Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

410097

Presupuesto, referido a la aplicacion del Compromiso, la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM), Calendario de Compromisos Institucional (CCI), Certificacion del Credito Presupuestario, entre otros aspectos, los cuales tienen por objeto coadyuvar y fortalecer la gestion presupuestaria de los pliegos presupuestarios en la fase de ejecucion del MORDAZA Presupuestario; Que, de este modo, a fin de que los cambios introducidos en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se plasmen en las directivas y lineamientos que dicta la Direccion Nacional del Presupuesto Publico a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales para que la ejecucion de sus presupuestos institucionales se realice en el MORDAZA del Sistema Nacional de Presupuesto, resulta necesario aprobar una nueva "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria" y sus Anexos Nºs 1 y 2, los cuales contienen disposiciones particulares aplicables a cada nivel de Gobierno, considerando sus particularidades en materia de ejecucion del gasto publico, asimismo, para efecto de la ejecucion presupuestaria del ano fiscal 2010, es prioritario aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Ano Fiscal 2010; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", la que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar los Anexos de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", conforme a lo siguiente: - Anexo Nº 1 "Ejecucion del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales. - Anexo Nº 2 "Ejecucion del Presupuesto de los Gobiernos Locales". Dichos Anexos contienen disposiciones particulares aplicables a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, complementan lo dispuesto en la Directiva citada en el parrafo precedente. Articulo 3º.- Aprobar los MORDAZA de Plazos de la Fase de Ejecucion Presupuestaria para el Ano Fiscal 2010, correspondientes a los niveles de Gobierno Nacional y Gobierno Regional, respectivamente, los cuales forman parte de la presente resolucion. Articulo 4º.- En el MORDAZA de la implementacion progresiva del Calendario de Compromisos Institucional (CCI) establecida en el literal a.3) de la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, su aprobacion se sujeta a lo dispuesto en el articulo 14º de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", Articulo 5º.- Aprobar los Clasificadores Presupuestarios para el Ano Fiscal 2010, los cuales forman parte de la presente resolucion, de acuerdo a lo siguiente: - Clasificador de Ingresos ­ Anexo Nº 1. - Clasificador de Gastos ­ Anexo Nº 2. - Clasificador Institucional para el Ano Fiscal 2010Anexo Nº 3. - Clasificador de MORDAZA de Financiamiento y Rubros para el Ano Fiscal 2010- Anexo Nº 4. Articulo 6º.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 003-2007EF/76.01 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 0032007-EF/76.01 y modificatorias. Articulo 7º- Disponer que la Directiva Nº 005-2009EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria" y sus Anexos, aprobados en los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion Directoral, se publican en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: http://www.mef. gob.pe/DNPP/normatividad.php. Asimismo, disponer que los Clasificadores Presupuestarios para el Ano Fiscal 2010 aprobados en el articulo 5º de la presente Resolucion Directoral, se

publican en el citado MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NAMIHAS Director General (e) Direccion Nacional del Presupuesto Publico

MORDAZA PRESUPUESTARIO DEL SECTOR PUBLICO ANO FISCAL 2010 Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 Resolucion Directoral Nº 043-2009-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria"

DIRECTIVA PARA LA EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTIVA Nº 005-2009-EF/76.01 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objetivo Establecer las pautas y procedimientos generales orientados a que los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales efectuen la ejecucion de sus presupuestos institucionales en el ano fiscal respectivo, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes de Presupuesto del Sector Publico que aprueba el Congreso de la Republica. Articulo 2º.- Alcance La presente Directiva es de alcance a las entidades del Gobierno Nacional que comprende a los organismos representativos de los Poderes: Ejecutivo, incluidos sus Organismos Publicos, Legislativo y Judicial; las Universidades Publicas; los Organismos Constitucionalmente Autonomos; los Gobiernos Regionales; y los Gobiernos Locales, asi como sus Institutos Viales Provinciales. Articulo 3º.- Pautas de aplicacion practica 3.1 Dado el caracter financiero del Presupuesto del Sector Publico, en ningun caso procede la incorporacion de recursos no monetarios. 3.2 Los montos que se consignen en las disposiciones que aprueban las modificaciones presupuestarias deben registrarse en numeros enteros. 3.3 La inclusion de nuevas Actividades y Proyectos, asi como de Componentes, Finalidades, Unidades de Medida y Partidas del Ingreso, no codificados en las respectivas Tablas de Referencia requiere, previa a su ejecucion, de la correspondiente codificacion que otorgue la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, a solicitud de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario, la cual se sustentara en el MORDAZA legal vigente. En el caso de nuevas partidas de ingresos, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario solicitante, debera justificar y sustentar legalmente 1 el concepto objeto de la codificacion. 3.4 Los documentos que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico remite a las entidades sujetas al ambito del Sistema Nacional del Presupuesto, constituyen actos de administracion, conforme a lo dispuesto en los articulos 1º numeral 1.2.1 y 7º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo 4º.- Responsabilidades La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario y los responsables de la administracion del presupuesto de las unidades ejecutoras, son responsables en el ambito de sus competencias del control presupuestario, debiendo tomar para dicho fin las siguientes pautas:

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