Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2009 (14/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2009

CHALACOS. El cargo de Director Ejecutivo es de confianza, es ejercido por un profesional que es designado por el MORDAZA Provincial del Callao. El Director Ejecutivo es el ejecutor de todas las disposiciones que adopta el Consejo Directivo y ejerce representacion legal del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS. Articulo 33º.- Son funciones de la Direccion Ejecutiva las siguientes: a) Dirigir, controlar y supervisar el funcionamiento de la entidad. b) Ejecutar las disposiciones que adopte el Consejo Directivo y disponer las acciones y medidas complementarias para su cumplimiento. c) Ejercer la representacion legal del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS. d) Emitir Resoluciones Directorales de acuerdo a la Ley, dando cuenta mensual al Consejo Directivo. e) Suscribir toda clase de actos, convenios, contratos u operaciones conducentes al desarrollo y a los objetivos de la entidad, con sujecion a las disposiciones legales vigentes y al presente Estatuto, que le MORDAZA encargados por el Consejo Directivo. Aprobar y suscribir todas las operaciones, actos juridicos, celebrar contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y metas, con sujecion a las disposiciones legales vigentes y al presente Estatuto. f) Proponer al Consejo Directivo para su aprobacion, el presupuesto anual, los estados financieros, balance y memoria anual, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. g) Proponer al Consejo Directivo la politica de concertacion y cooperacion con otras entidades municipales distritales, relacionadas con la actividad del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS. h) Proponer al Consejo Directivo, proyectos de ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones y en general toda MORDAZA legal necesaria para el buen funcionamiento del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS. i) Disponer las acciones necesarias sobre las recomendaciones que realicen los organos de control para su implementacion. j) Delegar la representacion legal y sus funciones al Gerente General en caso sea necesaria. k) Poner a consideracion del Concejo Municipal Provincial del Callao las donaciones, MORDAZA nacionales o extranjeras. l) Autorizar los viajes de los funcionarios y trabajadores del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS por razones de servicio en situaciones de emergencia, debiendo ponerlo en conocimiento del Consejo Directivo. m) Las demas funciones que con arreglo a Ley le correspondan, asi como las que se encuentren previstas en el Estatuto y las que le confiera el MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao. DE LA GERENCIA GENERAL Articulo 34º.- La Gerencia General es el organo ejecutivo responsable de la administracion, organizacion, implementacion y evaluacion de los planes, politicas y directivas dictadas por la Direccion Ejecutiva y/o el Consejo Directivo, debiendo supervisar el adecuado ordenamiento organizacional, eficiente funcionamiento administrativo, economico, financiero y presupuestal de los recursos de la entidad. Esta a cargo de un funcionario de confianza, que reporta al Director Ejecutivo; es designado y removido por el Consejo Directivo. Articulo 35º.- Son funciones del Gerente General: a) Alcanzar los objetivos de acuerdo a la politica y lineamientos institucionales establecidos, dictando las medidas administrativas y disposiciones que MORDAZA necesarias. b) Conducir la marcha administrativa, economica, financiera y presupuestal de acuerdo con el Estatuto y las directivas institucionales. c) Es el responsable de elaborar y someter a

consideracion de la Direccion Ejecutiva el proyecto de presupuesto y plan operativo institucional del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS para su aprobacion, asi como la escala remunerativa y de otras modalidades de pago; administrar y controlar su ejecucion una vez aprobados por el Consejo Directivo y proponer las modificaciones que fuesen necesarias. d)Es el responsable de informar periodicamente el cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas y contar con la informacion relativa a los ingresos que directamente recaude la institucion por toda fuente de financiamiento. e) Elaborar e implementar, una vez aprobados, los instrumentos de gestion necesarios para la eficiente administracion del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS. f) Dirigir y controlar la actividad del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS, siendo responsable de su administracion y conservacion de su patrimonio. g) Ejercer representacion legal por delegacion de la Direccion Ejecutiva; asi como realizar toda clase de operaciones bancarias, las que se realizaran bajo la modalidad de doble firma, pudiendo ser de dos funcionarios titulares o la de un titular con un suplente; tales como abrir y cerrar cuentas bancarias, realizar gestiones para celebrar contratos de creditos, asi como girar, aceptar, endosar, reaceptar, descontar, cobrar y remover cualquier clase de documentos mercantiles y civiles, asi como otorgar garantias, fianzas y avales con opinion de las areas competentes o comisiones que con el fin se formen y de acuerdo a la normatividad legal vigente. h) Dirigir las operaciones del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS y celebrar los actos y contratos correspondientes a su objeto en concordancia con las normas legales vigentes. i) Representar al SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS ante las diversas entidades publicas y privadas, administrativas y/o judiciales y de cualquier indole; para la cual goza de las facultades generales y especiales senaladas en los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil. j) Elaborar y someter a consideracion de la Direccion Ejecutiva la memoria, el balance general y evaluaciones presupuestales. k) Proponer a la Direccion Ejecutiva, la celebracion de convenios con universidades, instituciones afines, entidades de salud nacionales o internacionales, para el mejor cumplimiento de sus fines. l) Expedir resoluciones en materias propias de su competencia y en las expresamente delegadas por la Direccion Ejecutiva. m) Proponer al Consejo Directivo la designacion, ratificacion, remocion, sancion y cese de los Gerentes y Directores de Hospitales. n) Autorizar la adquisicion de bienes y contratacion de servicios con cargo al presupuesto y de acuerdo a la normatividad vigente. o) Aprobar la contratacion de jefes de departamento, personal profesional, tecnico, auxiliar, de seguridad y servicio del Sistema de Hospitales Chalacos. p) Recomendar al Consejo Directivo la realizacion de investigaciones, auditorias y balances. q) Recomendar al Consejo Directivo la concertacion de creditos a favor del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS, en el MORDAZA de las normas legales vigentes. r) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad. s) Aprobar las bases y los terminos de referencia de los procesos de seleccion que convoque la entidad de acuerdo a Ley, asi como designar a los respectivos comites especiales para la contratacion y/o adquisicion de bienes y servicios o ejecucion de obras. t) Poner en consideracion del Consejo Directivo las donaciones que efectuen tanto las personas naturales como juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras. u) Controlar que la contabilidad del SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS se encuentre actualizada de acuerdo a la normatividad legal vigente. v) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y resoluciones del Consejo Directivo.

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