Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2009 (03/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2009

MORDAZA, en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, de acuerdo con los planos signados con el Nº 005.01-2009-SGLAU-GDU-MSS y Nº 005.02-2009-SGLAU-GDU-MSS; Que, a traves del Informe Nº 028-2009-MMLGDU-SPHU-DRD, de fecha 11 de febrero de 2009 (fs. 68 al 72), la Division de Revision de Diseno de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja "RDMB", del terreno de 2,600.00 m², constituido por el Lote 2, de la Mz. B, de la Parcelacion Semi-Rustica "Las Casuarinas", aprobada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, mediante Resolucion Sub-Gerencial Nº 120-2009-SGLAU-GDUMSS, de fecha 16 de enero de 2009, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios, de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 1076MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML; Que, mediante Informe Nº 035-2009-MML-GDUSPHU-AL, de fecha 12 de febrero de 2009 (fs.73 al 75), el Area Legal de esta Subgerencia manifiesta, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la sociedad conyugal conformada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA SAM YUEN, con un area de 2,600.00 m², materia del presente tramite de Habilitacion MORDAZA, el mismo que consta inscrito en la Partida Nº 44552736 (Asiento C00002), del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA (fs. 03 al 12); Que, de acuerdo a la evaluacion tecnica y legal, senaladas en los Informes Nº 028-2009-MML-GDUSPHU-DRD, de fecha 11 de febrero de 2009 y Nº 0352009-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 12 de febrero de 2009, la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldia Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolucion SubGerencial Nº 120-2009-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 16 de enero de 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco; Con el visto MORDAZA de la Division de Revision de Diseno y del Area Legal y de la Asesoria de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 1076-MML Nº 341-MML, Nº 786-MML, Nº 836-MML, Nº 812, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldia Nº 079 y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion Sub-Gerencial Nº 120-2009-SGLAUGDU-MSS, de fecha 16 de enero de 2009, expedida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA que resuelve, Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotizacion y Pavimentacion de aceras, correspondiente a la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja "RDMB", del terreno de 2,600.00 m², constituido por el Lote 2, de la Mz. B, de la Parcelacion Semi-Rustica "Las Casuarinas", ubicado con frente al Jr. Cerro San MORDAZA, en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, de acuerdo con los planos signados con el Nº 005.012009-SGLAU-GDU-MSS y Nº 005.02-2009-SGLAUGDU-MSS. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la sociedad conyugal conformada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA SAM YUEN; y a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 4º.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, Ministerio de Educacion, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planificacion y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes.

Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 331418-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Implementan el Programa de Municipios y Comunidades Saludables
ORDENANZA Nº 086-2009-MDC Cieneguilla, 6 de febrero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2008-SA, se establece el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizada para la Reduccion de la Desnutricion Cronica Infantil y Salud MORDAZA Neonatal a ser aplicados a nivel nacional. Que, el Articulo 84º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 Programas Sociales, Defensa y Promocion de Derechos, funcion 2, numeral 2.5 Contribuir al diseno de las politicas y planes nacionales, regionales y provinciales desarrollo social y de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo. Que, el Articulo 9º en su numeral 34 establece aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal, propuesta del MORDAZA, asi como reglamentar su funcionamiento. Que, segun el Articulo 97º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 recomienda que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos tienen un caracter orientados de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales. Que, el Articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades tienen funciones especificas, exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud. Que, el Articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, en su numeral 13 indica promover una cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del medio ambiente. Que, en ese sentido es menester para la actual Gestion Municipal dictar las medidas que se estimen necesarias a efectos de regular los aspectos relacionados con el saneamiento, la salubridad y la salud, cuidando el bienestar general de los ciudadanos. Que, sometido a debate y la respectiva votacion, los senores Regidores del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en la Sesion Ordinaria de la fecha, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente;

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