TEXTO PAGINA: 93
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393807 c) ZONA HUARAL PERI-URBANO.- Zona continua después y hacia afuera de la Zona Huaral Centro Urbano donde si está permitido instalar terminales terrestres de transporte público urbano, interurbano e interprovinciales de pasajeros. Artículo 5º.- LA ACTIVIDAD DE CARGA Y DESCARGA de vehículos se efectuará en el horario de 18:00 pm a 06:00 am, en todos los casos se requerirá la autorización de la Gerencia de Transporte Transito y Seguridad Vial. Artículo 6º.- COMPRÉNDASE las Vías del Límite de la zona denominada Zona Huaral Damero Histórico siendo los siguientes: Av. Jorge Chavez, Av. Benjamin Doig, Av. Cahuas, Av. Andrés Mármol Castellanos, Av. La Estación, Calle Los Ángeles, Av. 28 de Julio y Calle Irene Colán; Considerar ambos lados de la vía. Artículo 7º.- COMPRÉNDASE las Vías del límite de la zona denominada Huaral Centro Urbano, a las siguientes: Av. Circunvalación Norte, Calle Benjamín Doig Lossio, Calle Los Geranios, Calle Las Orquídeas, Calle Las Cucardas, Av. Túpac Amaru, Calle Chiclayo, Calle J. C. Tello, Calle Alejandro del Solar, Calle Túpac Amaru, Prolongación y Calle El Palmo, Av. Circunvalación Este, Calle Derecha y la Av. Los Naturales; Considerar ambos lados de la vía. Artículo 8º.- COMPRÉNDASE los límites de la Zona Huaral Peri-Urbana: Es la continuación de las afueras de la ciudad desde los límites de la Zona Huaral Centro Urbano hasta las zonas proyectadas con expansiones urbanas Artículo 9º.- ESTABLÉZCASE el Anillo Vial para el Uso de Vehículos de Transporte de Carga Pesada en el Distrito de Huaral, en la cual la circulación sólo por estas vías es permitido dentro de las 24 horas del día, considerándose las siguientes rutas: Autopista Huaral - Chancay, el lado norte prosiguiendo su recorrido por la calle República de Chile, calle Callao, Av. Salvador del Solar, Av. El Porvenir quebrando hacía la izquierda por la Av. Argentina Mz. A. Lotizadora María Esperanza quebrando hacia la derecha por el Camino Viejo a Retes Mz. B Urb. Sr. De Los Milagros, Av. 03 de Octubre prosiguiendo a la Esperanza Baja, quebrando hacia la derecha hacia la calle el Pinar Mz. B de la (Urb. Santa Inés) quebrando hacia la derecha a la Av. La Candelaria quebrando a la izquierda hacia la AV. Circunvalación Norte prosiguiendo hacia la prolongación de la Av. Circunvalación Norte quebrando hacia la derecha a la calle Musga Mz. H de la Urb. Aparicio Mz. A. culminando hacia la vía Huaral - Huando. Asimismo por la Autopista Chancay - Huaral a lado Sur quebrando hacia la derecha por la calle Atahualpa quebrando por la calle Trujillo, quebrando hacia la derecha por la Av. Los Narcisos quebrando hacia la Izquierda por la calle Mariscal Luzuriaga continuando por la prolongación de la Av. Circunvalación Sur prosiguiendo por la Av. Circunvalación Sur quebrando por la izquierda por la Circunvalación este, quebrando hacia la derecha por la Av. Andrés de los Reyes. HORARIO PARA CARGA Y DESCARGA.- Ciñéndose al Artículo 5º de la presente Ordenanza el Horario de Carga y Descarga incluyendo sábados, domingos y feriados es el siguiente: 9.1.- ZONA HUARAL DAMERO HISTÓRICO.- Ciñéndose estrictamente al Art. 5º de la presente Ordenanza. 9.2.- ZONA HUARAL CENTRO URBANO.- En esta zona es permitida la carga y descarga las 24 horas del día, previa Autorización de la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial. 9.3.- ZONA HUARAL PERI-URBANO.