Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

410099

Articulo 11º.- Responsables de la Programacion Mensual 11.1 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario, tiene la responsabilidad de armonizar la Programacion Mensual de las actividades y los proyectos a ser ejecutados por la entidad, a traves de sus unidades ejecutoras, debiendo emitir pautas internas que den fluidez y consistencia a la tarea de mensualizacion de los ingresos y gastos. Las unidades ejecutoras deben cenirse a dichas pautas, coordinando con la citada Oficina las soluciones que, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, puedan ser adoptadas frente a dificultades que pudieran presentarse en la operatividad de la ejecucion presupuestaria. 11.2 Las Oficinas Generales de Administracion, de Personal, de Abastecimiento, de Servicios Auxiliares y de Inversiones, deben coordinar con el o los responsables de la unidad ejecutora, la oportunidad de los pagos de las obligaciones para el cumplimiento de las metas presupuestarias, a fin de dar consistencia a la Programacion Mensual de Gastos. 12º.- Pautas para la determinacion y actualizacion de la Programacion Mensual 12.1 Las entidades actualizan permanentemente su Programacion Mensual de Ingresos y de Gastos. Dicha actualizacion, en el caso de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, sirve para la determinacion de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM). 12.2 Para la determinacion y actualizacion de la Programacion Mensual, las entidades se sujetan a los procedimientos y pautas establecidas en la "Guia para la Programacion Mensual de Ingresos y Gastos del Presupuesto", publicada en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (http://www.mef.gob. pe/DNPP/normatividad.php) CAPITULO IV FASE DE EJECUCION DEL GASTO PUBLICO SUBCAPITULO I DE LA PREVISION PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA (PPTM) Y EL CALENDARIO DE COMPROMISOS INSTITUCIONAL (CCI) Articulo 13º.- Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) 13.1 La Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) es un instrumento para la ejecucion del gasto publico de corto plazo en los pliegos presupuestarios, que determina las cuotas trimestrales mensualizadas que actuan como techo o nivel MORDAZA a gastar por las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, en el MORDAZA de la disciplina fiscal y el MORDAZA Macroeconomico Multianual. 13.2 La PPTM es determinada por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, y se desagrega a nivel de pliegos presupuestarios y Genericas del Gasto. Dicha determinacion es realizada tomando como referencia la informacion contenida en la Programacion Mensual actualizada efectuada por los pliegos presupuestarios. 13.3 Las modificaciones a la PPTM son solicitadas por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario, mediante Oficio a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Dicha solicitud debe adjuntar un informe que sustente la disponibilidad de los creditos presupuestarios respectivos, a nivel de pliego presupuestario y Genericas del Gasto. Las modificaciones son formalizadas mediante Resolucion Directoral dentro de los diez (10) dias calendario de concluido el periodo que autoriza la PPTM respectiva. 13.4 La PPTM rige para el trimestre respectivo, los saldos no utilizados durante el primer o MORDAZA mes son acumulables para los dos ultimos meses del trimestre. Articulo 14º.Institucional (CCI) Calendario de Compromisos

en el literal a.3) de la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 29465, cada unidad ejecutora para el registro en el SIAF-SP tendra en cuenta lo siguiente: a) En el caso de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, el registro se efectua sobre la base de los montos desagregados de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM), tomando como referencia la mejor fecha de pago. b) En el caso de MORDAZA de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios, el registro se efectua sobre la base de la programacion de gastos y la disponibilidad financiera de los recursos publicos, tomando como referencia la mejor fecha de pago. 14.2 El CCI es aprobado por el Titular del pliego o por quien este delegue, a propuesta de los Jefes de las Oficinas Generales de Administracion y de Presupuesto, respectivamente, o los que MORDAZA sus veces, a nivel de pliego presupuestario o unidad ejecutora, de ser el caso, Generica del Gasto y Fuente de Financiamiento. 14.3 De requerirse modificaciones al CCI se tomara en cuenta lo siguiente: en el caso de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, no se podra superar los montos asignados por la PPTM, y en el caso de las otras MORDAZA de Financiamiento, no se podra superar los montos establecidos en la programacion de ingresos. 14.4 Dentro de los limites de los montos aprobados en el CCI, la Oficina de Tesoreria o la que haga sus veces efectua los pagos. Articulo 15º.- Alcance tecnico para la aplicacion de la PPTM y el CCI De acuerdo a lo establecido en la Ley General, la aprobacion de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) y los Calendarios de Compromisos Institucional (CCI) no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos presupuestarios con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilizacion financiera de los recursos publicos asignados; asi como tampoco, en ningun caso, la PPTM ni el CCI constituyen el sustento legal para la aprobacion de las resoluciones que aprueben modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico. SUBCAPITULO II EJECUCION DEL GASTO PUBLICO Articulo 16º.- Fase de Ejecucion del Gasto Publico La ejecucion del gasto publico es el MORDAZA a traves del cual se atienden las obligaciones de gasto con el objeto del cumplir las metas del pliego presupuestario, conforme a los creditos presupuestarios autorizados en sus respectivos presupuestos institucionales, tomando en cuenta el MORDAZA de legalidad, y asignacion de competencias y atribuciones que por Ley corresponde atender a cada entidad publica, asi como los principios constitucionales de Programacion y Equilibrio Presupuestario reconocidos en los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru. El MORDAZA de ejecucion del gasto publico esta compuesto por dos etapas, una preparatoria y otra propiamente de ejecucion del gasto publico, conforme al siguiente esquema:

14.1 En el MORDAZA de la implementacion progresiva del Calendario de Compromisos Institucional (CCI) establecida

Articulo 17º.- Etapa preparatoria para la Ejecucion del Gasto: Certificacion del Credito Presupuestario

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