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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (16/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de abril de 2009 394389 VIII. DE LA DENEGATORIA DEL BENEFICIO 8.1 En caso que el obligado no cumpla con subsanar las observaciones efectuadas a su solicitud de acogimiento a la amnistía laboral o a la aplicación de la tasa de interés moratorio fi jada en la Resolución Ministerial Nº 051-2009-TR, la DIGA o la Gerencia Regional competente emitirá la resolución denegando el benefi cio, debiendo la UCM comunicarla en ese sentido a las áreas correspondientes, y se continuará con la persecución de la deuda. 8.2 De acreditarse la cancelación de la deuda(s) antes del otorgamiento del benefi cio, la DIGA o la Gerencia Regional que corresponda, emitirá la resolución de denegatoria del benefi cio solicitado. IX. DE LA PÉRDIDA DEL BENEFICIO 9.1 En caso que el obligado no cumpla con el compromiso de pago, la DIGA o la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo que corresponda, emitirán la resolución declarando la pérdida del benefi cio solicitado, y se continuará con la persecución de la deuda, aplicándose la tasa de interés moratorio prevista en la Resolución Ministerial Nº 050-2000-TR. X. DE LOS RECURSOS DE IMPUGNACIÓN 10.1 Para el caso de ambos benefi cios, solamente se podrán interponer los Recursos de Reconsideración y de Apelación, dentro de los quince (15) días posteriores a la notifi cación de la resolución que resuelve la petición. 10.2 El Recurso de Reconsideración será resuelto por el Director de la DIGA o el Gerente Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de la región respectiva, en tanto que el Recurso de Apelación será de competencia del Secretario General (para Lima Metropolitana, Lima Provincias y Callao), o del Gerente Regional de Desarrollo Social (para el ámbito de las demás regiones, de conformidad con el numeral 2) del artículo 29º-A de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales). 10.3 En ambos casos, las autoridades tendrán treinta (30) días para resolver dichos recursos, los que se contabilizarán a partir del día siguiente de la interposición de éstos. XI. DISPOSICIONES FINALES 11.1 El acogimiento a la amnistía laboral o a la aplicación de la tasa de interés moratorio no dará lugar a la devolución de monto alguno efectuado a favor de la deuda, y en caso de denegatoria o pérdida del benefi cio, los pagos efectuados serán liquidados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 002-2006-TR, que aprueba el Reglamento de Multas del Ministerio, y aplicándose la Tasa de Interés Moratorio prevista en la Resolución Ministerial Nº 050-2000-TR. 11.2 El pago de las deudas materia de los presentes lineamientos deberán ser efectuados en el Banco de la Nación al Código de Tributo Nº 05290, dentro del plazo de cumplimiento de la carta de compromiso, y presentados por Mesa de Partes del Ministerio, dirigidos a la UCM. Para el caso de los Gobiernos Regionales, el usuario deberá consultar la entidad bancaria o la dependencia que se encargará del cobro de dichas deudas. 11.3 El obligado, podrá presentar los pagos que acrediten el cumplimiento de la carta de compromiso, hasta los cinco primeros días posteriores a su vencimiento, bajo apercibimiento de declaración de pérdida de ambos benefi cios. 11.4 Los presentes lineamientos deberán ser registrados en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.mintra.gob.pe, dentro de los dos (02) días siguientes de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de su cumplimiento la Ofi cina General de Estadística e Informática. 336286-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designa Jefe de la Oficina Zonal de Huánuco de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 049-2009-COFOPRI/DE Lima, 14 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el artículo 1º de la citada Ley; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejercerá la titularidad del Pliego; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025-2007- VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones -ROF de COFOPRI; como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad, hasta el tercer nivel organizacional; y con la Resolución Suprema Nº 008-2007-VIVIENDA se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal -CAP de COFOPRI; Que, mediante Resolución Directoral Nº 061-2007- COFOPRI/DE de fecha 18-09-2007, se encargó, entre otros, a la señora María Dolores Gómez Espíritu como Jefe (e) de la Ofi cina Zonal de Huánuco; Que de acuerdo con la política institucional de fortalecer el trabajo descentralizado, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura y en defecto designar al Jefe Zonal, a fi n de asegurar el cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y con el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA y con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la encargatura de la señora MARIA DOLORES GOMEZ ESPIRITU como Jefe (e) de la Ofi cina Zonal de Huánuco del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor OSCAR GERMAN CHACON VALDIVIESO, Jefe de la Ofi cina Zonal de Huánuco del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI. Artículo Tercero.- La remuneración que percibirá el servidor designado, será aquella que corresponde a su nivel prevista en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los Órganos Estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR QUEZADA MARTÍNEZ Director Ejecutivo COFOPRI 336301-1