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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (02/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de agosto de 2009 400074 Artículo 5°.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la señora Sara María Neira García. Artículo 6°.- La Zona Registral Nº I - Sede Sullana de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 378596-10 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2009-VIVIENDA Lima, 1 de agosto de 2009 Visto; el Expediente Nº 041-2008/SBNJAD, por el cual la Señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón, solicita el reconocimiento del terreno de 24,80 m² de extensión, ubicado en Calle Jorge Castro Harrison Nº 491, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del predio de 25,00 m², ubicado con frente principal a la calle Jorge Castro Harrison (antes Calle San Miguelito) a una distancia de 20,65 ml. de la esquina formada por las calles Caminos del Inca y Jorge Castro Harrison, altura de la cuadra 11 de la Av. La Marina, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11690223 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, y registrado en el Asiento Nº 15289 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Que, la señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón, mediante escrito ingresado a la Superintendencia de Bienes Nacionales, ahora Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, con fecha 18 de febrero de 2005, solicita la adjudicación en venta directa del terreno descrito en el párrafo precedente, señalando que está en posesión del mismo por más de trece (13) años; Que, según el Ofi cio Nº 5100-2005/SBN-GO-JAD de fecha 30 de junio de 2005, la Superintendencia de Bienes Nacionales, ahora Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN comunicó a la solicitante que la adjudicación del predio solicitado tenía una extensión de 25,11m², y formaba parte de un área mayor, debiendo previamente realizar el saneamiento integral del área a favor del Estado, consistente en la independización, entre otras, del área que ocupa la solicitante; Que, según el Informe Nº 004-2007/SBN-GO-JAD- CHRB-CNDU de fecha 24 de enero de 2007, con la conformidad del Jefe (e) de Adjudicaciones de la SBN, se ha concluido el saneamiento técnico legal, determinándose que la solicitante ocupaba una extensión de 25,00m² considerándose factible atender la solicitud presentada por la señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón, al enmarcarse en el supuesto establecido en el inciso e) del artículo 34 del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias; Que, de conformidad a lo señalado en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, para el presente caso es de aplicación el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias, en adelante el Reglamento, toda vez que el procedimiento de adjudicación en venta directa, se inició durante su vigencia; Que, el artículo 34 del Reglamento, establece que la venta directa de un predio de dominio privado del Estado se aprobará mediante Resolución Suprema, siempre que se cuente con el informe favorable de la SBN; Que, mediante el documento C.T.T.P-GA/125-08 de fecha 21 de febrero del 2008, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú – CTTP remitió a la SBN el informe técnico de valuación comercial del terreno antes referido, cuyo valor comercial es de US $ 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos y 00/100 Dólares Americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2007-VIVIENDA, que modifi ca el Reglamento y lo señalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN “Procedimiento para la Aprobación de la Venta de Predios del Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad” aprobada por Resolución Nº 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de marzo de 2008, el aviso que publicita el valor de tasación del predio, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de 10 días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no se recibió oferta alguna; Que, la señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón mediante el documento recibido por la SBN con fecha 28 de marzo de 2008, ha manifestado su conformidad y aceptación respecto del valor de la referida tasación; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, mediante Informe Técnico Legal Nº 0174-2008/SBN-GO- JAD, de fecha 11 de abril de 2008, opina favorablemente por la adjudicación en venta directa del citado predio a favor de la señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Adjudicación en Venta Directa a favor de la Señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón, del predio de propiedad del Estado de 25,00 m², ubicado con frente principal a la Calle Jorge Castro Harrison (antes Calle San Miguelito) a una distancia de 20,65 ml. de la esquina formada por las calles Caminos del Inca y Jorge Castro Harrison, altura de la cuadra 11 de la Av. La Marina, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11690223 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, y registrado en el Asiento Nº 15289 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales- SINABIP, correspondiente al Libro de Lima. Artículo 2°.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba asciende a US.$ 2 600,00 (Dos Mil Seiscientos y 00/100 Dólares Americanos) conforme a la valorización efectuada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú – CTTP, el mismo que será cancelado al contado. Artículo 3°.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4°.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la señora Rosa Idalia Dávila Solís Viuda de Chacón. Artículo 5°.- La Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 378596-11