorias; Directiva Nº 001-2007-GR-LL aprobada por Decreto Regional Nº 001-2007-GR-LL modificado por Decreto Regional Nº 003-2007-GR-LL, la solicitud de iniciativa privada denominada "MEGA PROYECTO DE VIVIENDAS ALTO SALAVERRY II". - El Comite de Promocion de la Inversion Privada del Gobierno Regional La MORDAZA en Sesion celebrada el dia 08/11/2007 mediante Acta Nº 009-2007-CEPIP-GRLL, acordo admitir a tramite la Iniciativa Privada presentada. - El Consejo Regional del Gobierno Regional La MORDAZA, mediante Acuerdo Regional Nº 037-2007-GRLL/CR, de fecha 22/11/2007, acordo admitir a tramite la Iniciativa Privada. - Mediante Oficio Nº 002-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008 el Comite Especial solicito al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Salaverry, la opinion sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Oficio Nº 0031-08/ SG/MDS, del 04/02/2008, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Salaverry manifiesta que de acuerdo al Informe Nº 015-08-OOP-MDS de la Oficina de Obras Publicas es viable la ejecucion del proyecto y que es de gran beneficio para la poblacion Salaverrina. - Mediante Oficio Nº 003-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comite Especial solicito al Gerente Regional del INC la opinion sobre la iniciativa privada presentada. Mediante Oficio Nº 145-2008-DRC-LL/INC, del 31/01/2008, el Director del INC manifiesta que el area proyectada para el Mega Proyecto cuente con el correspondiente Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (CIRA), que debera ser obtenido a traves de un proyecto de evaluacion, con fines de delimitacion y senalizacion, de acuerdo a los dispositivos y normas del INC, vigente. - Mediante Oficio Nº 004-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comite Especial solicito al Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la opinion sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Oficio Nº 148-2008-GGR/GRPPAT, del 08/02/2008, el Gerente de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial manifiesta que siendo una iniciativa de caracter privado, sin intervencion de recursos del Estado, corresponde a un analisis desde la perspectiva privada y no desde las finanzas publicas. - Mediante Oficio Nº 005-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comite Especial solicito al Gerente Regional de Vivienda, la opinion sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante E-mail, del 13/02/2008, se remiten varias observaciones a la Iniciativa Privada propuesta. - Mediante Oficio Nº 006-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comite Especial solicito al Gerente Regional de Infraestructura, la opinion sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Oficio Nº 325-2008-GRLL-GGR-GRI, del 22/02/2008, el Gerente Regional de Infraestructura adjunta el informe Nº 008-2008-GRLL/ GGR/GRI/SGEP/NMV, donde se concluye que el terreno debe ser valuado por un perito tasador y que el numero de vivienda a construir debe obedecer a un estudio de demanda. - Mediante Oficio Nº 007-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 14/01/2008, el Comite Especial solicito al Gerente Regional de Recursos Naturales la opinion sobre la Iniciativa Privada presentada. Mediante Oficio Nº 0152008-GR-LL-GGR/GRNGMA, del 29/01/2008, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente adjunta el Informe Nº 05-2008-GRNGMA/JACC donde se recomienda que por la naturaleza del Proyecto, es pertinente la MORDAZA de una Declaracion de Impacto Ambiental (DIA), la que debe ser evaluada por la Autoridad Regional competente sobre la materia. - Mediante Oficio Nº 018-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 19/02/2008, se remitio al proponente de la Iniciativa Privada las observaciones al Proyecto, otorgandole un plazo de 15 dias habiles para que absuelva dichas observaciones. - Mediante Carta Nº 054-2008/GG, de fecha 6/03/2008, el proponente solicita una ampliacion de plazo de siete (07) dias calendario para absolver las observaciones.

- Mediante Oficio Nº 019-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 11/03/2008, se prorroga el plazo hasta el dia 19 de marzo, para la absolucion de observaciones. - Mediante Oficio Nº 020-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 13/03/2008, el Comite Especial solicito a SEDALIB S.A., la opinion sobre el abastecimiento de agua y desague para el Proyecto. Mediante Oficio Nº 593-2008-SEDALIB SA-40000-GG, del 30.05.2008, el Gerente General de SEDALIB S.A manifiesta que es factible abastecer de agua potable a partir de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de CHAVIMOCHIC, y que con respecto al alcantarillado sanitario, se debera construir otro modulo de lagunas para tratar los desagues. - Mediante Oficio Nº 021-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 13/03/2008, el Comite Especial solicito a HIDRANDINA S.A., la opinion sobre el abastecimiento de energia electrica para el Proyecto. Mediante Oficio Nº GOHN 1288-2008, del 04/06/2008, el Gerente de Operaciones de Hidrandina Norte manifiesta que estan en condiciones de atender el suministro de energia electrica acorde a la normatividad vigente. - Mediante Carta Nº 057-2008/GG, de fecha 18/03/2008, el proponente CONSTRUCCIONES E INMUEBLES S.A., presenta un anillado de la Iniciativa Privada, que incluye la absolucion de las observaciones formuladas. - Mediante Acta Nº 001-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 26/06/2008, el CEPIP de la Region La MORDAZA declaro de interes y relevancia la iniciativa privada. - Mediante Oficio Nº 772-2008-GR-LL/CR-SCR, de fecha 8/08/2008, se solicita al CEPIP la absolucion de observaciones formuladas por la Comision de Desarrollo Economico del Consejo Regional La Libertad. - Mediante Oficio Nº 023-2008-CEPIP-GRLL, de fecha 15/08/2008, se absuelven las observaciones formuladas por la Comision de Desarrollo Economico del Consejo Regional La Libertad. - Mediante Oficio Nº 828-2008-GR.LL/CR-S, de fecha 21/08/2008, se hace de conocimiento que el Pleno del Consejo Regional realizo algunas observaciones a la iniciativa privada presentada. - Mediante Oficio Nº 0026-2008-CEPIP-GR-LL, de fecha 22/08/2008, se solicito a la empresa proponente la absolucion de las observaciones formuladas por el Pleno del Consejo Regional. - Mediante Carta Nº 052-2008/GG, de fecha 1/09/2008, el proponente CONSTRUCCIONES E INMUEBLES S.A., presenta un anillado de la iniciativa privada, que incluye la absolucion de las observaciones formuladas. II. Objetivo y Alcances del Proyecto El Proyecto de Inversion se denomina "MEGAPROYECTO DE VIVIENDAS ALTO SALAVERRY II". El Proyecto consiste en la ejecucion de un minimo de 3,600 de viviendas de interes social, ejecutados bajo el programa Techo Propio, con el fin de proporcionar viviendas en un habitat adecuado a mas de 18,000 personas que residen en la Region La Libertad. El diseno del proyecto contempla areas de equipamiento MORDAZA adecuados a fin de dar una atencion de servicios basicos y complementarios que requeriran los futuros residentes a fin que puedan lograr una mejor calidad de vida. III. Ubicacion El terreno se ubica a la altura del Km. 549.5 de la Carretera Panamericana Norte, en el Distrito de Salaverry, Provincia de MORDAZA, Region La Libertad. IV. Ambito de Influencia del Proyecto El proyecto se desarrollara en el Distrito de Salaverry, sin embargo tendra impacto en todo el MORDAZA sur de la MORDAZA de MORDAZA, especialmente en las familias que laboran en las empresas agroindustriales ubicadas en el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. El desarrollo del mismo esta concebido para que sea realizado sin ninguna restriccion, permitiendo que cualquier familia a nivel nacional, que

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