TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de enero de 2009 388222 AÑOS INDICE DE CORRECCION MONETARIA 1998 1.38 1997 1.49 1996 1.59 1995 1.75 1994 1.93 1993 2.27 1992 3.36 1991 5.27 1990 21.43 1989 1,465.15 1988 38,244.64 1987 278,366.13 1986 421,655.34 1985 675,904.25 1984 1,851,426.59 1983 4,075,121.01 1982 8,684,921.44 1981 13,575,225.01 1980 22,820,792.44 1979 34,935,042.17 1978 59,530,162.38 1977 104,745,554.77 1976 153,460,192.38 1975 212,532,381.30 299559-2 EDUCACION Autorizan Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Pliegos de los Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0453-2008-ED Lima, 24 de diciembre de 2008 Vistos, los Memoranda Nºs 2253, 2254-2008-DESP, de la Dirección de Educación Superior Pedagógica; y documentos que acompañan, y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0532-2007- ED, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2008 por la suma de TRES MIL CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 049 142 895.00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Quincuagésima Primera Disposición Final de la Ley Nº 29142, autoriza al Ministerio de Educación a otorgar una Asignación Económica Excepcional, por los montos de S/. 150.00 y S/. 250.00, a favor de los docentes que; en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente; logren el nivel de sufi ciente o destacado, respectivamente, para cuyo efecto el Ministerio de Educación realizará las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales mediante resolución del Titular del Pliego; Que, la Resolución Ministerial Nº 0413-2008-ED autorizó transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales para el fi nanciamiento de la Asignación Económica Excepcional por logros de los docentes; que participen en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, para cuyo efecto el Ministerio de Educación realizará las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, mediante los Memoranda Nºs. 2253, 2254-2008- DESP la Dirección de Educación Superior Pedagógica ha remitido un segundo y tercer reporte donde se detallan los docentes de Educación Básica Regular, Hispano Hablante, Niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria y Programa “JUNTOS” Subsistema MINEDU; que en la capacitación docente del primer grupo del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, Primera Fase Año 2008, han logrado el nivel de sufi ciente o destacado, en los ámbitos de las regiones por lo que solicita la transferencia de recursos a los correspondientes Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Ica, Lima Provincias, Loreto, Pasco, Piura, Tumbes y Ucayali un monto de hasta S/. 1 061,350.00 por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y S/. 4,400.00 por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, con cargo a la Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, que permitirá atender el pago de 5,761 y 28 docentes respectivamente; Que, mediante Informe Nº 475-2008-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto emite opinión técnica respecto a la factibilidad de autorizar transferencias fi nancieras del Pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los Gobiernos Regionales, Unidades Ejecutoras de Educación, para fi nanciar el pago de la Asignación Económica Excepcional por lograr el nivel de sufi ciente o destacado, de los docentes referidos en el considerando precedente; y, De conformidad con la Ley N° 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias, y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modifi catorias,; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Pliegos de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de UN MILLÓN SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1´061,350.00) por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, y CUATRO MIL CUATROCIENTOS y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4,400.00) por la fuente de fi nanciamiento 4: Donaciones y Transferencias, según el detalle del Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución, los que serán destinados exclusivamente para el fi nanciamiento de la Asignación Económica Excepcional a favor de los docentes que han logrado el nivel de sufi ciente o destacado, de acuerdo a lo señalado en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación y la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales, velarán por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a lo detallado en el Anexo adjunto. Artículo 4º.- La Dirección de Educación Superior Pedagógica remitirá a los Pliegos de los Gobiernos Regionales y a las correspondientes Unidades Ejecutoras de Educación la relación de los docentes del primer grupo del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, a los que deberá pagarse la Asignación Económica Excepcional por concepto de logros del nivel de sufi ciente o destacado, referidos en los considerandos de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación