Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009 Codigo Infraccion 15 Presentar velocidades de pesca y rumbo no MORDAZA por un intervalo mayor de 2 horas, en areas reservadas o prohibidas o restringidas, de acuerdo a la informacion presentada por el SISESAT y siempre que la embarcacion presente descargas de recursos hidrobiologicos de la correspondiente faena de pesca. 18 Manipular, impedir o distorsionar por cualquier medio o acto, la transmision y operatividad de los equipos del SISESAT, o privar por cualquier medio de la alimentacion electrica externa a estos equipos instalados a bordo de manera tal que se interrumpa la transmision de senal por un intervalo mayor de dos (02) horas, operando fuera de puertos y fondeaderos y siempre que la embarcacion presente descargas de recursos hidrobiologicos de la correspondiente faena de pesca.

NORMAS LEGALES
MORDAZA de Infraccion Medida Cautelar Multa Sancion

394519
Determinacion de la sancion 3 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT

Grave

Inmovilizacion de la embarcacion.

Cancelacion

18.1 En caso de interferencia de las senales de posicionamiento del SISESAT ocasionando el "congelamiento" de la posicion geografica de la embarcacion : Cancelacion del permiso de pesca.

Inmovilizacion de la E/P hasta que la DIGSECOVI verifique la operatividad del Multa SISESAT

18.2 En caso de manipular o distorsionar las senales de posicionamiento del SISESAT : 6 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT 18.3 En caso de interrumpir las senales de posicionamiento del SISESAT por un intervalo mayor de dos (2) horas operando fuera de puertos y fondeaderos:

No

Multa 2 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT

20

Desarmar o retirar los equipos del SISESAT instalados a bordo de la embarcacion, romper o remover los precintos de seguridad, Grave o no tener codigo de identificacion de la baliza, o tenerlo ilegible o inaccesible para la inspeccion.

20.1 Desarmar o retirar el equipo del SISESAT Inmovilizacion de la E/P hasta que regularice su situacion. 20 UIT

20.2 No tener los precintos de seguridad del SISESAT o tenerlos rotos. Decomiso Multa 10 UIT. 20.3 No tener codigo de identificacion de la baliza, tenerlo ilegible o inaccesible para la inspeccion. 10 UIT 41 Procesar recursos hidrobiologicos provenientes de embarcaciones sin permiso de pesca para el recurso o con permiso de pesca suspendido o que no tengan acceso al recurso. Para RR.HH plenamente explotados : 50 UIT. Grave Suspension de la licencia Multa por quince (15) dias y efectivos de Suspension procesamiento. Paralizacion de la linea de de descarga correspondiente a la tolva de pesaje hasta subsanar situacion Paralizacion de la linea de de descarga correspondiente a la tolva de pesaje hasta subsanar situacion Para RR.HH subexplotados o inexplotados : 10 UIT Suspension de treinta (30) dias efectivos de procesamiento. Paralizacion de la linea de descarga correspondiente a la tolva de pesaje hasta subsanar situacion

42

Continuar operando el instrumento de pesaje una vez concluida la descarga de una Grave embarcacion, pese a presentarse alertas de MORDAZA de celdas o de compuertas abiertas, registradas en el reporte de pesaje (wincha).

75

Extraer recursos hidrobiologicos con volumenes mayores a la capacidad de bodega autorizada en el permiso de pesca. Grave

Decomiso del recurso hidrobiologico extraido en exceso respecto al permiso de pesca.

Decomiso y Multa

Grave

Decomiso del recurso hidrobiologico extraido en exceso respecto al permiso de pesca.

Decomiso y Multa

75.1 Para embarcaciones con capacidad de bodega mayor de 50 metros cubicos, en caso que el exceso supere el 3% y hasta el 15% de la capacidad establecida en su permiso de pesca, asi como, para embarcaciones con capacidad de bodega igual o menor de 50 metros cubicos, en caso que el exceso supere el 6% y hasta el 15% de la capacidad establecida en su permiso de pesca : 4 x cantidad del recurso descargado en exceso (t.) x factor del recurso, en UIT. 75.2 En los casos en que el exceso sea igual o mayor al 15% de la capacidad de bodega establecida en su permiso de pesca en cualquier embarcacion pesquera 6 x cantidad del recurso descargado en exceso (t.) x factor del recurso, en UIT. 77.1 Por alterar o descalibrar los instrumentos de pesaje : Capacidad instalada en t/h, en UIT Suspension de treinta (30) dias efectivos de procesamiento. 77.2 Por no cumplir con calibrar los instrumentos de pesaje segun la MORDAZA establecida.

77

Alterar o descalibrar los instrumentos de pesaje o no cumplir con calibrarlos en los plazos establecidos en la MORDAZA legal correspondiente.

Grave

Suspension de la licencia de operacion por quince Multa y Suspension (15) dias efectivos de procesamiento Paralizacion de la linea de de descarga hasta que cumpla con calibrar el instrumento de pesaje Multa Paralizacion de la linea de de descarga hasta que cumpla con calibrar el instrumento de pesaje

2.5 UIT

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