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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2009 (03/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de enero de 2009 387649 Nº TUPA DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S PLAZO MAXIMO DE ATENCION EN DIAS HABILES - D.S. Nº 015-94-MTC (13.06.94), Art. 12º en el colegio profesional correspondiente y, cuando corresponda, en el Registro - D.S. Nº 063-2003-MTC (28.11.03) Art. 5º, 6º y7º Nacional de Especialistas del Colegio Médico del Perú. - D.S. Nº 024-2005-MTC (19.10.05), Arts. 1º y 2º c) Pliego conteniendo el equipamiento del establecimiento, especifi cando de ser el caso, las marcas, números de serie o cualquier otro dato que permita identifi car los equipos. Cuando - Presentación de solicitud con una anticipación de por lo menos corresponda, deberá adjuntarse copia del respectivo registro sanitario otorgado sesenta (60) días calendario a la fecha de vencimiento de la por el órgano competente del Ministerio de Salud. autorización. d) Propuesta de horario de atención al público. e) Declaración jurada fi rmada por el representante legal y el conductor del establecimiento, en el sentido, que el staff médico de especialistas y el equipamiento requerido están a su disposición de modo inmediato para el inicio y ulterior operación del servicio, f) Pago por derecho de tramitación 75 RÉGIMEN DE REHABILITACIÓN DE CONDUCTORES Solicitud indicando generales de ley dirigida al Director General de Transporte Terrestre, 30 d. (*) INFRACTORES AL REGLAMENTO NACIONAL requiriendo la conversión de los períodos de suspensión o inhabilitación temporal en jornadas (**) DE TRÁNSITO de reforzamiento en valores ciudadanos y seguridad vial y/o jornadas de trabajo comunitario en seguridad y educación vial adjuntando la siguiente documentación: BASE LEGAL a) JORNADAS DE REFORZAMIENTO EN VALORES CIUDADANOS Y SEGURIDAD VIAL - Ley Nº 27181 (08.10.99), Art. 16º Certifi cado emitido por Centro de Reforzamiento autorizado por la Dirección - D.S. Nº 018-2007-MTC (26.05.07), Art. 11º General de Transporte Terrestre. D.S. Nº 018-2007-MTC (26.05.07), Art. 11º, inciso 11.2 b) JORNADAS DE TRABAJO COMUNITARIO EN SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL - Para acogerse a la conversión en jornadas de reforzamiento en valores Certifi cado emitido por Centro de Reforzamiento autorizado por la Dirección ciudadanos y seguridad vial, el conductor debe haber cumplido, como General de Transporte Terrestre y certifi cado emitido por institución pública o privada mínimo, la tercera parte de la sanción. con la cual, la autoridad competente haya celebrado Convenio de Cooperación Cívica en - Para acogerse a la conversión en jornadas de trabajo comunitario en Seguridad y Educación Vial, según corresponda. seguridad y educación vial, el infractor debe haber cumplido, como mínimo, la mitad de su sanción y, además, haber seguido por lo menos una jornada de reforzamiento en valores ciudadanos y seguridad vial. 76 REDUCCIÓN DE LA MULTA POR INFRACCIONES Solicitud indicando generales de ley dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Automático POR PRONTO PAGO requiriendo acogerse al benefi cio de pronto pago, adjuntando: a) En el caso del transportista o conductor, pago del 50% o del 70% de la multa, según BASE LEGAL corresponda. - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23º b) En el caso de establecimiento de salud encargado de la toma de exámenes de aptitud - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 200º) psicosomática para obtener licencia de conducir, pago del 50% de la multa, D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04): Transportistas y conductores - Plazo para reducción del 50% de la multa : cinco (5) días hábiles de levantada el Acta de Verifi cación o notifi cado el inicio del procedimiento sancionador. (Art. 200º) - Plazo para reducción del 30% de la multa: Quince (15) días hábiles de notifi cada la resolución de sanción, siempre que no se haya interpuesto recurso impugnatorio o se desista del mismo.