Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2009 (14/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

388395

147º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el apartado 6, numeral 6.1 de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE referido a la exoneracion de procesos de seleccion. Articulo Setimo.-Dar cuenta a la Comision de Economia y Administracion, Comision de Participacion Vecinal, Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Desarrollo, Gerencia de Administracion, Oficina de Logistica, Gerencia de Desarrollo Social y al Programa Vaso de Leche para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA DE CASTAGNINO Alcaldesa 299489-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLAY
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de supervision de la obra de construccion del Coliseo Sr. de Huayllay
ACUERDO DE CONCEJO Nº 115-2008-MDH-CM Huayllay, 30 de diciembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLAY POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLAY VISTOS: El Acta de Sesion de Concejo Municipal, de fecha 30 de diciembre de 2008; el Informe Nº 617-2008-GOPDU/ MDH, de fecha 10 de diciembre de 2008; el Informe Nº 219-2008-GPPR/MDH, de fecha 12 de diciembre de 2008; el Informe Nº 156-2008-MDH/UA, de fecha 17 de diciembre de 2008; el Informe Nº 001-2008-MDH-AS.EXTRLG, de fecha 22 de diciembre de 2008; y el Informe Nº 225-2008-MDH/GM, de fecha 24 diciembre 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º, modificado de la Constitucion Politica del Estado. Concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, estipula que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estipula en el articulo 19º, inciso c, que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente debiendo cumplirse con las formalidades establecidas en el articulo 20º de la MORDAZA invocada. Asimismo, se debe considerar el procedimiento de exoneracion del MORDAZA de seleccion establecidos por los articulos 146º, 147º y 148º, de la MORDAZA mencionada. Que, mediante Informe Nº 617-2008-GOPDU/MDH, de fecha 10 de diciembre de 2008, el Gerente de Obras Publicas y Desarrollo MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Huayllay, solicita a la Gerencia Municipal la exoneracion del MORDAZA de seleccion de los servicios de Supervision para la obra "Construccion del Coliseo Sr. de Huayllay", senalando que se llevo a cabo del MORDAZA de Seleccion para la ejecucion de la Obra "Construccion del Coliseo Sr. de Huayllay", resultando ganador de la Buena Pro, el Consorcio Sr. de Huayllay, por un monto ascendente a

Ocho Millones Quinientos Sesenta y Cinco Mil Quinientos Mil Quinientos Sesenta y Ocho con 20/100 Nuevos Soles y con un plazo de Doscientos Setenta (270) dias calendarios. Para la ejecucion del mismo debe cumplirse con las formalidades establecidas en el articulo 240º del D.S. Nº 084-2004-PCM, para el inicio del plazo de ejecucion de obra, siendo necesario, urgente y obligatorio designar al Supervisor de Obra, ya que la obra supera el monto de 1192 UIT establecido por la Ley Nº 29142, articulo 13.1, literal a), ultimo parrafo. Para sustentar su solicitud senala que un MORDAZA MORDAZA de seleccion no demorara menos de treinta dias y que el periodo de lluvias se avecina y por ello solicita la contratacion de un supervisor, quien tendra a su cargo un equipo tecnico compuesto de un Ingeniero Civil, un Arquitecto, un Ingeniero Sanitario y un Ingeniero Electricista, y entre otros fundamentos senala que el monto de contratacion debera ser del cinco por ciento del monto contratado para la ejecucion de la obra. Que, mediante el Informe Nº 156-2008-MDH/UA, de fecha 17 de diciembre de 2008, la Unidad de Abastecimientos, senala que se encuentra de acuerdo con la exoneracion del MORDAZA de seleccion tal y como se establece en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM, articulo 19º, inciso c), que senala el desabastecimiento inminente y que es concordante con el articulo 141º, de su Reglamento por lo que la unidad de abastecimientos, se encuentra de acuerdo y conforme con la exoneracion del MORDAZA de seleccion por un monto referencial de cinco por ciento del monto contractual, sin perjuicio de iniciarse los procedimientos administrativos para sancionar a los funcionarios que incumplieron el realizar el requerimiento de los servicios de supervision paralelo al MORDAZA de seleccion del contratista. Que, mediante Informe Nº 219-2008-GPPR/MDH, de fecha 12 de diciembre de 2008, la Gerencia de Presupuesto, Planeamiento y Desarrollo Organizacional, indica que un MORDAZA de seleccion no va a durar menos de treinta dias calendarios lo que no permite la contratacion oportuna de los servicios de supervision, lo que afectaria los plazos de ejecucion de la obra, el incumplimiento de metas por lo que se encuentra de acuerdo con proponer y sugerir la exoneracion del MORDAZA de seleccion y que implica la exoneracion en aplicacion del MORDAZA de razonabilidad y teniendo en consideracion que se concluira con el ejercicio fiscal se requiere tener comprometidos los gastos del ejercicio fiscal 2008 por lo que es procedente declarar la exoneracion del MORDAZA de seleccion conforme a lo solicitado por la Gerencia de Obras Publicas y Desarrollo MORDAZA, sin perjuicio de iniciarse los procedimientos administrativos a los responsables que omitieron el cumplimiento de los plazos y requerimientos de los servicios de supervision de obras. Que, mediante Informe Nº 001-2008-MDH-AS.EXTRLG, la Asesoria Legal Externa opina que mediante Acuerdo de Concejo se APRUEBE la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion de los Servicios de Supervision de Obras, de la obra "Construccion del Coliseo Sr. de Huayllay" cumpliendose con las formalidades establecidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; estableciendose el valor referencial de la contratacion de los servicios de supervision por el monto del 5% del monto total del contrato suscrito con el Consorcio Sr. de Huayllay. Ademas de remitirse los antecedentes a las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de que emitan el informe que les compete. Que, mediante el Informe Nº 225-2008-MDH/GM, de fecha 24 de diciembre de 2008, la Gerencia Municipal manifiesta su conformidad con la exoneracion del MORDAZA de seleccion. Que, consecuentemente, el monto total del contrato asciende a Cuatrocientos Veintiocho Mil Doscientos Setenta y Ocho con 41/100 Nuevos Soles (S/. 428,278.41). Que, en la Sesion de Concejo Municipal, de fecha 30 de diciembre de 2008, se trataron los informes anotados precedentemente, y fue aprobado con el MORDAZA por UNANIMIDAD en el Acuerdo Nº 06-MDH, de dicha Sesion de Concejo. Que, por las consideraciones expuestas, y estando con el MORDAZA POR UNANIMIDAD del Consejo Municipal y de acuerdo a las facultades conferidas por el articulo 9º, la Ley Organica de Municipalidades Ley No. 27972. SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR POR UNANIMIDAD la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.