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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (08/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de agosto de 2009 400555 VISTO: El Memorándum 184-2009-CEPLAN/OGA de la Ofi cina General de Administración, y el Informe N° 067- 20097OAJ/CEPLAN de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea y regula la organización y funcionamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, cuya fi nalidad es constituirse como órgano rector y orientador del señalado Sistema Nacional; Que, al amparo del Decreto Supremo N° 056-2005- PCM se emitieron las Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico N° 018-2009/CEPLAN/PCD del 09 de febrero de 2009, N° 019-2009/CEPLAN/PCD del 09 de Febrero de 2009, N° 023-2009/CEPLAN/PCD del 09 de Marzo de 2009, N° 027-2009/CEPLAN/PCD del 27 de Marzo de 2009 y N° 055-2009/CEPLAN/PCD del 07 de Julio de 2009, mediante las que se designó a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN según el Reglamento de Organización y Funciones entonces vigente; Que, con fecha 23 de julio del 2009 se ha publicado el Decreto Supremo N° 046-2009-PCM mediante el cual aprueba el nuevo Reglamento de Organizaciones y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, en el que se establecen denominaciones diferentes a los órganos de línea de la institución y, además, se crea la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto como unidad orgánica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo 1088 y el Decreto Supremo N°046- 2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adecuar las designaciones de los titulares de los órganos de línea del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, a lo establecido en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F. de la Entidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046- 2009-PCM, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Designar al Doctor Joel Denis Jurado Nájera, en el cargo de Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN. 2. Designar al Economista Lenin William Postigo de la Motta, en el cargo de Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN. 3. Designar al Ingeniero Elías Joel Ruíz Chávez, en el cargo de Director Nacional de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Señor C.P.C. Carlos Humberto Loaiza Selim en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN. Artículo 3º.- Encargar al C.P.C. Carlos Humberto Loaiza Selim, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, las funciones de Jefe de la Oficina General de Administración del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, con retención de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. AGUSTIN HAYA DE LA TORRE Presidente Consejo Directivo 380792-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado Constitucional de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 456-2009-P-CSJL-PJ Lima, 7 de agosto del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 55470-2009, el señor magistrado, doctor Ricardo Chang Racuay, Juez Titular del Tercer Juzgado Constitucional de Lima, solicita se le conceda hacer uso de su goce físico vacacional del cinco al treinta de agosto del año en curso. Que, de lo antes estando, la Presidencia de la Corte de Lima, considera atendible lo solicitado por magistrado antes referido, toda vez, que el goce físico vacacional constituye un derecho laboral amparado por nuestra norma normarum; en tal sentido, se deberá proceder a la designación del Magistrado que se haga cargo del mencionado órgano jurisdiccional, mientras dure el periodo de vacaciones del doctor Chang Racuay. Que, asimismo, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “[…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial...]”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal; máxime si en el presente caso la magistrada designada es servidora de la Corte y cumple con los requisitos exigidos por Ley. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales