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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (17/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de abril de 2009 394515 asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores al doctor Alfonso Ríos Nash, Procurador Público del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC; Que, mediante el documento de visto, el Ministro de Relaciones Exteriores solicita al Consejo de Defensa Jurídica del Estado dar por concluida dicha encargatura; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la encargatura del señor abogado Alfonso Ríos Nash, Procurador Público del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, en las funciones de Procurador Público de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 337017-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de modernización de ascensores de la sede central del MIMDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2009-MIMDES Lima, 14 de abril de 2009 Vistos, el Informe Nº 033-2009-MIMDES-OGA/OL de fecha 09 de marzo de 2009, complementado con el Informe Nº 042-2009-MIMDES-OGA/OL de fecha 01 de abril de 2009, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración, y el Informe Nº 145-2009-MIMDES/OGAJ, de fecha 13 de abril de 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido por el literal e) del artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, el artículo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; asimismo, se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos de propiedad intelectual se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, el artículo 135º del mismo cuerpo normativo establece que la Entidad efectuará las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, las cuales sólo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado; asimismo, que la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, mediante Informe Nº 033-2009-MIMDES-OGA/ OL de fecha 09 de marzo de 2009, complementado con el Informe Nº 042-2009-MIMDES-OGA/OL de fecha 01 de abril de 2009, la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración sustenta la necesidad de contratar el servicio de modernización de los ascensores Nº 01, 02 y 03 de la sede central del MIMDES, indicando que para tal efecto la Entidad contrató los servicios de un Perito ingeniero mecánico eléctrico quien mediante Informe Técnico recomendó que la modernización de los ascensores del MIMDES la realice la misma fi rma que instaló los equipos; Que, el referido Informe Nº 033-2009-MIMDES-OGA/ OL indica que para garantizar una operación segura, el servicio de modernización de ascensores del MIMDES requiere de una empresa que brinde mano de obra especializada, califi cada y garantizada por el fabricante o por el representante ofi cial de la marca y/o empresa matriz, debido a que conoce los elementos que debe cambiar, luego que en una modernización de los sistemas de comando, la fi rma se dirige a la casa matriz, la cual estudia y prepara los esquemas eléctricos necesarios, para compatibilizarlos con lo existente, de esa manera se elimina la posibilidad que el tablero electrónico no sea “amigable” con los elementos restantes y resulte en una fuente de problemas; suministrando repuestos originales y componentes propios de la marca Schindler, que no son intercambiables entre ascensores de diferentes marcas; condiciones que hacen que el servicio no admita sustitutos, existiendo sólo un proveedor de la marca de los ascensores instalados en el MIMDES; Que, el referido Informe agrega que se requiere que la modernización la realice la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., debido a que es la única compañía en el Perú que posee la representación de la marca Schindler, en todo lo relacionado a la distribución, instalación, mantenimiento, reparación y modernización de ascensores, lo que se desprende del respectivo certifi cado de exclusividad emitido por la empresa, de fecha 26 de enero de 2009; Que, fi nalmente, manifi esta que el monto al que ascendería la contratación del servicio sería de US$ 436,090.00 (Cuatrocientos treinta y seis mil noventa y 00/100 Dólares Americanos); Que, el artículo 18º del citado Reglamento establece que en caso que las obligaciones de pago a cargo de la Entidades se devenguen en más de un (1) año fi scal, sea porque los contratos de las que se derivan tengan un plazo de ejecución que exceda el año fi scal correspondiente a aquel en que se convocó el proceso o porque dicho plazo de ejecución recién se inicia en el siguiente año fi scal, la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, deberá otorgar la certifi cación por el año fi scal vigente, así como la constancia sobre que el gasto a ser efectuado será considerado en la programación y formulación del presupuesto del año fi scal que corresponda; Que, de acuerdo el Informe Nº 135-2009-MIMDES/ OGPP-OPPI de fecha 13 de marzo de 2009, el Jefe (e) de la Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario hasta el importe de US$ 305,263 (Trescientos cinco mil doscientos sesenta y tres y 00/100 Dólares Americanos) equivalentes a S/. 968 904.77 (Novecientos sesenta y ocho mil novecientos cuatro y 77/100 Nuevos Soles), indicando que respecto al monto correspondiente al ejercicio fi scal 2010 ascendente a US$ 135,827.00 (Ciento treinta y cinco mil ochocientos veintisiete y 00/100 Dólares Americanos) se tomará en cuenta la previsión presupuestal en el proceso de formulación presupuestal para dicho ejercicio fi scal; Que, por lo expuesto, y de acuerdo con lo señalado por la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración en los Informes de vistos, se confi gura la causal de exoneración por la existencia de proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; De conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF; Con las visaciones de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración, la Oficina General de Asesoría Jurídica, y la Ofi cina de Logística; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del Proceso de Selección, para la contratación del Servicio de Modernización de los Ascensores Nº 01, 02 y 03 de la Sede Central del