Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores al doctor MORDAZA MORDAZA Nash, Procurador Publico del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC; Que, mediante el documento de visto, el Ministro de Relaciones Exteriores solicita al Consejo de Defensa Juridica del Estado dar por concluida dicha encargatura; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la encargatura del senor abogado MORDAZA MORDAZA Nash, Procurador Publico del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil RENIEC, en las funciones de Procurador Publico de los asuntos judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia

337017-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de modernizacion de ascensores de la sede central del MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 149-2009-MIMDES
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 Vistos, el Informe Nº 033-2009-MIMDES-OGA/OL de fecha 09 de marzo de 2009, complementado con el Informe Nº 042-2009-MIMDES-OGA/OL de fecha 01 de MORDAZA de 2009, de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, y el Informe Nº 145-2009-MIMDES/OGAJ, de fecha 13 de MORDAZA de 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido por el literal e) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; asimismo, se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 135º del mismo cuerpo normativo establece que la Entidad efectuara las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado; asimismo, que la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Informe Nº 033-2009-MIMDES-OGA/ OL de fecha 09 de marzo de 2009, complementado con

el Informe Nº 042-2009-MIMDES-OGA/OL de fecha 01 de MORDAZA de 2009, la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion sustenta la necesidad de contratar el servicio de modernizacion de los ascensores Nº 01, 02 y 03 de la sede central del MIMDES, indicando que para tal efecto la Entidad contrato los servicios de un Perito ingeniero mecanico electrico quien mediante Informe Tecnico recomendo que la modernizacion de los ascensores del MIMDES la realice la misma firma que instalo los equipos; Que, el referido Informe Nº 033-2009-MIMDES-OGA/ OL indica que para garantizar una operacion MORDAZA, el servicio de modernizacion de ascensores del MIMDES requiere de una empresa que brinde mano de obra especializada, calificada y garantizada por el fabricante o por el representante oficial de la MORDAZA y/o empresa matriz, debido a que conoce los elementos que debe cambiar, luego que en una modernizacion de los sistemas de comando, la firma se dirige a la MORDAZA matriz, la cual estudia y prepara los esquemas electricos necesarios, para compatibilizarlos con lo existente, de esa manera se elimina la posibilidad que el tablero electronico no sea "amigable" con los elementos restantes y resulte en una fuente de problemas; suministrando repuestos originales y componentes propios de la MORDAZA Schindler, que no son intercambiables entre ascensores de diferentes marcas; condiciones que hacen que el servicio no admita sustitutos, existiendo solo un proveedor de la MORDAZA de los ascensores instalados en el MIMDES; Que, el referido Informe agrega que se requiere que la modernizacion la realice la empresa Ascensores Schindler del Peru S.A., debido a que es la unica compania en el Peru que posee la representacion de la MORDAZA Schindler, en todo lo relacionado a la distribucion, instalacion, mantenimiento, reparacion y modernizacion de ascensores, lo que se desprende del respectivo certificado de exclusividad emitido por la empresa, de fecha 26 de enero de 2009; Que, finalmente, manifiesta que el monto al que ascenderia la contratacion del servicio seria de US$ 436,090.00 (Cuatrocientos treinta y seis mil noventa y 00/100 Dolares Americanos); Que, el articulo 18º del citado Reglamento establece que en caso que las obligaciones de pago a cargo de la Entidades se devenguen en mas de un (1) ano fiscal, sea porque los contratos de las que se derivan tengan un plazo de ejecucion que exceda el ano fiscal correspondiente a aquel en que se convoco el MORDAZA o porque dicho plazo de ejecucion recien se inicia en el siguiente ano fiscal, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, debera otorgar la certificacion por el ano fiscal vigente, asi como la MORDAZA sobre que el gasto a ser efectuado sera considerado en la programacion y formulacion del presupuesto del ano fiscal que corresponda; Que, de acuerdo el Informe Nº 135-2009-MIMDES/ OGPP-OPPI de fecha 13 de marzo de 2009, el Jefe (e) de la Oficina de Presupuesto y Programacion de Inversiones, otorga la Certificacion de Credito Presupuestario hasta el importe de US$ 305,263 (Trescientos cinco mil doscientos sesenta y tres y 00/100 Dolares Americanos) equivalentes a S/. 968 904.77 (Novecientos sesenta y ocho mil novecientos cuatro y 77/100 Nuevos Soles), indicando que respecto al monto correspondiente al ejercicio fiscal 2010 ascendente a US$ 135,827.00 (Ciento treinta y cinco mil ochocientos veintisiete y 00/100 Dolares Americanos) se tomara en cuenta la prevision presupuestal en el MORDAZA de formulacion presupuestal para dicho ejercicio fiscal; Que, por lo expuesto, y de acuerdo con lo senalado por la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion en los Informes de vistos, se configura la causal de exoneracion por la existencia de proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, de conformidad con lo establecido en el literal e) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; De conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF; Con las visaciones de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, la Oficina General de Administracion, la Oficina General de Asesoria Juridica, y la Oficina de Logistica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para la contratacion del Servicio de Modernizacion de los Ascensores Nº 01, 02 y 03 de la Sede Central del

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