(Art. 200º) D.S. Nº 063-2003-MTC (03.03.04), Establecimientos de salud - Plazo para reducción del 50% de la multa: Cinco (5) días de levantada el acta de verifi cación o de notificado el inicio del procedimiento sancionador (art. 33º Modifi cado por DS 018-2007-MTC - 29.05.2007) 77 FRACCIONAMIENTO PARA EL PAGO DE MULTAS POR Solicitud indicando generales de ley dirigida al Director General de Transporte Terrestre, 15 d. INFRACCIONES AL SERVICIO DE TRANSPORTE requiriendo acogerse al benefi cio de fraccionamiento de multas e indicando propuesta de TERRESTRE calendario de pagos de la deuda de conformidad con las escalas previstas en el reglamento y adjuntando la siguiente documentación: BASE LEGAL a) Desistimiento de la impugnación que hubiere interpuesto el infractor en la vía administrativa - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23º contra la resolución de sanción, con fi rma notarialmente legalizada. - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Art. 214º, 215º, 216º, 217º y 218º b) Copia certifi cada de la resolución judicial fi rme que tiene al infractor por desistido de la - Desistimiento de recursos impugnatorios o acción contencioso pretensión, en caso que este hubiere interpuesto demanda contencioso administrativo administrativo ( Art.214 ) en contra de la Resolución de sanción. - Prohibiciones para el fraccionamiento (Art 215º) - Escala para el fraccionamiento (Art.217º) - Actualización de deuda y pago de intereses (Art.218º) 78 OTORGAMIENTO DE PERMISO EXCEPCIONAL PARA Solicitud bajo forma de declaración jurada debidamente fi rmada y sellada por su representante 30 d. TRANSPORTE INTERPROVINCIAL REGULAR DE legal dirigida al Director General de Transporte Terrestre, indicando razón social, Número de PERSONAS EN AUTOMÓVILES COLECTIVOS Registro Único del Contribuyente (RUC) y domicilio de la empresa; además del nombre, documento de identidad, domicilio y el número de partida de inscripción de nombramiento y/o poder en los Registros Públicos del representante legal, adjuntando, Vigencia: 4 años BASE LEGAL a) Copia legible de la escritura pública de constitución de la persona jurídica - Ley N° 27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° inscrita en los Registros Públicos, en la que estará indicado como objeto social, la actividad - D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04), Arts. 75º y 78º del servicio de transporte terrestre de personas; así como el monto del capital mínimo suscrito - Decreto Supremo Nº 009-04-MTC (03.03.04) Lit d) Art. 57º, Arts. 75º, y pagado. 78º y 118º b) Croquis e información de la ruta del servicio, consignando origen, destino, itinerario, - Decreto Supremo Nº 029-07-MTC (10.08.07), Art. 16º distancias, escalas comerciales, tiempo aproximado de viaje, frecuencias, horarios de salida, fl ota operativa y vehículos de reserva. D.S. Nº 009-04-MTC (03.03.04) y DS Nº 029-2007-MTC (10.08.07) c) Copia legible de la Tarjeta de identifi cación vehicular o de Propiedad Vehicular a nombre del - La antigüedad máxima es seis (6) años, contados a partir del 1 de peticionario y, en los casos que corresponda, del contrato de arrendamiento fi nanciero u Enero del año siguiente al de su fabricación. Cuando el vehículo estuvo operativo de cada vehículo ofertado. Tratándose de vehículos de propiedad del transportista o anteriormente habilitado al transporte terrestre de pasajeros nacional tomados en arrendamiento fi nanciero, deberá adjuntarse copia de los folios correspondientes o regional la antigüedad máxima es de diez (10) años (Tercera DCF del libro contable en que estos se encuentren registrados como activo fi jo del transportista, del D.S. Nº 029-2007-MTC - 10/08/07, modifi cado por art 7º DS ) debiendo incluirse en dichos casos, copia del folio de certifi cación notarial del citado libro. 037-2007-MTC - 14.10.2007) Cuando se trate de arrendamiento operativo, el contrato deberá estar provisto de la constancia - Capital suscrito y pagado mínimo: Equivalente a quince (15) UIT (Lit. d) de inscripción registral correspondiente o adjuntarse un certifi cado registral que acredite dicha del Art. 9º del D.S. Nº 029-2007-MTC - 10/08/07) inscripción.