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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de enero de 2009 388383 con Código Nº 040007403; 19) MEDALID I con Código Nº 070012105; 20) NAPOLEÓN II con Código Nº 070028605; 21) NATALIA con Código Nº 070024505; 22) PLAYA VIRGEN DEL CARMEN UNO con Código Nº 070025396; 23) PRINCIPE AZUL con Código Nº 070011506; 24) TIWINZA con Código Nº 070037904; 25) VILLA DE ORO con Código Nº 070003498; 26) VIRGEN DE CHAPI 2006 con Código Nº 070010306; 27) WILFREDO M con Código Nº 070029205. Artículo Segundo.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, remítase a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción pertinente y al Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET para los fi nes a que se contrae la Ley Nº 26615. Regístrese y publíquese. RONNY PASTOR VELÁSQUEZ Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos Región Madre de Dios (e) SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 299371-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Aprueban Ordenanza sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos ORDENANZA Nº 071-2008-MCPSMH. Santa María de Huachipa, 29 de diciembre de 2008 POR CUANTO: El Concejo del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y visto el Dictamen Nº 10-2008-MCPSMH de la Comisión de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y con sujeción al ordenamiento jurídico vigente. Que, estando al informe Nº 216-08-GAJ/MCPSMH, que señala que el Proyecto de Ordenanza sobre Prevención y Control de Ruidos molestos es de suma importancia para evitar la Contaminación sonora, daño a la salud o alterar la tranquilidad de los vecinos del C.P. Santa María de Huachipa, señalando que la parte legal que sustenta el proyecto de Ordenanza Municipal se encuentra conforme con la legislación Nacional Vigente. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente Ordenanza: “ORDENANZA SOBRE PREVENCION Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS” Artículo 1º.- APROBAR, la Ordenanza Municipal sobre Prevención y Control de Ruidos Molestos; el mismo que forma parte integrante de la presente norma. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, www.munihuachipa.gob.pe Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 299398-1 Aprueban Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria ORDENANZA Nº 072-MCPSMH Santa María de Huachipa, 12 de enero de 2009 POR CUANTO: El Concejo del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, en Sesión Extra Ordinaria de Concejo de la fecha y visto el Dictamen Nº 01-2009-MCPSMH de la Comisión de Administración Tributaria; y CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza N° 768-MLM, que regula la adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su Art. 5° considera “como recursos de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa, las rentas facultadas a recaudar por Acuerdo de Creación N° 014-92 de fecha 23 de enero de 1992, así como los que implique la presente Ordenanza”. Que, conforme, a lo establecido en las normas III parte in fi ne y IV del Título Preliminar del Código Tributario DS Nº 135-99-EF los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley y, conceder benefi cios tributarios de conformidad con el artículo 9 del DL Nº 981. Que por lo expuesto en los párrafos precedentes y atendiendo el pedido de los contribuyentes y siendo política de la actual gestión municipal en materia tributaria y no tributaria, brindar las máximas facilidades a todos los contribuyentes de la jurisdicción del C.P. a efectos de que se pueda cumplir con sus obligaciones. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA Artículo Primero.- DENOMINACIÓN Y ALCANCE La presente Ordenanza regula disposiciones concediendo un Benefi cio De Regularización Tributario y no Tributario, Temporal a los contribuyentes y administrados del Centro Poblado Santa María de Huachipa, Distrito de Lurigancho, Provincia de Lima, Regularización de Obligaciones Tributarias y no Tributarias, que mantengan pendiente de pago obligaciones generadas hasta el 31 de Diciembre del 2008. Artículo Segundo.- Condonación del 100% del factor de reajuste e intereses moratorios del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Serenazgo y Parques y Jardines hasta el ejercicio fi scal 2008. Podrán acogerse también a este benefi cio los contribuyentes que se encuentren en cobranza coactiva, para lo cual deberán abonar las costas coactivas que se hubiesen generado y por consiguiente podrán cancelar al contado y/o