Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2009 (03/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2009

11.18.- Pasaje MORDAZA Ugarte, en toda su extension. 11.19.- Av. MORDAZA MORDAZA, en toda su extension. 11.20.- MORDAZA Las Cucardas entre la MORDAZA Las dalias y MORDAZA MORDAZA Amaru. 11.21.- MORDAZA Las Violetas entre MORDAZA Las Cucardas y MORDAZA Las Gardenias. 11.22.- MORDAZA Las Magnolias entre MORDAZA Las Cucardas y MORDAZA Las Begonias. 11.23.- MORDAZA Las Margaritas entre MORDAZA La Cucarda y MORDAZA Las Begonias. 11.24.- MORDAZA Las Orquideas entre MORDAZA Las Cucardas y Los Geranios. 11.25.- MORDAZA Las Begonias entre la MORDAZA Las Violetas y MORDAZA Las Orquideas. 11.26.- MORDAZA Los Jazmines entre la Av. MORDAZA MORDAZA y Ca .Las Violetas. 11.27.- MORDAZA Las Gardenias entre la MORDAZA Las Dalias y MORDAZA Las Orquideas. 11.28.- Av. MORDAZA Doig Lossio entre la MORDAZA Las Dalias y La MORDAZA Mariscal Caceres. 11.29.- Av. Peru en toda su extension. Articulo 12º.- REFERENTE a las condiciones de uso de terminales terrestres fuera de la MORDAZA Huaral Damero historico y Huaral Centro MORDAZA, deben ser: a) Los Locales usados como terminales terrestres deben acoger la flota no menor del 5% y el resto de unidades deben estar dentro de un local de reten y si las condiciones de caracteristicas de las vias e inmuebles lo permite se puede aprobar en un solo local (reten y punto de partida, la cual debe acoger a un minimo de flota no menor del 80% de unidades, acotando que tanto el local de reten y de partida deben de estar fuera de la MORDAZA HUARAL DAMERO HISTORICO. b) El local donde se presta el servicio a los senores pasajeros deben contar con servicios higienicos, agua, desague y fluido electrico previa inspeccion ocular y visto MORDAZA de la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Huaral. Articulo 13º.QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO el uso de paradero en las vias publicas y terminales terrestres para el servicio de transporte MORDAZA, interurbano e interprovincial de pasajeros en la modalidad de taxi colectivo, taxi independiente y regular de pasajeros. Articulo 14º.- QUEDA PROHIBIDO la circulacion de ingreso y salida con omnibus del servicio de transporte interprovincial de pasajeros en las vias senaladas como zonas Huaral Damero Historico y Huaral Centro MORDAZA por lo cual su circulacion sera por las vias de las zonas Peri-Urbano de esta MORDAZA o vias alternas del recorrido del servicio Interprovincial. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- DEROGUENSE todos los dispositivos que se opongan o desnaturalicen la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTESE, a la Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial a adoptar acciones para el fiel cumplimiento de erradicacion de paraderos en la via publica para el servicio regular de pasajeros y taxi colectivo en la MORDAZA de Huaral los cuales deben tener locales para la totalidad de las unidades de reten y controlar el uso desmesurado de la via publica. Tercera.- FACULTESE, a la Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial adoptar acciones para el control e imposiciones de papeletas por el uso de paraderos en via publica de Huaral Damero Historico, Centro MORDAZA y MORDAZA Peri-Urbana segun las condiciones y regulaciones senaladas en la presente Ordenanza y adaptaciones mediante Resoluciones Gerenciales. Cuarta.- OTORGUESE un plazo de 30 dias, a las Empresas de Transportes MORDAZA, interurbano e interprovincial de pasajeros en la modalidad de taxi colectivo, taxi independiente y regular, que cuenten con terminales terrestres se adecuen a las disposiciones de la presente ordenanza. Quinta.- LA PRESENTE ORDENANZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

Sexta.- FACULTESE al MORDAZA Provincial a reglamentar los procedimientos no detallados en la presente MORDAZA sin desnaturalizarla. Setima.- SE ENCOMIENDA a la Policia Nacional del Peru MORDAZA Huaral segun sus facultades expuestas en el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modificatorias, brindar el apoyo, control, sancion y fiel cumplimiento de la presente Ordenanza a fin de garantizar las vias libres para todos los ciudadanos de esta localidad. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 331328-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Tratado entre la Republica del Peru y la Republica Popular China sobre Asistencia Judicial en Materia Penal"
Entrada en vigencia del "Tratado entre la Republica del Peru y la Republica Popular China sobre Asistencia Judicial en Materia Penal", suscrito el 27 de enero de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa Nº 28786 de 27 de junio de 2006, publicada el 13 de MORDAZA de 2006 y ratificado por Decreto Supremo Nº 040-2006-RE de 18 de MORDAZA de 2006, publicado el 19 de MORDAZA de 2006. Entro en vigencia el 14 de marzo de 2009. 332454-1

Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Japon relativo al proyecto "Mejoramiento de Programas de Television del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru"
Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Japon relativo al proyecto "Mejoramiento de Programas de Television del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru", formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota Nº 0-1A/325/08 de fecha 21 de noviembre de 2008, de la Embajada del Japon y Nota Nº GAB 6-18 de fecha 21 de noviembre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, ratificado por Decreto Supremo Nº 018-2008-RE de 20 de febrero de 2009, publicado el 21 de febrero de 2009. Entro en vigencia el 3 de marzo de 2009. 332451-1

Entrada en vigencia del "Tratado de Cooperacion en Materia de Patentes (PCT)"
Entrada en vigencia del "Tratado de Cooperacion en Materia de Patentes (PCT)", adoptado el 19 de junio de 1970 en MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, enmendado el 28 de setiembre de 1979, modificado el 3 de febrero de 1984 y el 3 de octubre de 2001; y su Reglamento del (PCT), que entro en MORDAZA el 1 de MORDAZA de 2007, ratificado por Decreto Supremo Nº 003-2009-RE de 10 de enero de 2009, publicado el 11 de enero de 2009. Entrara en vigencia para el Peru el 9 de junio de 2009. 332455-1

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