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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387799 Firma del interesado Declaro, que conforme al artículo 2º del Reglamento de Internamiento Temporal de vehículos con Fines Turísticos, aprobado por D.S. Nº 015-87- ICTI-TUR, constituyo en garantía prendaría a favor del Estado Peruano (SUNAT), el vehículo automotor de mi propiedad así como los equipos, repuestos, accesorios y opcionales en él instalados cuyos datos consigno en el anverso. AUTORIZACIÓN DE INGRESO Y LIBRE CIRCULACIÓN Firma del interesado AUTORIZACIÓN DE SUSPENSIÓN DE PLAZO Funcionario de aduana - Sello y Firma Funcionario de aduana - Sello y Firma CONTROL DE SALIDA TERRESTRE/AEREO O MARITIMO (REMITASE A LA ADUANA DE INGRESO) Declaro, que conforme al artículo 2º del Reglamento de Internamiento Temporal de vehículos con Fines Turísticos, aprobado por D.S. Nº 015-87- ICTI-TUR, constituyo en garantía prendaría a favor del Estado Peruano (SUNAT), el vehículo automotor de mi propiedad así como los equipos, repuestos, accesorios y opcionales en él instalados cuyos datos consigno en el anverso. En caso que tuviera que ausentarme del país sin el vehículo, me comprometo a dar cuenta inmediatamente del hecho a la Autoridad Aduanera y Policial más próxima, depositando el vehículo por mi cuenta y riesgo en un garage o depósito a orden de SUNAT, a efectos de que se suspenda el plazo para el retiro del vehículo. Asimismo, me comprometo a retirar el vehículo del país dentro del plazo improrrogable de noventa (90) días calendario computado a partir de la emisión del presente certificado, y declaro conocer que de no cumplir con esta disposición, el vehículo caerá automáticamente en comiso de conformidad con el artículo 6º del Reglamento en concordancia con el inciso g) del artículo 108º del TUO de la Ley General de Aduanas, aprobado por D.S. Nº 129-2004-EF. (Para ser llenado por la SUNAT) Int. de Aduana Fecha Funcionario de aduana - Sello y Firma Int. de Aduana Fecha Expte. Nº Fecha (Reverso del talón Nº 2) (Reverso del talón Nº 1) Asimismo, me comprometo a retirar el vehículo del país dentro del plazo improrrogable de noventa (90) días calendario computado a partir de la emisión del presente certificado, y declaro conocer que de no cumplir con esta disposición, el vehículo caerá automáticamente en comiso de conformidad con el artículo 6º del Reglamento en concordancia con el inciso g) del artículo 108º del TUO de la Ley General de Aduanas, aprobado por D.S. Nº 129-2004-EF. En caso que tuviera que ausentarme del país sin el vehículo, me comprometo a dar cuenta inmediatamente del hecho a la Autoridad Aduanera y Policial más próxima, depositando el vehículo por mi cuenta y riesgo en un garage o depósito a orden de SUNAT, a efectos de que se suspenda el plazo para el retiro del vehículo. (Para ser llenado por la SUNAT) LIQUIDACIÓN DE TRIBUTOS A/V I.G.V. I.S.C. Otros TOTAL US$