Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009 N° SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION

NORMAS LEGALES
2 3 4 5 6 Servicios geofisicos, geologicos y geoquimicos Servicios de perforacion, complementacion y/o abandono de pozos Servicios de perfilaje de pozos Servicios de pruebas de pozos Servicios relacionados a la proteccion ambiental

410115

167 8537 20 00 00 MORDAZA, PANELES, CONSOLAS, ARMARIOS Y DEMAS SOPORTES EQUIPADOS PARA UNA TENSION SUPERIOR A 1.000 V 168 8609 00 00 00 CONTENEDORES (INCLUIDOS LOS CONTENEDORES CISTERNA Y LOS CONTENEDORES DEPOSITO) ESPECIALMENTE CONCEBIDOS Y EQUIPADOS PARA UNO O VARIOS MEDIOS DE TRANSPORTE 169 8701 20 00 00 TRACTORES DE CARRETERA PARA SEMIRREMOLQUES 170 8701 30 00 00 TRACTORES DE ORUGAS 171 8701 90 00 00 LOS DEMAS TRACTORES 172 8702 10 90 00 VEHICULOS AUTOMOVILES PARA EL TRANSPORTE DE MAS DE 16 PERSONAS, INCLUIDO EL CONDUCTOR, DIESEL (PETROLEROS) 173 8702 90 99 10 LOS DEMAS VEHICULOS AUTOMOVILES PARA EL TRANSPORTE DE MAS DE 16 PERSONAS, INCLUIDO EL CONDUCTOR, GASOLINERO 174 8704 10 00 00 VOLQUETES AUTOMOTORES CONCEBIDOS PARA UTILIZARLOS FUERA DE LA RED DE CARRETERAS 175 8704 21 10 10 CAMIONETAS PICK-UP ENSAMBLADAS, DE ENCENDIDO POR COMPRESION, CON CARGA MORDAZA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T 176 8704 21 10 90 LOS DEMAS VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS, DE ENCENDIDO POR COMPRESION, CON CARGA MORDAZA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T 177 8704 21 90 00 LOS DEMAS VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS, ENSAMBLADAS, DE ENCENDIDO POR COMPRESION, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 4.537 T PERO INFERIOR O IGUAL A 5 T 178 8704 22 10 00 VEHICULOS DE ENCENDIDO POR COMPRESION PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 5 T PERO INFERIOR O IGUAL A 6.2 T 179 8704 22 20 00 VEHICULOS DE ENCENDIDO POR COMPRESION PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 6.2 T PERO INFERIOR O IGUAL A 9.3 T 180 8704 22 90 00 VEHICULOS DE ENCENDIDO POR COMPRESION PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 9.3 T PERO INFERIOR O IGUAL A 20 T 181 8704 23 00 00 VEHICULOS DIESEL PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 20 T 182 8704 31 10 10 CAMIONETAS PICK UP ENSAMBLADAS, DE ENCENDIDO POR CHISPA, CON CARGA MORDAZA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T 183 8704 31 10 90 LOS DEMAS VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS, DE ENCENDIDO POR CHISPA, ENSAMBLADAS, CON CARGA MORDAZA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T 184 8704 31 90 00 LOS DEMAS VEHICULOS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS, ENSAMBLADAS, DE ENCENDIDO POR CHISPA, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 4.537 T PERO INFERIOR O IGUAL A 5 T 185 8704 32 10 00 VEHICULOS DE ENCENDIDO POR CHISPA PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 5 T PERO INFERIOR O IGUAL A 6.2 T 186 8704 32 20 00 VEHICULOS DE ENCENDIDO POR CHISPA PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 6.2 T PERO INFERIOR O IGUAL A 9.3 T 187 8704 32 90 00 VEHICULOS DE ENCENDIDO POR CHISPA PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS, CON CARGA MORDAZA SUPERIOR A 9.3 T 188 8704 90 00 00 LOS DEMAS VEHICULOS AUTOMOVILES PARA TRANSPORTE DE MERCANCIAS 189 8705 10 00 00 CAMIONES GRUA 190 8705 20 00 00 CAMIONES AUTOMOVILES PARA SONDEO O PERFORACION 191 8716 10 00 00 REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES PARA VIVIENDA O ACAMPAR, DEL MORDAZA CARAVANA 192 8716 31 00 00 CISTERNAS 193 8907 10 00 00 BALSAS INFLABLES 194 8907 90 10 00 BOYAS LUMINOSAS 195 9015 10 00 00 TELEMETROS 196 9015 20 10 00 TEODOLITOS 197 9015 30 00 00 NIVELES 198 9015 40 10 00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRIA ELECTRICOS O ELECTRONICOS 199 9015 80 90 00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE GEODESIA, TOPOGRAFIA, AGRIMENSURA, NIVELACION, FOTOGRAMETRIA, HIDROGRAFIA, OCEANOGRAFIA, HIDROLOGICA, METEOROLOGIA O GEOFISICA, EXCEPTO TELEMETROS, TEODOLITOS, NIVELES, FOTOGRAMETRIA 200 9027 20 00 00 CROMATOGRAFOS E INSTRUMENTOS DE ELECTROFORESIS 201 9406 00 00 00 CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS

