Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

394510

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA presentara a la Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunion a la que asistira, asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Articulo 2°.- Autorizacion a la Direccion Nacional del Tesoro Publico Autoricese a la Direccion Nacional del Tesoro Publico a transferir directamente los recursos para el pago del servicio de la deuda y de la contrapartida nacional, segun sea el caso, a la cuenta de los fideicomisos de las operaciones de endeudamiento a las que se aplica el procedimiento aprobado por el articulo 1° del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

337256-14

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban procedimiento para la aplicacion de la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009
DECRETO SUPREMO N° 086-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, faculta al Ministerio de Economia y Finanzas a autorizar operaciones de endeudamiento de los Gobiernos Regionales con cargo a los recursos del canon, sobrecanon, regalias y aquellos recursos de exoneraciones tributarias, con la finalidad de realizar inversiones en obras de infraestructura que beneficien a no menos del quince por ciento (15%) de la poblacion o que involucren a tres (3) o mas provincias de la region, para cuyo efecto dispone que los recursos comprometidos para el pago de la deuda proveniente de estas inversiones y las contrapartidas necesarias para la ejecucion de estos proyectos de inversion, no se tomaran en cuenta para el cumplimiento del articulo 5° de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, y sus modificatorias; Que, resulta necesario establecer el procedimiento para la deduccion de los recursos del canon y sobrecanon para el pago del servicio de la deuda proveniente de operaciones de endeudamiento externo a favor de Gobiernos Regionales, que fueron contratadas por Gobierno Nacional, y de las respectivas contrapartidas nacionales, asi como para la transferencia y el registro por parte de estos Gobiernos Regionales; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 29289; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del procedimiento Apruebese el procedimiento para la aplicacion de la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, que consta de siete (7) articulos y una (1) disposicion complementaria final, el cual forma parte del presente Decreto Supremo.

PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DE LA CUADRAGESIMA MORDAZA DISPOSICION FINAL DE LA LEY Nº 29289, LEY DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2009
Articulo 1°.- Objeto La presente MORDAZA establece el procedimiento para la aplicacion de la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 2°.- Ambito de Aplicacion El presente procedimiento es aplicable a las operaciones de endeudamiento a favor de los Gobiernos Regionales que fueron contratadas por el Gobierno Nacional y cuyo pago del Servicio de la Deuda y de la Contrapartida Nacional se efectua en el MORDAZA de la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 3°.- Definiciones Para efectos del presente procedimiento se entendera por: 1. Canon y sobrecanon: a los recursos regulados por la Ley Nº 27506, Ley de Canon, correspondientes al gobierno regional, gobiernos locales y las demas entidades beneficiadas dentro del ambito departamental. 2. Contrapartida Nacional: a los recursos que deben ser aportados por la Unidad Ejecutora de un proyecto o programa de inversion publica, que complementan a los recursos derivados de la operacion de endeudamiento. 3. Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final: a la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. 4. DGAES: a la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales. 5. DNEP: a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. 6. DNTP: a la Direccion Nacional del Tesoro Publico. 7. PERUPETRO: a PERUPETRO S.A. 8. Servicio de la deuda: al monto de obligaciones por concepto del capital o principal de un prestamo, asi como de los intereses, comisiones y otros gastos derivados de su utilizacion, que se debe cancelar periodicamente segun lo acordado en el respectivo Contrato de Prestamo. Para efectos del presente procedimiento el Servicio de Deuda comprende la Comision de Gestion que es pagada por el Gobierno Regional al Ministerio de Economia y Finanzas. 9. Unidad Ejecutora: a la entidad encargada de la ejecucion del proyecto de inversion dentro del Gobierno Regional, responsable del cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Presupuesto, del Sistema Nacional

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.