Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2009 (20/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de agosto de 2009

grave. El titular de la entidad tiene la obligacion de cenir su conducta tomando en cuenta los principios de legalidad, razonabilidad, tipicidad y causalidad establecidos en el articulo 230° de la Ley No. 27444. Al momento de emitir su resolucion debera tener en cuenta que la gravedad de las faltas estara determinada por las circunstancias en que se cometen, por la forma o modo en que se llevan a cabo, si se han materializado con la concurrencia de varios hechos que constituyen cada uno de ellos faltas administrativas, si existe participacion de uno o mas servidores en la comision de las faltas, la modalidad empleada y cual es la consecuencia material que estas producen contra los bienes juridicos tutelados por el Estado. En definitiva, la aplicacion de la sancion se hace teniendo en consideracion las condiciones personales, el nivel de MORDAZA alcanzado, la gravedad de la falta y la dimension del dano que el hecho, la accion u omision produce a la entidad. Se debe aplicar el MORDAZA de razonabilidad, lo que permitira que la decision coercitiva o absolutoria del titular mantenga una proporcionalidad con los hechos probados o no, atribuidos al servidor procesado; Que, la conducta que deben mantener los servidores publicos se encuentra debidamente descrita en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, promulgado con el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento promulgado con el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; ademas, toda entidad publica cuenta con su Reglamento de Organizacion y Funciones y su Reglamento Interno de Trabajo, en este ultimo se establecen las pautas minimas de como debe ser la conducta laboral de los servidores publicos, cuales son sus derechos y deberes asi como las sanciones a las que se haran acreedores si infringen el Reglamento y la citada Ley; Que, todo acto de la administracion debe encontrar su justificacion en preceptos legales y en hechos, conductas y circunstancias que lo causen; tiene que haber una relacion logica y proporcionada entre el consecuente y los antecedentes, entre el objeto y el fin, por ello la Administracion Publica debe valorar razonablemente las circunstancias de hecho y el derecho aplicable y disponer medidas adecuadas al fin perseguido por el orden publico; Que, los medios de prueba deben ser valorados en forma global y no de manera aislada a la verdad concreta y probar la responsabilidad del procesado; Que, en el presente caso es determinante dilucidar si la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en las faltas administrativas disciplinarias que se indican en la Resolucion de Gerencia Nº 112-GAP-GCRH-OGAESSALUD-2009, por lo que procederemos a realizar el analisis correspondiente: Que, para efectos de poder corroborar las denuncias y cargos que recaen sobre la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao en su conjunto, acordo en su sesion de fecha 03.06.2009 citar a los Quimicos Farmaceuticos MORDAZA Vinas MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se apersonan al local de la Comision a fin de prestar su declaracion respecto a los hechos imputados a la servidora procesada; Que, el dia 12.06.2009 asiste a prestar su declaracion ante los miembros de la Comision Permanente el senor MORDAZA Vinas MORDAZA, Jefe del Departamento de Farmacia del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins quien manifesto tener conocimiento de los hechos que se le imputan a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los informes del personal de farmacia que recibieron recetas de parte de la citada servidora a modo de favor sin estar presente el familiar al que se receto. Indicando, ademas, que la servidora anteriormente ha sido sancionada con treinta (30) dias de suspension por sustraccion de Fentanilo a traves de un doble descargo, otro caso fue con narcoticos con la misma servidora en el ano 2007 sobre el mismo medicamento de Morfina y Petidina, tambien existe otro caso en tramite por adulteracion de recetas falsas donde se falsifico la firma de varios medicos y donde la misma servidora MORDAZA MORDAZA se encuentra involucrada en tales hechos. Menciona el senor Vinas MORDAZA que el desempeno de la servidora procesada es deficiente desde el ano 1999 cuando fue reincorporada judicialmente, desconoce los procedimientos de trabajo, suele llegar tarde, abandona la farmacia por una o dos horas sin permiso alguno, realiza lo minimo indispensable en el servicio, amenaza y difama a sus companeros de

