Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2009 (08/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400541

INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES MORDAZA S.R.L. - C.I.T.V. AQP S.R.L., solicita autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar dos (02) lineas de inspeccion: una (01) MORDAZA liviano y una (01) MORDAZA mixta, en el local ubicado en Av. San MORDAZA de Porres esq. Tarapaca, Semi Rural Pachacutec, distrito de Cerro Colorado, MORDAZA, y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC/15 que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como, verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables: Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular, con dos (02) lineas de inspeccion: una (01) MORDAZA Liviano y una (01) MORDAZA Mixta, establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; en efecto: Que, de acuerdo al Informe Nº 427-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los partes diarios de registros Nº 032708, 045464, 049965 y los expedientes de registros Nº 2009-008336, 2009009467 y 2009-009828, cumplen con lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobado por D.S. Nº 025-2008MTC modificado por D.S. Nº 041-2008-MTC, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES MORDAZA S.R.L. - C.I.T.V. AQP S.R.L. a operar dos (02) lineas de inspeccion: una (01) MORDAZA liviano y una (01) MORDAZA mixta y poder realizar inspecciones a vehiculos de MORDAZA liviano y pesado de acuerdo a la normativa vigente a fin de verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que estos deben cumplir, en aplicacion de lo dispuesto por las normas legales vigentes. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 0412008-MTC; SE RESUELVE:

"Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies - IFIA. Articulo 3º.- Es responsabilidad de la Entidad autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos que respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008MTC modificado por D.S. Nº 041-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion. En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La Entidad autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 14 de MORDAZA del 2010 14 de MORDAZA del 2011 14 de MORDAZA del 2012 14 de MORDAZA del 2013 14 de MORDAZA del 2014

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General Transporte Terrestre 361915-1

VIVIENDA
Aceptan renuncia de Asesor II del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2009-VIVIENDA MORDAZA, 5 de agosto de 2009

Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES MORDAZA S.R.L. - C.I.T.V. AQP S.R.L., como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar dos (02) lineas de inspeccion: una (01) MORDAZA liviano y una (01) MORDAZA mixta, en el local ubicado en Av. San MORDAZA de Porres esq. Tarapaca, Semi Rural Pachacutec, distrito de Cerro Colorado, Arequipa. Articulo 2º.- La Entidad autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral la

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 1782009-VIVIENDA se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesor II del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo, siendo necesario aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27594 y 27792 y en el Reglamento de Organizacion y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.