- En esta zona si está permitida la caga y descarga las 24 horas del día, previa Autorización de la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial. Es preciso acotar que para acceder al ingreso y uso de carga y descarga de mercaderías, ciñéndose a lo señalado en los incisos 9.1, 9.2 y 9.3 del presente Artículo sobre horarios para carga y descarga, esta debe ser previa autorización de la Gerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial y pago según el TUPA vigente, en caja de la Municipalidad Provincial de Huaral, asimismo se prohíbe el uso de la vía pública como paradero de los vehículos del transporte de carga. Artículo 10º.- DECLÁRESE Y MODIFÍQUESE los sentidos de tránsito vehicular de un solo sentido las calles y Avenidas de la ciudad de Huaral, siendo las siguientes: a) Av. Los Naturales Cuadras 1 y 2 de sur a norte. b) Av. Jorge Chávez en toda su extensión de este a oeste. c) Calle Los Ángeles y Prolongación los Ángeles en toda su extensión de este a oeste. d) La Calle Unión será de sentido Oeste a Este en toda su extensión. e) Calle Flor de la Huaquilla entre la Calle Luis Falcón y Calle Unión de Sur a Norte. f) Calle El Porvenir de Norte a Sur. g) Av. Cahuas en toda su extensión de Oeste a Este. h) Av. Andrés Mármol Castellano Cuadra 1 y 2 de Norte a Sur. i) Calle Aparicio en toda su extensión de Sur a Norte. j) Calle Irene Colán sentido de Norte a Sur. k) Calle 28 de Julio entre la Av. Cahuas y la Calle El Palmo sentido Norte a Sur. l) Av. Miguel Grau desde la Av. Cahuas hasta la Av. Jorge Chávez es de Sur a Norte. m) Av. Francisco Bolognesi desde la Av. Jorge Chávez hasta la Av. Cahuas de Norte a Sur. n) Av. Leoncio Prado desde la Av. Cahuas hasta la Av. Jorge Chávez es de Sur a Norte. o) Calle Luis Colán en toda su extensión de Norte a Sur. p) Av. del Solar entre la Calle Morales Bermúdez y la Av. Dos de Mayo sentido Este a Oeste. q) Av. Chancay sentido de Este a Oeste en toda su extensión con excepción de la primera puerta de la Institución Educativa Nº 20402 hasta la Av. Estación en el sentido de Oeste a Este. r) Calle Derecha entre la Calle Colán y la Av. Circunvalación Este sentido Oeste a Este. s) Calle Morales Bermúdez entre la Av. Circunvalación Sur y la Av. Circunvalación Norte de sentido Sur a Norte. t) Av. Benjamín Doig Lossio de sur a norte en el tramo de la Av. Cahuas hasta Calle Las Dalias. u) Calle San Gerónimo en toda su extensión de Este a Oeste. v) Pasaje Leoncio Prado entre la Calle Francisco Bolognesi y la Calle Leoncio Prado sentido Oeste a Este. w) Calle Las Geranios en toda su extensión de Norte y Sur. x) Av. Julio C. Tello sentido Oeste a Este entre la Calle Alfonso Ugarte y la Av. Estación. Artículo 11º.- DECLÁRESE Y MODIFÍQUESE los sentidos de tránsito vehicular de doble sentido de las Avenidas y Calles de la ciudad de Huaral siendo las siguientes: 11.1.- Av. Los Naturales entre la Av. Jorge Chávez y la Av. Circunvalación Norte. 11.2.- Todas las Avenidas Circunvalaciones Norte, Sur y Este. 11.3.- Av. Leoncio Prado entre la Av. Jorge Chávez y la Av. Circunvalación Norte. 11.4.- Av. Grau entre la Av. Jorge Chávez y la Av. Circunvalación Norte. 11.5.- Calle Mariscal Castilla entre la Av. Cahuas y la Av. Circunvalación Norte. 11.6.- Av. Mariscal Cáceres en toda su extensión. 11.7.- Av. Las Dalias en toda su extensión. 11.8.- Av. Salvador del Solar en toda su extensión. 11.9.- Calle Camino Viejo a Retes. 11.10.- Calle Atahualpa. 11.11.- Calle Central en toda su extensión. 11.12.- Calle El Palmo y su prolongación. 11.13.- Carretera Huaral Huando. 11.14.- Av. Retes. 11.15.- Av. San Martín de Porres. 11.16.- Calle Callao. 11.17.- Calle Bolognesi entre la Av. Jorge Chávez y la Av. Circunvalación Norte.