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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393796 participantes a los miembros de las directivas de las Juntas Vecinales, quienes participarán con voz y voto en los talleres de trabajo que son los referidos a la identifi cación de proyectos y acuerdos fi nales. Asimismo, se promoverá la inscripción y participación como agentes participantes a las organizaciones de comerciantes y empresariales del distrito. Artículo 17º.- Derechos, Deberes y Obligaciones de los Agentes Participantes Los Agentes Participantes debidamente acreditados tienen los siguientes deberes, derechos y obligaciones: 17.1. Participar del proceso Programación del Presupuesto Participativo, en el marco de las disposiciones vigentes. 17.2. Contribuir al normal desarrollo del proceso de Programación del Presupuesto Participativo considerando los principios de participación. 17.3. Recoger y sustentar en las reuniones de trabajo las aspiraciones y necesidades de la sociedad y proponer alternativas de solución. 17.4. Intervenir de manera alturada, responsable, democrática y objetiva; durante las reuniones de trabajo. SUBCAPÍTULO IV CAPACITACIÓN Artículo 18º. Capacitación de Agentes Participantes La Municipalidad brindará la capacitación a los Agentes Participantes en materia de Presupuesto participativo, Sistema Nacional de Inversión Pública, Descentralización y otros temas de Desarrollo. En esta etapa de Capacitación de los Agentes participantes, como la celebración de los talleres, se realizará con eventos presenciales y bajo la modalidad de comunicación virtual a través de Internet para aquellos ciudadanos que no puedan asistir a los eventos lo cual se precisará en la Agenda respectiva. CAPÍTULO II CONCERTACION Y DESARROLLO DE TALLERES DE TRABAJO SUBCAPÍTULO I DESARROLLO DE TALLERES DE TRABAJO Artículo 19º. Talleres de Trabajo I Taller: Taller de Rendición de Cuentas y Planes de Desarrollo Concertado. Este taller servirá para presentar un informe de Rendición de Cuentas sobre los avances de la gestión, ejecución y resultados de los proyectos priorizados en el año anterior y el Presupuesto Institucional de Apertura. Asimismo en este taller se presentará la Visión de Desarrollo y los Objetivos Estratégicos contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Jesús María al 2015. II Taller: Taller de Diagnóstico, Identifi cación y Priorización de problemas, defi nición de Criterios de Priorización e Identifi cación de Proyectos. En este taller los Agentes Participantes plantearán los problemas fundamentales, identifi cando las carencias y necesidades básicas y las potencialidades de la misma, con el fi n de que los proyectos priorizados respondan mejor a la realidad local, los cuales deben estar vinculados a los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Jesús María. Debe tenerse en cuenta lo siguiente: 19.1. Diagnóstico, identifi cación y priorización del Problema. 19.2. Identifi cación de criterios de priorización de las alternativas de solución (partiendo de la matriz propuesta en el Anexo B). 19.3. Identifi cación de Proyectos. 19.4. Elección de los miembros del equipo técnico de parte de la sociedad Civil y Comité de Vigilancia. En este espacio serán ajustados y/o validados la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Jesús María al 2015 ( de ser el caso). Artículo 20º.- Priorización de Proyectos Para efectuar la priorización de proyectos se aprobará y utilizará la Matriz de Criterios de Priorización, instrumento con el cual serán evaluados cada uno de los proyectos. Luego de sometido cada uno de los proyectos a la evaluación de acuerdo a los puntajes de la matriz. Estos proyectos serán evaluados por el Equipo Técnico Municipal en orden de prelación para su viabilidad. En caso de que algunos de los proyectos priorizados no logre viabilidad técnica se le reemplazará por el que hubiese obtenido el siguiente lugar y así sucesivamente. SUBCAPÍTULO II EVALUACIÓN TÉCNICA Artículo 21º.- Evaluación Técnica de Prioridades. La evaluación técnica y fi nanciera de las propuestas de proyectos recogidas en los talleres de trabajo, es realizada por el Equipo Técnico, sobre la base de los siguientes criterios: 21.1. El Equipo Técnico sistematizará y evaluará los diferentes resultados y acuerdos arribados por los Agentes Participantes en los diversos talleres de trabajo. 21.2. El equipo técnico verifi cará la viabilidad de los proyectos y el nivel de competencia. 21.3. Velará que los Proyectos de Inversión Pública se sujeten a la normatividad vigente. 21.4. Establecerá la propuesta de Programación del Presupuesto Participativo considerando los sectores estratégicos para el desarrollo y prioridad establecidos. CAPÍTULO III COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO Artículo 22º.- Coordinación interinstitucional Los proyectos y acciones resultantes del proceso de Presupuesto Participativo serán coordinados, armonizados y, de ser posible, articulados con los diferentes niveles de gobierno a fi n de evitar duplicidad. CAPÍTULO IV FORMALIZACION DE ACUERDOS Y COMPROMISOS Artículo 23º.- Formalización de Acuerdos Se convocará a una Reunión para la Formalización de Acuerdos, con la participación de los Agentes Participantes. Dicha Reunión servirá para el desarrollo de los siguientes puntos: 23.1. Poner a consideración de los Agentes Participantes los resultados de los talleres, para su evaluación y aprobación fi nal. 23.2. La suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos por los Agentes Participantes. 23.3. Los resultados del Taller de la Reunión de Formalización de Acuerdos, serán remitidos al Consejo de Coordinación Local para su opinión consultiva y posteriormente al Concejo Municipal para su aprobación. Artículo 24º.- Aplicativo Informático El detalle de la realización del proceso participativo y de sus resultados se registrará en el Aplicativo Informático dispuesto por Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO III DE LA VIGILANCIA Y CONTROL DEL PROCESO Artículo 25º.- Conformación Comité de Vigilancia y Control En el marco de la transparencia de la Gestión Pública, se constituye el comité de Vigilancia y control del Proceso del Presupuesto Participativo. 25.1. El comité de Vigilancia y control se elige en el taller de Diagnostico y estará vigente hasta diciembre del Año fi scal 2010. Los mismos que serán debidamente reconocidos.