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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de abril de 2009 393794 fortalecer la participación ciudadana en la Gestión Municipal. Artículo 2º.- FINALIDAD La fi nalidad de la presente Ordenanza es generar condiciones para desarrollar un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, promoviendo la participación de los jóvenes en el fortalecimiento del sistema democrático, en la planifi cación, identifi cación y priorización de los proyectos de inversión pública a incorporarse al presupuesto institucional del Año 2010. Asimismo fomentar, la participación en este proceso, de los peruanos de Jesús María que residen en el extranjero . Artículo 3º.- ALCANCE El presente Reglamento es de aplicación obligatoria de todos los Agentes Participantes durante el desarrollo de las actividades del proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Jesús María, el cual tiene la siguiente base legal: • Constitución Política del Perú • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. • Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modifi catorias. • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009, Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01. • Comunicado Nº 026-2008-EF/76.01. Artículo 4º.- DEFINICIONES BÁSICAS Para la aplicación de la presente ordenanza se considerará: 4.1. Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo es un proceso donde las autoridades locales y la población organizada, deciden en conjunto, el destino y la prioridad de los recursos, teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo Concertado. 4.2. Objetivos del Presupuesto Participativo: El presupuesto participativo tiene los siguientes objetivos: 4.2.1. Mejorar la efi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado. 4.2.2. Reforzar la relación entre la municipalidad y la sociedad, estableciendo mecanismos democráticos para facilitar la participación ciudadana, especialmente de los jóvenes y adolescentes. 4.2.3. Comprometer a la sociedad civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. 4.2.4. Fijar prioridades en la inversión pública, para la ejecución de los proyectos declarados viables, bajo las normas técnicas de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública- Ley Nº 27293. 4.2.5. Reforzar el seguimiento, control y vigilancia de la ejecución del presupuesto; y fi scalización de la gestión. 4.3. Agentes Participantes: Son quienes participan con voz y voto en el diálogo y/o toma de decisiones en el proceso el presupuesto participativo. Está integrado por miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de la sociedad civil debidamente identifi cados y acreditados. Asimismo, los representantes del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito de Jesús María designados para estos fi nes; además de los integrantes del Equipo Técnico; quienes participan con voz pero sin voto. 4.4. Equipo Técnico: Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso del presupuesto participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo, armoniza la realización de capacitación a los Agentes Participantes. 4.5. Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local. 4.5.1. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, cuyos miembros residen dentro de la jurisdicción distrital, organizaciones tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comités del vaso de leche, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, la mesa de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa. 4.5.2. Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. 4.6. Talleres de Trabajo: Es la reunión de los Agentes Participantes convocados por el Alcalde con el fi n de identifi car los problemas y las potencialidades del distrito, así como también proponer las acciones que permitan resolverlos. En los talleres se defi ne también los criterios de priorización para las acciones propuestas con el fi n de atenderlos en orden de prioridades de acuerdo a los recursos presupuestales. 4.7. Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD): Es el órgano de coordinación y concertación del distrito de Jesús María, encargado de promover el desarrollo local sostenible, a través de la planifi cación participativa. Está conformado por: 1) el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar su función en el primer regidor, 2) los Regidores y 3) los representantes de las organizaciones de la sociedad civil. Artículo 5º. - Principios Rectores Los principios rectores del Proceso del Presupuesto Participativo 2010, son los que a continuación se detallan: 5.1. Participación.- La Municipalidad de Jesús María promueve la participación de la sociedad civil del ámbito de su jurisdicción, ampliando su alcance a los peruanos de Jesús María residentes en el extranjero y promoviendo la participación de los jóvenes. 5.2. Transparencia.- Toda la comunidad tiene acceso a la información sobre los asuntos públicos y colectivos que se deciden y ejecutan. 5.3. Igualdad de Oportunidades.- La sociedad organizada participa sin ningún tipo de discriminación. 5.4. Tolerancia.- Absoluto respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas; elemento esencial para la construcción de consensos. 5.5. Efi cacia y Efi ciencia.- La Municipalidad de Jesús María, optimiza los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. 5.6. Equidad.- Igual acceso a las oportunidades e inclusión a grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 5.7. Competitividad.- La Municipalidad de Jesús María promueve la inversión privada y orienta las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo. 5.8. Corresponsabilidad.- Entre la Municipalidad y la Sociedad Civil; en la identifi cación de oportunidades y solución de los problemas. 5.9. Solidaridad.- Todo agente participante asume los problemas de otros como propios, sin intereses particulares.