Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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obligado principal, la fecha de su giro y de su vencimiento, el monto del credito y del saldo pendiente de pago, el cronograma de pagos, la direccion de la oficina de la ESF solicitante en la que se encuentran los documentos y de ser el caso, la precision de la moneda en que encuentre expresada. Este documento debera ser firmado por el Gerente General y el Contador de la ESF, quienes asumen la responsabilidad por la informacion y documentacion sustentatoria y las consecuencias que pudieran derivarse de la transferencia de la cartera de creditos. b) Un informe sobre el desarrollo de cada uno de los creditos (monto desembolsado, pagos recibidos, etc.) y el MORDAZA de garantias que los respaldan. c) Un informe legal, autorizado por su Departamento Legal, en el que se declare que la ESF se encuentra facultada para disponer de la cartera objeto del contrato, la validez legal, vigencia y exigibilidad de los creditos y de las garantias que los respaldan, asi como de los titulos en que se encuentran representados. d) El reporte emitido por una empresa central de riesgo que certifique que cada uno de los titulares de los creditos cumple con los criterios establecidos en el numeral 1.b del presente Reglamento. El reporte MORDAZA referido, podra ser remitido directamente por la empresa central de riesgo al Banco Central, por medios electronicos o listados fisicos. e) En caso de creditos que cuenten con garantias genericas, se acompanara un documento por el que la ESF determine, a prorrata, la parte de la garantia que corresponde al (los) credito (s) objeto de la operacion de compra con compromiso de recompra. Al efecto, se aplicara el formato que se anexa al Contrato MORDAZA referido en el numeral 3.2. del presente Reglamento. f) Otros requisitos que el Banco Central pueda establecer respecto de la ESF o de los creditos que se presentan para su registro. Para participar en la subasta o en la compra directa, la documentacion a que se refiere el presente apartado debera ser presentada al Banco Central con una anticipacion no menor de 5 dias habiles, a efectos de su registro. El Banco Central informara a la ESF la conformidad del registro de los creditos presentados. La ESF mantendra actualizada la relacion de creditos registrados en el Banco Central, pudiendo anadir o sustituir creditos en cualquier momento. Durante la vigencia del contrato de compra con compromiso de recompra, la ESF debera mantener creditos registrados en el Banco Central por un monto no menor al 20 por ciento del valor de las operaciones vigentes de compra con compromiso de recompra, los que serviran para la sustitucion a que se refiere el numeral 4.6. del presente Reglamento. 3.2 MORDAZA CONTRACTUAL

la propiedad sobre los creditos que integran la cartera objeto de la operacion, lo que incluye las garantias reales y personales que respaldan dichos creditos, los privilegios y todo cuanto por derecho les corresponda, para lo cual se obliga a endosar los valores y a firmar los documentos respectivos. Asimismo, la ESF se obliga a recomprar los referidos creditos, en cuyo caso el Banco Central efectuara la transferencia en los terminos previamente indicados. Los contratos de que trata este numeral son proporcionados por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera del Banco Central y deben ser suscritos por funcionarios de las ESF debidamente autorizados. 4. DEL PROCEDIMIENTO DE LA COMPRA DE CARTERA DE CREDITO MEDIANTE SUBASTA 4.1 Anuncio de la subasta El anuncio se realizara mediante el servicio de mensajes de Datos Tecnicos S. A. (DATATEC), u otros medios disponibles que el Banco Central considere conveniente utilizar. Ademas del monto a subastar, se anunciara la fecha de inicio de la operacion, el plazo, el porcentaje de desembolso, el numero MORDAZA de propuestas por institucion y la hora limite para la recepcion de estas. Asimismo, podra determinar los montos o porcentajes maximos de asignacion por ESF. Cualquier informacion adicional relativa a una determinada subasta podra ser obtenida por las entidades participantes mediante consulta a la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. 4.2 MORDAZA de propuestas Las propuestas deben ser presentadas ante la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, mediante el Modulo de Subastas Electronicas (MSE) de DATATEC, en sobres cerrados o, en el caso de una ESF ubicada fuera de MORDAZA Metropolitana, por facsimil con clave de seguridad. El importe total de las propuestas de una ESF no debe exceder el monto a subastar. Los participantes deberan indicar en sus propuestas la tasa de interes implicita a ofertar y montos expresados en multiplos de S/. 100 000,00. Si las propuestas de venta de cartera superasen el monto MORDAZA de los creditos registrados en el Banco Central o los montos anunciados en la subasta, el BCRP retirara los excedentes y podra adjudicar hasta el monto a subastar. Las propuestas presentadas seran irrevocables y la entidad participante sera responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicacion. 4.2.1 Envio de propuestas mediante el MSE

Para acceder a las operaciones de que trata el presente Reglamento, la ESF debe haber suscrito previamente con el Banco Central, un Contrato MORDAZA de Compra con Compromiso de Recompra de Cartera de Creditos representada en titulos valores concedidos por las ESF. Ademas, en cada oportunidad en que se efectue una operacion, la ESF suscribira con el Banco Central un Contrato Especifico. El Contrato MORDAZA referido en el parrafo anterior comprende las condiciones generales aplicables a las operaciones materia del presente Reglamento. El Contrato Especifico comprende las caracteristicas de cada contrato, concerniente a los creditos comprendidos en la cartera incluyendo las garantias que los respaldan, el valor de compra y el valor de recompra de la cartera, la tasa de interes implicita de la operacion, el porcentaje de desembolso a que se refiere el numeral 6 del presente Reglamento, el plazo y otros aspectos relevantes que se indique en el formato respectivo. Por el contrato de compra con compromiso de recompra de cartera de creditos, integrado por el Contrato MORDAZA y el Contrato Especifico, la ESF transfiere al Banco Central

a) La MORDAZA de propuestas mediante el MSE de DATATEC debera efectuarse siguiendo el procedimiento establecido por esa empresa. La ESF es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de DATATEC con arreglo a sus procedimientos internos, pues queda obligada a vender la cartera de creditos. En el caso que una ESF tuviera problemas para el envio de propuestas mediante el MSE de DATATEC, podra enviar sus propuestas a traves del facsimil que se indique en la convocatoria y con la clave de seguridad que corresponda. Estas propuestas deberan enviarse dentro del horario autorizado y sustituiran completamente las propuestas que se hubiesen enviado en forma electronica. b) Los participantes pueden presentar, modificar o retirar sus propuestas hasta la hora limite de la recepcion indicada en la convocatoria. Llegada esta, las propuestas que aparezcan vigentes tendran el caracter de irrevocables y seran consideradas en el MORDAZA de adjudicacion de la cartera de credito a comprar.

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