trabajo con denunciarlos para que no declaren en su contra, inclusive MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA amenazo con hacer dano tanto al Sr. Vinaz MORDAZA como a su familia e hijos. En la actualidad continua con actos difamatorios contra el doctor MORDAZA y otros trabajadores de Farmacia, presentando instrumentos que acreditan lo dicho; Que, el dia 12.06.2009 asiste a prestar su declaracion la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briones quien refiere laborar en el Departamento de Farmacia del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins por ser Quimica Farmaceutica. Indica que tiene conocimiento de los hechos por haber intervenido en la investigacion, ha recibido quejas de las amenazas de los tecnicos, digitadores y quimicos farmaceuticos del turno tarde de todas las farmacias del Hospital que en total son como diez, dichas quejas eran dirigidas directamente a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien de manera prepotente y amenazadora solicitaba la atencion de recetas de sus familiares y si no la atendian amenazaba con denunciarlos penalmente y les decia que no les digan nada a los jefes que iban a la farmacia. La servidora MORDAZA MORDAZA para evitar su responsabilidad se negaba a firmar las recetas, no presentaba el DNI del familiar y en algunos casos no llevaba cita solo la receta y como no eran atendidas por personal de farmacia los amenazaba con hacer dano a sus familias y a sus hijos; Que, agrega la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briones que en uno de los casos la servidora procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA llevo una receta de un familiar que era su cunado y se le solicito el DNI porque eran cantidades altas de Codeina y Tramal, el hecho lo puso en conocimiento del Jefe del Servicio en ese tiempo el senor MORDAZA Vinas y a la vez a la Jefe del Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ellos fueron a verificar la receta donde el doctor MORDAZA, quien era el medico que habia expedido la receta de medicamentos, quien explico que la servidora MORDAZA MORDAZA le pidio de manera insistente que le otorgara la receta en cantidades altas de medicamento sin la presencia de la MORDAZA, e incluso lo amenazo, lo que motivo que no se le atendiese la receta sino hasta obtener el Informe por escrito del medico MORDAZA y despues la servidora MORDAZA MORDAZA amenazo al doctor MORDAZA para que diga que si habia llevado al MORDAZA pero era tarde porque ya habian hablado con el doctor MORDAZA minutos antes. El doctor Maseey tambien fue amenazado por la servidora procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez. El desempeno laboral de la citada servidora es pesimo, tiene muchos descansos medicos, hace lo minimo, abandona el servicio de manera MORDAZA, tiene faltas continuas, no cumple con las indicaciones que se le da. En el ano 2003 o 2004 cuando se le incautaron las recetas medicas de su cunado la amenazo, le dijo que se cuidara que podian pasarle muchas cosas a MORDAZA y a sus hijas si la seguian controlando las recetas medicas. Dicha servidora realiza una serie de actos negativos como adulteracion y manipulacion de historias clinicas, pide citas constantemente para sus familiares, creando miedo en todo el personal de Farmacia, sacando medicamentos de manera sistematica, por lo que a la vez deberia ser examinada medicamente por el Colegio Medico por el area de Psiquiatria; Que, el dia 12.06.2009 asiste a prestar su declaracion la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendose desempenado como Jefe del Departamento de Farmacia del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins. Indica que tiene conocimiento de los hechos por haber intervenido en la investigacion. El accionar de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA era de pedir medicamentos a los medicos portando las Historias Clinicas sin llevar a los familiares, los medicamentos eran casi siempre los mismos como Tramadol, Codeina en ampollas, Lactulosa, antibioticos diversos y otros. Se les advirtio a los medicos que no expidan recetas sin estar presente los familiares porque MORDAZA MORDAZA tenia exceso de citas para sus familiares y sorprendia a los medicos para la expedicion de recetas sin estar presente el familiar. MORDAZA llevaba las recetas a Farmacia para que le expidieran los medicamentos aprovechando que no habia interconexion y que no podia detectarse. La servidora MORDAZA MORDAZA sabia de las debilidades del sistema. En alguna oportunidad se le sorprendio y se le incautaron las recetas, dicho caso fue el del medico MORDAZA MORDAZA, esto se encuentra en el expediente. Los Tecnicos y Farmaceuticos se quejaban que la servidora MORDAZA MORDAZA iba constantemente a todas las farmacias a recoger medicamentos para sus familiares y nunca estos estaban presentes. El desempeno laboral de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es malo y

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