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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de diciembre de 2009 410104 Título Preliminar de la Ley General. Para dicho efecto, los pliegos presupuestarios deben contar con informe favorable de su Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación o la que haga sus veces, sobre la disponibilidad presupuestaria del Pliego y la sostenibilidad de la fuente de fi nanciamiento en caso la transferencia esté destinada a fi nanciar un gasto de carácter continuo. Las Transferencias al CAFAE pueden efectuarse con cargo a todas las Fuentes de Financiamiento, con excepción de “Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito” y “Donaciones y Transferencias”. 4. Límites de las transferencias Las transferencias fi nancieras para el año fi scal no podrán ser mayores al monto total transferido durante el año fi scal anterior, salvo las que correspondan para efecto de las prestaciones respectivas a los servidores que se incorporaron durante el año anterior, así como a los destacados en la entidad. En estos casos, se requiere de la opinión favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público respecto al monto adicional que corresponda transferir al CAFAE para tal efecto. 5. CAFAE sólo para plazas ocupadas Los Pliegos, a fi n de ejecutar las transferencias fi nancieras al CAFAE, deben considerar el número de trabajadores que ocupan plazas destinadas a funciones administrativas, así como el monto del incentivo laboral que corresponde otorgar a cada servidor, conforme a la Directiva Interna aprobada por la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en el pliego presupuestario, en el marco del literal b.4 de la Novena Disposición Transitoria de la Ley General. No procede realizar transferencias al CAFAE por plazas que no están ocupadas, ni por las plazas de servidores y funcionarios que han renunciado o dejado en suspenso la percepción de su remuneración, bajo responsabilidad. 6. Personal destacado Las transferencias fi nancieras al CAFAE para el otorgamiento de los incentivos laborales del personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 que sea destacado, será asumido por la entidad de destino donde se encuentre laborando el servidor, con cargo a su respectivo crédito presupuestario aprobado. No corresponde el otorgamiento de Incentivos Laborales a los destacados cuyo régimen laboral es el de la actividad privada, en el marco del literal a.2 de la Novena Disposición Transitoria de la Ley General. 7. Afectación presupuestal Las transferencias fi nancieras al CAFAE se afectan en la siguiente cadena de gasto: TIPO DE TRANSACCIÓN 2. Gastos Presupuestarios GENÉRICA 1. Personal y Obligaciones Sociales SUBGENÉRICA NIVEL 1 1. Retribuciones y Complementos en Efectivo SUBGENÉRICA NIVEL 2 1. Personal Administrativo ESPECÍFICA NIVEL 1 2. Otras Retribuciones y Complementos ESPECÍFICA NIVEL 2 1. Asignación a Fondos para Personal 8. Precisiones a) Los Créditos Presupuestarios que se prevean en la Cadena de Gasto indicada en el numeral anterior, no constituye por si solo sustento sufi ciente para la ejecución de gasto respectivo, debiendo observar los requisitos esenciales y las formalidades impuestas por la Novena Disposición Transitoria de la Ley General. b) El CAFAE, con cargo a recursos públicos, no podrá solventar ningún tipo de gasto adicional o distinto a los incentivos laborales, ni gastos en otros programas de bienestar o agasajos. c) Las prestaciones diferentes a los incentivos laborales que se otorguen a través de CAFAE, incluidos las reembolsables, solo podrán ejecutarse con cargo a los recursos propios de CAFAE. d) En los casos que se requiera el informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público es requisito indispensable el informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario, el cual certifi ca, en forma expresa, que se cuenta con el crédito presupuestario respectivo que permite incrementar las transferencias al CAFAE. e) Los Pliegos para sustentar las opiniones que corresponda emitir a la Dirección Nacional del Presupuesto Público por el incremento de las transferencias al CAFAE, deben remitir obligatoriamente la documentación sustentatoria siguiente: - Las escalas por niveles correspondientes a los incentivos laborales. - El costo anual y el Crédito Presupuestario consignado en el Presupuesto Institucional de Apertura, por cada fuente de fi nanciamiento, para efectuar las Transferencias al CAFAE - El fl ujo mensual de las transferencias al CAFAE para el año fi scal, por cada fuente de fi nanciamiento, desagregado por persona. - El monto total transferido al CAFAE durante el año fi scal anterior, desagregado por persona. - Informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego a que hace mención el literal d) del presente numeral. - El saldo de las transferencias realizadas para el pago de Incentivos Laborales al 31 de diciembre del año fi scal anterior. INDICE I CUADRO, MODELOS Y FORMATOS EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL 1. CUADRO DE PLAZOS EN LA FASE DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA. 2. MODELO Nº 01/GN – Modelo de dispositivo para la aprobación de Créditos Suplementarios tramitados a través del Ministerio de Economía y Finanzas. 3. MODELO Nº 02/GN – Modelo de dispositivo para la aprobación de transferencias de partidas entre Pliegos tramitadas a través del Ministerio de Economía y Finanzas y sus anexos. 4. MODELO Nº 03/GN – Modelo de dispositivo para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos por el Titular del Pliego. 5. MODELO Nº 03-A/GN – Aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos por el Titular del Pliego -formato a ser utilizado para el caso de más de dos unidades ejecutoras. 6. MODELO Nº 04/GN – Modelo de dispositivo para modifi caciones presupuestarias, en el Nivel Funcional Programático. 7. MODELO Nº 04-A/GN – Modifi caciones en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras – formato a ser utilizado para más de dos unidades ejecutoras. 8. MODELO Nº 05/GN – Modelo de resolución de formalización de modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y su anexo. 9. MODELO Nº 06/GN – Modelo de dispositivo para la desagregación de las transferencias de partidas y créditos suplementarios facultados mediante dispositivo legal. 10. MODELO Nº 07/GN – Modelo de resolución para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura en el Gobierno Nacional. 11. MODELO Nº 08/GN – Modelo de resolución para la aprobación de Calendario de Compromisos Institucional. 12. MODELO Nº 09/GN – Modelo de resolución de aprobación de modifi cación del Calendario de Compromisos Institucional. 13. MODELO Nº 10/GN – Modelo de dispositivo de autorización de transferencia de partidas a favor de un pliego (Recursos de la Reserva de Contingencia).