b. Otros Servicios Vinculados a las Operaciones de Exploracion 7 Servicios de almacenamiento y deposito de muestras de las operaciones 8 Servicios de asesoria, consultoria asi como de asistencia y estudios tecnicos especiales sobre las operaciones 9 Servicios de alojamiento y alimentacion del personal operativo del Titular del Contrato 10 Servicios de diseno, construccion, instalacion, armado y desarmado de maquinaria y equipo necesario para las operaciones 11 Servicios de inspeccion, mantenimiento y reparacion de maquinaria, equipo mobiliario utilizado en las operaciones 12 Alquiler o arrendamiento financiero de maquinarias y equipos necesarios para la ejecucion del contrato 13 Servicios de transporte de bienes y personal necesarios para las operaciones y actividades de construccion 14 Servicios de sistemas e informatica 15 Servicios de comunicaciones 16 Servicios de seguridad industrial y contraincendios 17 Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativos 18 Servicios de auditorias tecnicas 19 Servicios de muelles y amarraderos, carga y descarga fluvial y maritimo 20 Servicios de asistencia social y comunitaria 21 Servicios medicos y hospitalarios 22 Servicios de despachos aduaneros 23 Servicios de compras de equipos y materiales destinados a las operaciones 24 Servicios de seguros

440434-1

Nominan a diversos profesionales como peritos mineros en el ambito nacional para el periodo 2010 - 2011
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 248-2009-MEM/DGM
MORDAZA, 23 de diciembre de 2009 VISTO, el Oficio Nº 428-2009-MEM/DGM/DTM de fecha 16 de diciembre de 2009, de la Comision Evaluadora constituida mediante Resolucion Directoral Nº 206-2009-MEM/DGM, de fecha 19 de octubre de 2009, para efectuar la calificacion de los interesados en ser nominados o renovar su calificacion como peritos mineros para el periodo 2010 ­ 2011; CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º del Reglamento de Peritos Mineros aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 050-2002-EM, establece que por resolucion de la Direccion General de Mineria se nominara a los peritos mineros seleccionados por la Comision Evaluadora nombrada para tal efecto; Que, la Comision Evaluadora constituida por Resolucion Directoral Nº 206-2009-MEM/DGM ha realizado el procedimiento de revision de los expedientes presentados por los profesionales postulantes para el periodo 2010 ­ 2011 y ha informado los resultados de la evaluacion; De conformidad con lo establecido en el inciso m) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nominar como peritos mineros en el ambito nacional para el periodo 2010 ­ 2011 a los profesionales incluidos en la relacion contenida en el anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los peritos mineros nominados se sujetaran estrictamente al Reglamento de Peritos Mineros aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 050-2002-EM. Registrese, comuniquese y publiquese.

II. LISTA DE SERVICIOS
a. Servicios de Operaciones de Exploracion 1 Servicios topograficos y/o geodesicos

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.