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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (17/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de abril de 2009 394514 Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio Nº 544-2009-DIREJADM- DIRECFIN-PNP-EM/UNIPRE del 31 de marzo de 2009, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite el Informe Nº 105-2009-DIRECFIN-PNP- DIVADM-DEPADM. del 27 de marzo de 2009, sobre el Proyecto de Liquidación por Comisión de Servicio en el Extranjero del 20 al 26 de abril de 2009; asimismo la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 239-2009-DIREJADM-DIRECFIN-PNP-EM/UNIPRE. del 30 de marzo de 2009, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.1.2 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 3,640.00 (Tres Mil Seiscientos Cuarenta y con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Madrid Reino de España, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Edilberto DÍAZ FERNÁNDEZ y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Raúl ROQUE PALOMINO, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29289 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a propuesta del Director General de la Policía Nacional del Perú, el viaje al exterior en comisión del servicio al Coronel de la Policía Nacional del Perú Edilberto DÍAZ FERNÁNDEZ y al Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Raúl ROQUE PALOMINO, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 20 al 26 de abril de 2009, para ejecutar la extradición simplifi cada del ciudadano Ramiro TARRILLO CORONEL, requerido por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de La Libertad y declarado procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito de robo agravado y secuestro. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Coronel de la Policía Nacional del Perú Edilberto DÍAZ FERNÁNDEZ Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 7 x 260 US$ 1,820.00 TOTAL US$ 1,820.00 Mayor de la Policía Nacional del Perú Carlos Raúl ROQUE PALOMINO Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 7 x 260 US$ 1,820.00 TOTAL US$ 1,820.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- Dentro de los siete (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por la señora Ministra del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES CABANILLAS B. Ministra del Interior 337256-13 JUSTICIA Dan por concluida encargatura de funciones de Procurador Público de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0063-2009-JUS Lima, 16 de abril de 2009 VISTO, el Ofi cio RE (GAB) Nº 2-19/5 del Ministro de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 117-2002-JUS se encargó las funciones de Procurador Público de los