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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2009 (14/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 126

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de enero de 2009 388396 de los Servicios de Supervisión de la obra “Construcción del Coliseo Sr. de Huayllay”, y se realice la contratación. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaría General el cumplimiento del presente acuerdo y dispongan la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano; se comunique y publique en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE), y se remita una copia de todo lo actuado a la Contraloría General de la República y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Comité Especial y Permanente de Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Huayllay, a cumplir con la adquisición ya anotada, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la notifi cación del presente acuerdo a las instancias pertinentes, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Contabilidad, Gerencia de Obras Públicas y Desarrollo Urbano y demás unidades orgánicas que por la naturaleza de sus funciones tengan injerencia en el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archivese. LUIS MARCELO CALLUPE Alcalde 299376-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL DE EL FAIQUE Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios y adquisición de materiales para la obra de rehabilitación de módulos de aulas prefabricadas en la I.E. Nº 14514 ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2008-MDSMF/A. San Miguel de El Faique, 19 de diciembre de 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL DE EL FAIQUE. VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, la exoneración del proceso de selección para la ejecución de la obra “Rehabilitación de 02 Módulos de 03 Aulas Prefabricadas en la I. E. Nº 14514 del Caserío Lúcumo Carhuancho - Distrito de San Miguel de El Faique” CONDIERANDO: Que, con el informe Técnico Nº 689-2008-MDSMF/AT de fecha 12 de diciembre del 2008, el jefe del Área Técnica comunica la necesidad de realizar la adquisición de materiales y contratación de servicios de terceros para el ejecución por encargo del Gobierno Regional Piura, para el proyecto de Inversión Pública de Emergencia denominado “Rehabilitación de dos Módulos de tres Aulas Prefabricadas en la I. E. Nº 14514 - Caserío Lúcumo Carhuancho - San Miguel de El Faique, a consecuencia de las fuertes lluvias presentadas en los meses de enero a mayo la infraestructura de la esta Institución Educativa fue arrasada por un alud, destruyendo 06 aulas, 03 de adobe y 03 de material noble, a su vez recomienda la exoneración del proceso de adjudicación directa selectiva que comprende la contratación de servicios de terceros por la cantidad de S/.32,4156.96 y adquisición de materiales por la cantidad de S/.83,983.07 para la ejecución del proyecto precitado; Que, el Asesor Legal Externo mediante Informe Nº 073-2008-MDSMF-ALE de fecha 15 de diciembre del 2008, considera que es procedente exonerar el proceso descrito en el párrafo que antecede de conformidad con lo establecido por el inciso c) del artículo 19º y artículo 22º del D.S. Nº 083-2004-PCM-TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que prevé la emergencia por hecho catastrófi co; Que, el Artículo 141º del D.S. Nº 84-2004-PCM que en su 2do. Parágrafo establece: “La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos …” requisito que se da en el presente caso y que debe tener el carácter de defi nitivo, por lo que debe adoptarse una acción rápida para dicha contratación de servicios y adquisiciones de compra de materiales, a fi n de llenar el vacío por la urgencia anotada; Que, independientemente a la norma legal se tiene que considerar el período de lluvias que está iniciándose en la jurisdicción del distrito de San Miguel de El Faique y las condiciones dadas por el Gobierno Regional Piura para la ejecución del proyecto materia de la exoneración y contando con el fi nanciamiento correspondiente y por los considerandos antes referidos, procede autorizar y exonerar el proceso de selección solicitado por el Jefe del Área Técnica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º, 20º y 22º del Texto único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083- 2004-PCM y artículos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- Declarar en situación de emergencia la ejecución del Proyecto de Inversión Pública de Emergencia “Rehabilitación de dos Módulos de tres Aulas Prefabricadas en la I.E. Nº 14514-Caserío Lúcumo Carhuancho - San Miguel de El Faique”. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección la contratación de servicios por el monto de S/.32,415.96 y la adquisición de materiales por la cantidad de S/.83,983.07 para la obra “Rehabilitación de 02 Módulos de tres Aulas Prefabricas en la I-E. Nº 14514 - Caserío Lúcumo Carhuancho- San Miguel de El Faique”. Artículo 3º.- Autorizar al Área de Abastecimiento la contratación del servicio de terceros y la adquisición de materiales para la obra descrita en el artículo 2º del presente acuerdo, realizando las acciones necesarias inmediatas para el oportuno suministro del servicio y bienes materia de la exoneración. Artículo 4º.- Encargar a Unidad de Administración la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, a su vez remitir el referido acuerdo e informes que los sustentan a la Contraloría General de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en un plazo no mayor de 10 días hábiles. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONCIO G. HUAMÁN JIMÉNEZ Alcalde 299379-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAÑA Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de elaboración del expediente técnico y supervisión del proyecto “Mejoramiento del Plan Maestro de Saneamiento de agua potable, desagüe y tratamiento de aguas residuales del distrito de Saña - Chiclayo - Lambayeque” ACUERDO DE CONCEJO Nº 107 -2008-MDS/A Saña, 29 de diciembre de 2008.