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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393791 Aprueban Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Tacna ORDENANZA REGIONAL N° 013-2009-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinte de marzo del año dos mil nueve, en sesión ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 36. c) de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización”, establece que “Son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: . . . c) la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura. . ., transportes, comunicaciones y medio ambiente”; Que, el artículo 9. g) de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Promover el desarrollo socioeconómico regional; así como promover y regular actividades y/ o servicios en materia de agricultura, pesquería (…), comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a ley”; Que, es deber regional promover la conservación y proyección de nuestro medio ambiente. Por lo que es necesaria la formación de una conciencia social en materia ambiental, promoviendo la transmisión de los conocimientos y la formación de valores en torno de los procesos ecológicos esenciales, los sistemas vitales de la diversidad biológica y del uso sostenido de los recursos naturales; Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el desarrollo de actividades tendientes a mejorar la calidad de vida de la población regional, viene ejecutando proyectos educativos ambientales, constituyendo herramientas para el desarrollo sostenible en la Región, por los cuales, la población tacneña en su conjunto, adquiere conciencia de su medio ambiente, es decir, genera una conciencia ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento sostenible de la calidad de vida de la población de la Región. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es establecer una adecuada implementación de políticas ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental en el Plan Institucional de los diferentes sectores regionales; Que, con Ofi cio Nro. 125-2009-PR/GOB.REG. TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, aprobar la Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Tacna, adjuntando al mismo el Informe Nro. 133-2009- ORAJ/G.R.TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, y el Informe Nro. 007-2009-GRRNyGMA/ GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, todos los documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobación de la Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Tacna, asimismo con Acta de Validación de fecha 11 de diciembre del 2008, hace constar que se reunieron todos los sectores responsables de validar la propuesta de política ambiental; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la “Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Transportes Y Comunicaciones de Tacna”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente del Gobierno Regional de Tacna; y, a la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones, para que en coordinación con los demás entes regionales, implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinte de marzo del año dos mil nueve. ROBERT JULIO PERALTA REYNOSO Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día veintisiete de marzo del año dos mil nueve. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 331997-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución que aprueba proyectos de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito de Santiago de Surco RESOLUCIÓN Nº 030-2009-MML-GDU-SPHU Lima, 20 de febrero de 2009 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 16093-2009, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub-Gerencial Nº 120-2009-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 16 de enero de 2009, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, solicitada por la sociedad conyugal conformada por el señor GREGORY PETER FENTON y su cónyuge CARMEN SAM YUEN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 120- 2009-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 16 de enero de 2009 (fs. 55 al 58), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco se resuelve, Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja “RDMB”, del terreno de 2,600.00 m², constituido por el Lote 2, de la Mz. B, de la Parcelación Semi-Rústica “Las Casuarinas”, ubicado con frente al Jr. Cerro San