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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de enero de 2009 387647 Nº TUPA DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S PLAZO MAXIMO DE ATENCION EN DIAS HABILES 60 EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario. Indicando Automático (*) “A-UNO” PARTICULAR generales de ley, (edad mínima de dieciocho años ), adjuntando: (**) a) Certifi cado de Aptitud Psicosomática, con la califi cación de apto BASE LEGAL b) Certifi cado de aprobación de examen de normas de tránsito y del examen de manejo de - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º vehículos automotores para la categoría - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.98), Art. 1º c) Pago por derecho de tramitación (1). - Presentación de solicitud ante autoridad competente del lugar del domicilio del peticionario, indicado en su documento de identidad (Octava Disposición Complementaria DS Nº 015-94-MTC, modifi cado por D.S. Nº 026-2007-MTC) 61 CANJE DE LICENCIA DE CONDUCIR MILITAR Ofi cio del Director de la Escuela de Servicios del Ejército, dirigido al Director General de Automático (*) Transporte Terrestre, gestionando el otorgamiento de la licencia de conducir para el (**) BASE LEGAL conductor militar dado de baja, en situación de disponibilidad o retiro, adjuntando: - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º a) Certifi cado de Buena Conducta, otorgado por el Jefe de la Unidad o Repartición. - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 24º b) Récord de accidentes e Infracciones de tránsito del Chofer Militar, expedido por el Juez - D.S. Nº 011-EMG/A2C. (RA-00-009) (20.08.60), Art. 53º Militar de Tránsito. c) Certifi cado de haber aprobado Exámenes psicosomáticos y la prueba de sufi ciencia técnica, expedido por el Director de la Escuela de Servicios del Ejercito. d) Copia autenticada de la resolución y/o documento que acredite la baja de servicio activo e) Pago por derecho de tramitación 62 EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR Nota de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntando: Automático (*) SOLICITADO POR MIEMBROS DEL SERVICIO a) Copia de la Licencia de Conducir Extranjera vigente (en caso de no poseer la (**) DIPLOMÁTICO ACREDITADOS EN EL PAÍS licencia de conducir, deberá cumplir con los requisitos establecidos para la categoría que postula, a excepción del pago de tasas). BASE LEGAL b) Exhibición del original (para identifi cación) y copia del documento de Identidad extranjero. - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 25º - D.S.Nº 007-82-RE, (07.07.82), Art. 87º 63 RECATEGORIZACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario indicando generales de Automático (*) “ A UNO” PARTICULAR ley, edad mínima de veintiún años, número de la licencia de conducir A UNO, adjuntando: (**) a) Certifi cado de Aptitud Psicosomática, con la califi cación de apto BASE LEGAL b) Certifi cado de aprobación de examen de normas de transporte, de mecánica y de - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º primeros auxilios; y el examen de manejo de vehículos automotores para la categoría, con la - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 23º calificación de apto. - Presentación de solicitud ante autoridad competente del lugar del c) Pago por derecho de tramitación (1) domicilio del peticionario, indicado en su documento de identidad Nota: (Octava Disposición Complementaria DS Nº 015-94-MTC, modifi cado El solicitante debe tener una antigüedad mínima de dos años como titular de la licencia A UNO por D.S. Nº 026-2007-MTC) Particular. - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución fi rme. (Art. 213º modifi cado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) 64 RECATEGORIZACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario indicando generales de Automático (*) “ A DOS “ PROFESIONAL ley, edad mínima de veintitrés años, número de la licencia de conducir A DOS adjuntando: (**) a) Certifi cado de Aptitud Psicosomática, con la califi cación de apto BASE LEGAL b) Certifi cado del examen de manejo para la categoría. - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º c) Pago por derecho de tramitación (1). - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94) Art. 23º - Presentación de solicitud ante autoridad competente del lugar del Nota: domicilio del peticionario, indicado en su documento de identidad El solicitante debe tener una antigüedad mínima de dos años como titular de la Licencia A DOS (Octava Disposición Complementaria DS Nº 015-94-MTC, modifi cado Profesional. por D.S. Nº 026-2007-MTC) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución fi rme. (Art. 213º modifi cado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) 65 REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario indicando generales de ley Automático (*) y el número de la respectiva licencia de conducir, adjuntando: (**) BASE LEGAL a) Certifi cado de Aptitud Psicosomática, con la califi cación de apto. - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º b) Pago por derecho de tramitación (1) - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 19º - Los conductores mayores de sesenta y cinco años de edad renovarán su licencia de conducir cada dos años - Presentación de solicitud ante autoridad competente del lugar del domicilio del peticionario, indicado en su documento de identidad (Octava Disposición Complementaria DS Nº 015-94-MTC, modifi cado por D.S. Nº 026-2007-MTC) - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución fi rme. (Art. 213º modifi cado por D.S. Nº 037-2007-MTC - 14/10/07) 66 DUPLICADO DE LICENCIA DE CONDUCIR Solicitud bajo la forma de declaración jurada, conforme al formulario indicando generales de ley Automático (*) y el número de la respectiva licencia de conducir, adjuntando: (**) BASE LEGAL a) Pago por derecho de tramitación (1) - Ley N° 27181 (08.10.99), Art. 16º - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 22º - El solicitante no debe tener impagas sanciones de multa por infracciones a las normas de transporte terrestre con Resolución fi rme. (Art. 213º