Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2009 (08/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de agosto de 2009

Resolucion Ministerial Nº 332-2003-PCM y se encuentra adscrita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, el articulo 2º de la resolucion referida en el considerando precedentemente, establece que la Mesa de Trabajo Multisectorial, estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, quien sera designado mediante Resolucion Ministerial; Que, en consideracion a lo expuesto, se debe designar al representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Mesa de Trabajo Multisectorial, constituida por Resolucion Ministerial Nº 308-2009-PCM; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR al abogado MORDAZA CHIONG LIZANO, Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Mesa de Trabajo Multisectorial encargada de evaluar, analizar y buscar alternativas de solucion a las demandas planteadas por las diversas organizaciones sociales de pensionistas y jubilados del Peru, tales como la Central Nacional de Pensionistas y Jubilados del Peru y la Confederacion Nacional de Pensionistas y Jubilados del Peru, y otras similares, constituida por Resolucion Ministerial Nº 3082009-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 381251-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos Coactivos a cargo del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 557-2009-MTC/01 MORDAZA, 4 de agosto de 2009 VISTO: Los Memorandums Nºs.1407 y 1767-2009-MTC/10.08 del Director General de la Oficina General de Administracion y el Memorandum Nº 1069-2009-MTC/09.05 del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sobre la aprobacion del Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos Coactivos a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su articulo 5º numeral 2, establece como una de las funciones rectoras del MTC, dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion, supervision y evaluacion de las politicas, la gestion de los recursos del sector, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sancion, la fiscalizacion y ejecucion coactiva en materias de su competencia; en el articulo 8º numeral 5, preve

como una de las funciones especificas del MTC, exigir coactivamente el pago de una acreencia o la ejecucion de una obligacion de hacer o no hacer, conforme con la ley de la materia; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, en su articulo 39º literal a), senala como una de las funciones especificas de la Oficina General de Administracion, programar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar los procesos tecnicos de los Sistemas Administrativos de personal, contabilidad, tesoreria, abastecimiento, asi como las acciones relativas al control patrimonial y cobranzas coactivas del Ministerio. Concordantemente el literal m) del articulo 42º de dicho Reglamento, asigna como una de las funciones especificas de la Oficina de Finanzas, ejecutar las acciones correspondientes a los procedimientos de ejecucion coactiva del Ministerio; Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, en su Quincuagesima Primera Disposicion Final faculta a las Entidades de la Administracion Publica Nacional que se senalan en el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, que tengan acreencias mayores a DOS MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00) para que procedan conforme con lo dispuesto por la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 26979, y sus modificatorias, para lo cual dicha ley les otorga facultades coactivas, pudiendo realizar la contratacion de un ejecutor coactivo para tal fin, con cargo a los recursos que recauden coactivamente y en el literal f) del numeral 8.1 del articulo 8, dispone la contratacion de ejecutores coactivos para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 06-2009-MTC/10.08.EC dirigido por el Ejecutor Coactivo al Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion, se sustenta la propuesta del Arancel de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos Coactivos a cargo del MTC, por obligaciones morosas a sus Direcciones Generales y a las diferentes entidades y proyectos adscritos; Que, posteriormente, con Memorandum Nº 14072009-MTC/10.08 el Director General de la Oficina General de Administracion se dirige al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, alcanzandole el Arancel reestructurado de Gastos y Costas Procesales de los Procedimientos Coactivos del MTC, formulado por la Oficina de Finanzas, solicitandole una nueva evaluacion, previo a su tramite de aprobacion por resolucion ministerial; Que, mediante Informe Nº 652-2009-MTC/09.05 emitido por el Director de la Oficina de Organizacion y Racionalizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el mismo que lo hace MORDAZA el Director General (e) con Memorandum Nº 1069-2009-MTC/09.05, se emite pronunciamiento tecnico respecto a la formulacion del Arancel de Gastos y Costas Procesales, considerandose pertinente continuar con el tramite de aprobacion del mencionado Arancel; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS (06.diciembre.2008), en su Primera Disposicion Complementaria y Transitoria, modificada por el articulo 2º de la Ley Nº 28892 (15. octubre.2006), establece que el Ministerio de Economia y Finanzas debera, mediante decreto supremo, aprobar en un plazo no mayor de sesenta (60) dias, los topes maximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que seran de obligatoria aplicacion del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales y locales, dispositivo que a la fecha no ha sido expedido; Que, el numeral 9.1 de su articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, considera obligacion exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no MORDAZA sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la via administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaido resolucion firme confirmando la Obligacion. Tambien dispone que seran exigibles en el mismo Procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitacion de dicho Procedimiento;

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