Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2009 (03/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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previstas en la Ley Nº 28059 ­ MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM, la Ordenanza Nº 867 de MORDAZA Metropolitana y demas disposiciones legales que en relacion a la materia de la promocion de la inversion privada MORDAZA aplicables". Articulo Tercero.- El CEPRI - SMP estara conformado por cinco (5) miembros: el Gerente Municipal, quien lo presidira; el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, el Gerente de Desarrollo MORDAZA, el Gerente de Asesoria Juridica y el Subgerente de Logistica. Articulo Cuarto.- El CEPRI - SMP contara con una Secretaria Tecnica con la finalidad de garantizar un MORDAZA adecuado de las acciones tecnicas y administrativas; la misma que recaera en la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Articulo Quinto.- MEDIANTE resolucion de alcaldia se designara a los miembros del CEPRI ­ SMP. Articulo Sexto.- CONSTITUYASE el Fondo Municipal de Promocion de la Inversion Privada, en adelante el FOMPRI - SMP, cuyos recursos seran destinados a financiar las actividades propias del MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo del CEPRI - SMP, imputables, directa o indirectamente, al MORDAZA de promocion de la inversion privada, de acuerdo a lo senalado en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Setimo.- LA ADMINISTRACION del FOMPRI - SMP estara a cargo de la Gerencia de Administracion y Finanzas de esta corporacion municipal. Articulo Octavo.- AUTORIZAR la apertura de cuentas corrientes o las modalidades que crea conveniente, con ordenes de pago en dolares y/o soles en el banco que designe el CEPRI - SMP. Articulo Noveno.- El FOMPRI - SMP cuenta con la asignacion de los recursos propios siguientes: a. El reembolso de los gastos que el postor adjudicatario realizara en cada MORDAZA concluido de promocion de la inversion privada. b. Un monto que se establecera en cada caso, sobre la base del MORDAZA de modalidad de participacion de la inversion privada. c. Creditos otorgados. d. Donaciones internas y externas. e. Recursos provenientes de la cooperacion tecnica internacional. f. Ingresos que genere la administracion de recursos propios. g. Penalidades y ejecucion de garantias, otorgadas por los contratistas a favor de la municipalidad en el MORDAZA de los procedimientos vinculados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada. Articulo Decimo.- EL MECANISMO para la determinacion del monto senalado en el literal "b" del articulo anterior es el siguiente: a. Participacion de la inversion privada a titulo oneroso: 2% del monto que reciba la municipalidad por el derecho que otorga. b. Participacion de la inversion privada a titulo gratuito: monto fijo, previamente establecido en las bases y que no excedera del 2% del monto de la inversion necesaria para el desarrollo del proyecto. c. Participacion de la inversion privada cofinanciada por la municipalidad; monto fijo, previamente establecido en las bases y que no excedera del 2% del monto de la inversion proyectada para el desarrollo del proyecto, deducido el cofinanciamiento. d. Participacion de la inversion privada de naturaleza mixta: se aplicara uno o varios de los mecanismos anteriores, segun corresponda. Articulo Decimoprimero.- EL PRESIDENTE del CEPRI ­ SMP, en un plazo no mayor de treinta (30) dias, propondra al Concejo Municipal, para su aprobacion, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Plan del CEPRI - SMP. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Primera.- SERAN de aplicacion supletoria a la presente Ordenanza las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28059,

su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0152004-PCM y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 867-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las normas pertinentes sobre promocion de la inversion privada que MORDAZA aplicables. Segunda.- FACULTAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias correspondientes para una mejor y adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. DISPOSICION DEROGATORIA Primera.- DEJESE sin efecto todas las normas municipales de la Entidad que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 332387-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Declaran zonas rigidas y zonas de Huaral Damero Historico, Huaral Centro MORDAZA y Huaral Peri-Urbano de la MORDAZA de Huaral y declaran el reordenamiento del MORDAZA y transporte publico
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2009-MPH Huaral, 17 de marzo del 2009. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que deroga la Ordenanza Municipal Nº 011-2007-MPH; y, CONSIDERANDO; Que, el Numeral 1.1) del Articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 tipifica que las municipalidades, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, pueden normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial; asimismo el Numeral 1.2) de la Ley incoada estipula que se puede normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia. Que, el Numeral 2.3) de la MORDAZA acotada prescribe que una de las funciones especificas compartidas de las Municipalidades Provinciales es la de ejercer la funcion de supervision del servicio publico de transporte provincial de su competencia, contando con el apoyo de la Policia Nacional asignada al control del transito. Que, mediante la Ordenanza Nº 011-2007-MPH de fecha 29 de Agosto del 2007, se declararon Zonas Rigidas y Zonas de Huaral Damero Historico, Huaral Centro MORDAZA y Huaral MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de Huaral y se declararon el Reordenamiento del MORDAZA y Transporte Publico. Que, a traves del Informe Nº 005-2009-MPH/GTTSV, la Gerencia de Transporte MORDAZA y Seguridad Vial

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