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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de abril de 2009 393833 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2009-RE Lima, 3 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación: ORGANISMO IMPORTE CONSEJO DE ADMINISTRADORES DE LOS PROGRAMAS AUD 7,500.00 NACIONALES ANTÁRTICOS (COMNAP) dólares australianos Cuota 2008 y pago parcial de la cuota 2009 SECRETARIA DEL TRATADO ANTÁRTICO (STA) US$ 15,000.00 Cuota 2008 y pago parcial de la cuota 2009 dólares americanos COMITÉ CIENTÍFICO DE INVESTIGACIONES US$ 5,000.00 ANTÁRTICAS (SCAR) dólares americanos Saldo de la cuota 2007 y pago parcial de la cuota 2008 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Función 02, Programa 002, Subprograma 002, Actividad 046589, Componente 122499, Meta 00565, 2. Gastos Presupuestarios, 2.4. Donaciones y Transferencias 2.4.1. Donaciones y Transferencias Corrientes, 2.4.1.2. A Organismos Internacionales, 2.4.1.2.1 A Organismos Internacionales, 2.4.1.2.1.99. A otros Organismos Internacionales, Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2009. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 333078-13 Autorizan al INDECOPI efectuar pago anual de membresías a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2009-RE Lima, 3 de abril de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 048-2009/GEG-INDECOPI, de 13 de marzo de 2009, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago anual de membresías a diversos organismos internacionales; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago anual de membresías a diversos organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) a efectuar el pago anual de las membresías a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO IMPORTE Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT) US$ 1,500.00 Dólares americanos Organismo Internacional de Normalización (ISO) CHF 27,730.00 Francos Suizos Cooperación Interamericana de Acreditación (IAAC) US$ 3,250.00 Dólares americanos Foro Internacional de Acreditación (IAF) US$ 190.00 Dólares Americanos Cooperación Internacional para Acreditación de Laboratorios (ILAC) US$ 1,501.25 Dólares americanos Cooperación del Asia Pacífi co para la Acreditación de Laboratorios (APLAC) US$ 3,500.00 Dólares americanos Organización Internacional de Metrología Legal (OIML) € 1,120.00 Euros National Conference Standard Laboratories International (NCSLI) US$ 375.00 Dólares americanos Ofi cina Internacional de Pesos y Medidas (BIPM) € 14,582.00 Euros Asociación Internacional de Reguladores de Insolvencia (IAIR) US$ 1,000.00 Dólares americanos Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 333078-12